La SEC publica un documento conceptual en el que solicita opiniones sobre los posibles requisitos de divulgación del comité de auditoría.
Las empresas y los miembros de los comités de auditoría deberían considerar la posibilidad de enviar comentarios a la SEC sobre la publicación del concepto y las preguntas planteadas por la SEC en ella sobre los tipos de divulgaciones que deberían exigirse, con el fin de proporcionar a la SEC información antes de que se publiquen las normas propuestas.
Fondo
Los comités de auditoría tienen la responsabilidad principal de supervisar la integridad de los procesos contables y de información financiera de una empresa. Una de las formas más significativas en que el comité de auditoría desempeña esta función es mediante el nombramiento, la remuneración, la retención y la supervisión del auditor independiente de la empresa, que solo rinde cuentas ante el comité de auditoría. Para garantizar que los comités de auditoría desempeñen esta función de manera eficaz, la SEC adoptó en 1999 unas normas que exigen la divulgación de información relacionada con el funcionamiento, la gobernanza y la independencia de los comités de auditoría, que se establecen principalmente en el punto 407 del Reglamento S-K. Tras una ola de fraudes corporativos a principios de la década de 2000, la Ley Sarbanes-Oxley de 2002 impuso una serie de reformas para mejorar la responsabilidad corporativa, entre ellas la ampliación de la función del comité de auditoría en el proceso de información financiera, la mejora de la divulgación de información financiera y la eliminación del fraude. La Ley Sarbanes-Oxley también estableció un nuevo régimen regulador y de supervisión para los auditores de las empresas públicas, incluida la creación de la Junta de Supervisión Contable de las Empresas Públicas (PCOAB).
A pesar de la promulgación de la Ley Sarbanes-Oxley, las normas de la SEC relativas a la divulgación de información por parte de los comités de auditoría no han cambiado sustancialmente desde su adopción en 1999. Más recientemente, algunos inversores, organizaciones y auditores han expresado su opinión de que se pueden introducir mejoras en la divulgación de información por parte de los comités de auditoría. En su documento conceptual, la SEC afirma que «si bien los requisitos actuales del comité de auditoría proporcionan información sobre la función del comité de auditoría con respecto a la supervisión del auditor, estas divulgaciones no describen cómo el comité de auditoría ejecuta sus responsabilidades». La SEC también especula que las divulgaciones adicionales requeridas pueden permitir a los inversores «diferenciar entre empresas en función de la calidad de la supervisión del comité de auditoría».
Como resultado, en su publicación conceptual, la SEC ha abierto la puerta a una serie de posibles cambios en las normas de divulgación del comité de auditoría y solicita comentarios públicos sobre estas posibilidades.
Publicación del concepto
En general, la publicación del concepto busca recabar opiniones con el fin de ayudar a la SEC a (i) comprender si deben realizarse cambios en las divulgaciones obligatorias sobre los comités de auditoría en relación con la supervisión de la auditoría y la relación de la empresa con sus auditores y (ii) si una divulgación adicional ayudaría a informar las decisiones de inversión y votación. En concreto, la publicación del concepto establece tres temas principales, cada uno de los cuales se resume a continuación, para su divulgación y solicita comentarios sobre cuestiones específicas relacionadas con dichos temas.
1. Supervisión del auditor por parte del comité de auditoría. La SEC solicita comentarios públicos sobre si debe exigir al comité de auditoría que divulgue información adicional sobre el examen por parte del comité de auditoría de los asuntos específicos discutidos con su auditor de conformidad con la Norma de Auditoría n.º 16, incluyendo la naturaleza de las comunicaciones del comité de auditoría con el auditor en relación con la estrategia, el calendario, los riesgos significativos identificados, la naturaleza y el alcance de los conocimientos especializados necesarios para la auditoría, el uso previsto de otros auditores independientes y los resultados de la auditoría. A continuación, el comunicado plantea una serie de preguntas sobre posibles divulgaciones relacionadas con los siguientes temas: (a) comunicaciones específicas entre el comité de auditoría y el auditor, (b) el calendario, la frecuencia y el foro de las reuniones entre el comité de auditoría y el auditor, (c) la revisión y el debate por parte del comité de auditoría de la revisión interna de control de calidad del auditor y el informe de inspección más reciente de la PCAOB, y (d) si el comité de auditoría evalúa, promueve y refuerza la objetividad y el escepticismo profesional del auditor, y de qué manera lo hace, señalando específicamente la SEC que «una mayor supervisión por parte del comité de auditoría de la objetividad y el escepticismo profesional del auditor debería promover una mayor calidad de la auditoría».
