El Departamento de Trabajo publica nuevas normas sobre la divulgación de las comisiones de los participantes en planes de cuentas individuales
El Departamento de Trabajo (DOL) publicó recientemente su normativa definitiva sobre divulgación de comisiones, 29 C.F.R. 2550.404a-5. La normativa es la tercera publicación en el esfuerzo continuo del DOL por mejorar la claridad con respecto a las comisiones y los gastos incurridos por los planes de prestaciones para empleados. La publicación también modifica las regulaciones existentes en virtud de la Sección 404(c) del Código de Rentas Internas (Código) para ajustar esas normas a la regulación recientemente adoptada. En general, la nueva regulación exige divulgaciones detalladas por adelantado, así como actualizaciones periódicas sobre los gastos reales a los participantes en planes de prestaciones para empleados que ofrecen a los participantes discreción en materia de inversiones (generalmente planes 401(k) y 403(b)). La nueva normativa describe, en detalle, el contenido de la notificación, así como la forma y el momento de las divulgaciones. La nueva norma entra en vigor para los años del plan que comienzan después del 1 de noviembre de 2011, es decir, el 1 de enero de 2012 para la mayoría de los participantes.
La nueva normativa exige dos tipos de divulgación: divulgaciones relacionadas con el plan en sí y divulgaciones relacionadas con las opciones de inversión dentro del plan.
Información relacionada con el plan
Contenido de la divulgación
La información que debe divulgarse sobre el plan se divide en tres categorías: información general, gastos administrativos y gastos individuales. La normativa incluye detalles exhaustivos sobre lo que debe incluirse en cada sección, pero, en general, debe incluirse lo siguiente:
La información general que debe divulgarse incluye: (1) una explicación sobre cuándo los participantes y beneficiarios pueden dar instrucciones de inversión, (2) una explicación de cualquier límite específico en las instrucciones de inversión, incluidas las transferencias entre opciones de inversión, (3) una descripción o referencia a las disposiciones del plan relativas a los derechos de voto, licitación y similares para las opciones de inversión, (4) la identificación de las «alternativas de inversión designadas» disponibles en el plan, (5) la identificación de los gestores de inversiones, y (6) una descripción de la ventanilla de corretaje o acuerdo similar, si lo hubiera.
Se debe divulgar la información sobre los gastos administrativos del plan (por ejemplo, legales, contables, de mantenimiento de registros, etc.) que se pueden cargar a la cuenta de un participante, así como la forma en que se asignarán dichos cargos (por ejemplo, a prorrata o per cápita). Además de la divulgación anual, los gastos administrativos reales, incluida una descripción de los mismos, deben divulgarse a los participantes trimestralmente. En el caso de los planes con acuerdos de reparto de ingresos que puedan hacer que los gastos administrativos generales parezcan inferiores a lo que realmente son, la divulgación debe incluir un texto explícito en el que se indique la existencia de un acuerdo de reparto de ingresos.
También debe divulgarse la información sobre los gastos que se derivan de acciones individuales y que pueden cargarse a la cuenta de un participante (por ejemplo, préstamos del plan, órdenes judiciales cualificadas en materia de relaciones familiares, asesoramiento en materia de inversiones, etc.). Al igual que en el caso de los gastos administrativos, los gastos individuales reales deben divulgarse al menos trimestralmente, junto con una descripción del gasto individual real.
Momento de la divulgación y actualización
Además de las actualizaciones trimestrales requeridas para los gastos administrativos e individuales, se deben divulgar los avisos correspondientes en la fecha en que el participante puede dirigir sus inversiones o antes, y al menos una vez al año a partir de entonces. Las divulgaciones pueden proporcionarse en un SPD o en un estado de beneficios de pensión, pero solo si dichos documentos se proporcionan en un plazo que cumpla con el requisito de periodicidad anual de la normativa de divulgación. Además de la obligación de proporcionar una divulgación anual (así como las actualizaciones trimestrales de los gastos administrativos e individuales descritos anteriormente), un plan debe mantener a sus participantes al corriente de cualquier cambio en la información relacionada con el plan. Las actualizaciones deben proporcionarse al menos 90 días, pero no más de 30 días antes de que el cambio entre en vigor. Existe una excepción razonable al plazo de 90/30 días para acontecimientos que no se podían prever (por ejemplo, la necesidad de cambiar rápidamente una opción de inversión del plan).
