Crisis financiera: el número de demandados podría verse limitado, ya que los tribunales han restringido la capacidad de los inversores para demandar más allá de los emisores.
La crisis financiera ha sacudido la confianza de prácticamente todo el mundo en la seguridad de nuestro sistema financiero. Aunque es tentador centrarse en los fallos institucionales o normativos, hay millones de inversores honestos cuya seguridad financiera se ha visto comprometida o sacrificada por personas en las que depositaban su máxima confianza, personas responsables de gestionar recursos esenciales para la educación, la vivienda, la jubilación y, en algunos casos, la propia supervivencia.
Desde que comenzó la crisis, los comentaristas han pronosticado una avalancha de demandas contra una amplia gama de partes potencialmente responsables. Véase, por ejemplo, Jonathan D. Glater, «Financial Crisis Provides Fertile Ground for Boom in Lawsuits» (La crisis financiera proporciona un terreno fértil para el auge de las demandas), N.Y. Times, 18 de octubre de 2008, en B1. Sin duda, la descaro de las estafas atribuidas a Bernie Madoff, Allen Stanford y otros es asombrosa, y la red de personas involucradas en ellas es sin duda densa y compleja. Con una amplia gama de instituciones financieras, custodios, asesores, gestores de inversiones, facilitadores, abogados y contables entre los que elegir como demandados, parece que la compensación está asegurada, ¿o no?
Desafortunadamente para los inversores, el abanico de posibles responsables puede ser más reducido de lo que creen. El Congreso y el poder judicial han restringido considerablemente la capacidad de los inversores para interponer demandas por valores en general y para ampliar la responsabilidad fuera del contexto de la empresa emisora. En 1995, el Congreso aprobó la Ley de Reforma de Litigios sobre Valores Privados, que exigía a los inversores disponer de pruebas preliminares de fraude antes de presentar una demanda. En virtud de esta ley, la sospecha de fraude no justifica una demanda; en cambio, los inversores deben demostrar que los demandados conocían el fraude o eran imprudentemente indiferentes a su existencia. Recientemente, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos ha endurecido aún más los requisitos de la ley. En Tellabs Inc. contra Makor Issues & Rights Ltd., 127 S. Ct. 2499 (2007), el tribunal dictaminó que los demandantes tendrían que demostrar una «inferencia convincente» de intención de engañar o defraudar, elevando así los requisitos de alegación para los litigios sobre valores más allá de una inferencia «meramente plausible o razonable».