2. Proceso del comité de auditoría para nombrar o mantener al auditor. La SEC también invitó al público a opinar sobre si debería publicar normas que exijan la divulgación de información adicional sobre los procesos que utiliza el comité de auditoría para tomar una decisión sobre qué auditor seleccionar para el año siguiente. A continuación, el comunicado plantea una serie de preguntas sobre posibles divulgaciones relacionadas con los siguientes temas: (a) cómo lleva a cabo el comité de auditoría una evaluación del auditor, incluyendo la independencia, la objetividad y la calidad de la auditoría del auditor, y los motivos del comité de auditoría para seleccionar o mantener al auditor, (b) si el comité de auditoría solicitó propuestas para la auditoría independiente y cómo lo hizo, y los factores que el comité de auditoría tuvo en cuenta al seleccionar al auditor para un período de auditoría concreto, y (c) la divulgación relacionada con la política del consejo de administración, si la hubiera, sobre las votaciones anuales de los accionistas sobre la selección del auditor, así como la consideración por parte del comité de auditoría de los resultados de la votación a la hora de seleccionar la empresa de auditoría, incluidas las situaciones en las que la empresa de auditoría no obtiene los votos necesarios.
3. Cualificaciones del auditor y de determinados miembros del equipo de trabajo seleccionados por el comité de auditoría. Por último, la SEC solicitó opiniones sobre si debía exigir información adicional con respecto a los participantes clave en una auditoría, su experiencia y sus cualificaciones para realizar una auditoría de alta calidad, incluyendo, entre otros, al socio responsable del encargo y al revisor de calidad del encargo. A continuación, el comunicado plantea una serie de preguntas sobre posibles divulgaciones relacionadas con los siguientes temas: (a) información sobre determinadas personas del equipo del encargo, como el socio del encargo u otros miembros del equipo, (b) los factores que el comité de auditoría tuvo en cuenta al proporcionar información sobre la asignación del socio del encargo por parte de su auditor, (c) el número de años que el auditor ha auditado la empresa, y (d) otras empresas que participan en la auditoría.2
Los comentaristas también pueden expresar sus opiniones sobre otras divulgaciones del comité de auditoría más allá de las tres áreas de interés. La publicación también solicita comentarios sobre si las divulgaciones requeridas del comité de auditoría deberían ser diferentes para las empresas informantes más pequeñas y las empresas emergentes en crecimiento.
Conclusiones
A la luz de la publicación del concepto, parece probable que las normas de divulgación para los comités de auditoría se amplíen en el futuro. Queda por ver si estos requisitos de divulgación adicionales pueden lograr un equilibrio adecuado entre, por un lado, proporcionar a los inversores información adicional valiosa y, por otro, exigir divulgaciones estandarizadas onerosas y prolongadas.
Las empresas y los miembros de los comités de auditoría deberían considerar la posibilidad de revisar las preguntas incluidas en la publicación conceptual y enviar sus comentarios a la SEC con el fin de ayudar a dar forma a cualquier propuesta futura en torno a un conjunto equilibrado de normas que resulten valiosas para los inversores sin imponer cargas innecesarias a las empresas. Los comentarios deben enviarse en un plazo de 60 días a partir de la publicación en el Registro Federal, cuya fecha límite se espera que sea a principios de septiembre de 2015.3
1 El documento conceptual está disponible aquí.
2 La PCAOB también está estudiando la posibilidad de exigir que el auditor revele, en su informe de auditoría, el nombre del socio encargado del encargo, así como los nombres, la ubicación y el grado de participación de otras firmas de contabilidad pública independientes que hayan participado en la auditoría.
3Para obtener instrucciones sobre cómo enviar un comentario a la SEC, consulte la parte inferior de la primera página de la publicación del concepto.
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