Notas prácticas
Algunos aspectos que los profesionales y los especialistas en prestaciones deben tener en cuenta son:
- El requisito de actualización no está sujeto a una excepción por importancia relativa. Es decir, el DOL considera que cualquier cambio en la información sobre el plan o los gastos es, en general, relevante.
- A diferencia de otros requisitos de divulgación que pueden eximirse en el caso de planes con pocos participantes o saldos totales reducidos, la nueva normativa se aplica a todos los planes, independientemente de su tamaño.
- La nueva normativa aclara que estas normas, que se basan en las obligaciones fiduciarias de la ley ERISA, se aplican al administrador del plan (y no a todos los fiduciarios, como se establecía en la norma propuesta). No obstante, los administradores de planes pueden basarse razonablemente en la información proporcionada por los proveedores de servicios y los emisores de inversiones a la hora de realizar las divulgaciones.
- Las notificaciones deben distribuirse a todos los empleados que cumplan los requisitos (no solo a los que ya participan en el plan). Este requisito tiene sentido, dado que el objetivo de la información es ayudar a los participantes a decidir si desean participar en el plan, así como a elegir y supervisar determinadas inversiones.
Información relacionada con la inversión
La nueva normativa exige que cierta información se divulgue automáticamente (a todos los participantes elegibles), otra información se divulgue solo después de la inversión real de un participante y, por último, otra información se divulgue solo a petición del participante. Al igual que con las divulgaciones relacionadas con el plan, la normativa incluye detalles explícitos sobre el contenido de la divulgación.
Contenido de la divulgación
La nueva normativa exige que cierta información relacionada con las inversiones se divulgue automáticamente (es decir, independientemente de si un participante invierte en el producto). Debido a la naturaleza extremadamente variada de los productos de inversión disponibles actualmente para los planes de prestaciones para empleados y a la dificultad que ello conlleva para comparar eficazmente dichos productos, la normativa exige que las divulgaciones automáticas se realicen en forma de cuadro comparativo. El cuadro debe mostrar de forma destacada el nombre del administrador del plan, la fecha de la información proporcionada, así como una declaración de que hay información más actualizada disponible en un sitio web indicado. Aunque se puede utilizar cualquier cuadro, la nueva normativa incluye un cuadro modelo que, si se utiliza, constituirá el cumplimiento de la nueva normativa.
La información automática que debe divulgarse incluye: (1) información identificativa del producto de inversión (por ejemplo, nombre y tipo de inversión); (2) datos sobre el rendimiento del producto de inversión, con productos de rendimiento fijo que revelen la tasa de rendimiento fija y el plazo de la inversión, y productos de inversión sin tasa de rendimiento fija que revelen el rendimiento medio anual, si está disponible, para los periodos más recientes de un año, cinco años y diez años; (3) índices de referencia pertinentes que deben ser de base amplia y no estar relacionados con el proveedor del producto de inversión; (4) información sobre comisiones y gastos, incluidas las comisiones de tipo accionarial (es decir, las comisiones facturadas directamente sobre la inversión del participante, como las comisiones de venta), los gastos operativos anuales totales expresados en porcentaje, con el requisito específico de que se proporcione un ejemplo del ratio de gastos operativos anuales totales utilizando una inversión hipotética de 1000 dólares, así como el requisito de que se incluyan declaraciones específicas sobre el impacto de las comisiones en el rendimiento; (5) un sitio web para obtener información adicional que, entre otras cosas, debe incluir información sobre una descripción de las metas y objetivos de la inversión, las estrategias principales y los riesgos asociados, las tasas de rotación de la cartera (es decir, la frecuencia con la que el producto de inversión compra y vende valores) y actualizaciones trimestrales del rendimiento, entre otras cosas; y (6) un glosario de términos para ayudar a los participantes a comprender las alternativas de inversión o un sitio web que proporcione dicho glosario. También existen normas especiales para los fondos de acciones del empleador y las alternativas de inversión en rentas vitalicias.
La información que debe divulgarse tras la inversión de un participante incluye cualquier material proporcionado al plan en relación con el ejercicio de derechos de voto, oferta pública de adquisición y derechos similares que se transfieren al participante del plan. Previa solicitud, se debe proporcionar al participante diversos documentos normativos (por ejemplo, folletos, estados financieros o informes).
Momento de divulgación y actualización
Al igual que con la información relacionada con el plan descrita anteriormente, las divulgaciones relacionadas con las inversiones deben realizarse en la fecha en que el participante puede dirigir sus inversiones o antes, y al menos una vez al año a partir de entonces. Además, se aplican los mismos requisitos de actualización para los cambios en la información relacionada con las inversiones.
Notas prácticas
Algunas notas que los profesionales y los especialistas en prestaciones deben tener en cuenta son:
- Las divulgaciones realizadas de conformidad con la nueva normativa pueden efectuarse utilizando los métodos de distribución existentes. Esto, por supuesto, incluye los medios electrónicos. Sin embargo, en el preámbulo de la nueva normativa, el Departamento de Trabajo señala su interés en profundizar en las divulgaciones electrónicas en una fecha futura. Es posible que veamos normas de distribución electrónica más flexibles en virtud de la nueva normativa, pero, por ahora, los administradores de planes deben cumplir provisionalmente con los métodos de distribución existentes de la ERISA.
- Los administradores del plan son libres de proporcionar información adicional siempre que no sea engañosa. Por ejemplo, esto puede incluir el desarrollo de índices de referencia más adecuados para alternativas de inversión compuestas por valores mixtos.
- Con respecto a la divulgación de información relacionada con las inversiones, esperamos que haya un amplio debate entre los administradores de planes y los emisores y/o proveedores de servicios de inversiones alternativas. Si bien la normativa atribuye claramente la responsabilidad del cumplimiento al administrador del plan, gran parte de la información provendrá de otras fuentes. Por ejemplo, ¿quién mantendrá un sitio web para los fondos de inversión colectiva bancarios, los productos de seguros, los fondos de acciones de los empleadores u otras alternativas de inversión que aún no cuentan con un sitio web específico? Revisar las alternativas de inversión actuales de su plan y el calendario de comunicación del plan en función de los requisitos detallados de la nueva normativa de divulgación le dará una idea de por dónde debe empezar a solicitar apoyo a los emisores de alternativas de inversión y/o a sus proveedores de servicios.
Aunque las nuevas normas de divulgación no entrarán en vigor para la mayoría de los planes hasta enero de 2012, el cumplimiento de la nueva normativa supondrá una gran tarea. Recomendamos que los administradores de planes inicien pronto un diálogo con los proveedores de servicios y elaboren un calendario detallado para trabajar en pro del cumplimiento. Por último, cabe señalar que, aunque la nueva normativa es quizás la mayor tarea realizada hasta la fecha en lo que respecta a las comisiones y gastos de los planes, es poco probable que sea la última palabra sobre el tema. El Departamento de Trabajo ha indicado que está trabajando en la siguiente pieza del rompecabezas de la divulgación de comisiones: las directrices relativas a los estados de cuenta de prestaciones individuales.
Legal News Alert forma parte de nuestro compromiso continuo de proporcionar información actualizada sobre cuestiones urgentes o asuntos del sector que afectan a nuestros clientes y colegas. Si tiene alguna pregunta sobre esta alerta o desea debatir el tema más a fondo, póngase en contacto con su abogado de Foley o con las siguientes personas:
|
Katherine L. Aizawa Christopher S. Berry Lloyd J. Dickinson Gregg H. Dooge Casey K. Fleming Robert E. Goldstein Andrew D. Gregor Samuel F. Hoffman |
Galen R. Mason Belinda S. Morgan Isaac J. Morris Greg W. Renz Leigh C. Riley Erik D. Vogt Michael H. Woolever |
Las normas del Servicio de Impuestos Internos (IRS) suelen exigir que, con el fin de evitar sanciones fiscales federales en Estados Unidos, los contribuyentes solo puedan basarse en dictámenes formales por escrito que cumplan los requisitos específicos descritos en dichas normas. Este boletín informativo no cumple dichos requisitos. En la medida en que este boletín contiene información escrita relacionada con cuestiones fiscales federales de los Estados Unidos, dicha información no está destinada ni ha sido redactada para ser utilizada, y los contribuyentes no pueden utilizarla, con el fin de evitar sanciones fiscales federales de los Estados Unidos, y no ha sido redactada para respaldar la promoción o comercialización de ninguna transacción o asunto tratado en el boletín.