La gobernadora de Iowa, Kim Reynolds, ha firmado recientemente un nuevo proyecto de ley que obliga a las aseguradoras médicas comerciales del Estado del Ojo de Halcón a cubrir los servicios sanitarios prestados a través de la telesalud en la misma medida en que esos servicios están cubiertos a través de la atención presencial. La ley, aprobada bajo el HF 2305, entra en vigor el 1 de enero de 2019 y se aplica a todas las pólizas entregadas, emitidas o reemitidas en Iowa después de esa fecha. Los proveedores, empresarios y pacientes de telemedicina de Iowa pronto disfrutarán de cobertura de seguro de telesalud, uniéndose a la mayoría nacional de estados con leyes similares.
El lenguaje clave de la cobertura en el estatuto establece, en la parte pertinente, lo siguiente:
"[Una] póliza, contrato o plan que prevea el pago por terceros o el prepago de gastos sanitarios o médicos no discriminará entre las prestaciones de cobertura de los servicios sanitarios que se prestan en persona y los mismos servicios sanitarios que se prestan a través de la telesalud."
Desde el punto de vista de un proveedor de atención sanitaria, el lenguaje de la ley de Iowa no es el ideal a efectos de claridad. Establece que un plan de salud "no discriminará entre las prestaciones de cobertura" para los servicios de telesalud frente a los servicios en persona. Esto refleja una intención implícita de exigir a los planes de salud que cubran totalmente los servicios de telesalud para un miembro asegurado si el servicio médico subyacente correspondiente está cubierto por el plan de beneficios de ese miembro. Sin embargo, otros Estados han optado por utilizar un lenguaje más afirmativo para establecer de forma simple y explícita los requisitos de cobertura que debe seguir un plan de salud. Por ejemplo, considérese la directiva clara y sucinta de la ley de cobertura de telesalud de Mississippi: "Todos los seguros médicos y planes de prestaciones para empleados de este estado deben ofrecer cobertura para los servicios de telemedicina en la misma medida en que estarían cubiertos si se prestaran mediante consulta en persona". Esta redacción es preferible porque ofrece a pacientes, proveedores y planes más claridad sobre lo que debe y no debe cubrir el plan de prestaciones del paciente.
Entre los aspectos más destacados de la nueva ley figuran los siguientes:
- La ley se aplica a las siguientes clases de planes de salud: (1) seguros de accidente y enfermedad individuales o colectivos que proporcionan cobertura sobre la base de gastos incurridos; (2) un contrato de servicios hospitalarios o médicos individual o colectivo; (3) un contrato de HMO individual o colectivo; y (4) un plan de empleados públicos. La ley no se aplica a los seguros de accidente, enfermedad especificada, hospital o médico a corto plazo, indemnización por internamiento hospitalario, crédito, dental, visión, suplemento de Medicare, cuidados a largo plazo, cobertura básica de gastos hospitalarios y médico-quirúrgicos, cobertura de seguro de ingresos por incapacidad, cobertura emitida como suplemento de un seguro de responsabilidad civil, compensación de trabajadores o seguro similar, o seguro de pago de gastos médicos del automóvil.
- Se exigen comunicaciones interactivas de audio y vídeo. La ley limita la cobertura de la telesalud a las comunicaciones interactivas de audio y vídeo: "Por telesalud se entiende la prestación de servicios sanitarios mediante el uso de audio y vídeo interactivos. La telesalud no incluye la prestación de servicios sanitarios a través de un teléfono de sólo audio, un mensaje de correo electrónico o una transmisión por fax". Esto significa que las modalidades de almacenamiento y reenvío y monitorización remota de pacientes (RPM) no están incluidas en el requisito de cobertura de Iowa.
- No se amplían los servicios cubiertos. La mayoría de las leyes de cobertura de seguros de telesalud, incluida la de Iowa, no amplían el paquete de prestaciones de un afiliado ni exigen que los planes de salud cubran un servicio prestado a través de la telesalud a menos que dicho servicio esté cubierto por el plan de prestaciones del afiliado cuando se presta en persona. Por ejemplo, la mayoría de las leyes de cobertura de seguros de telesalud no exigirán que un plan de salud cubra la RPM, a menos que la cobertura de la RPM se indique expresamente en la ley.
- Los servicios deben ser apropiados y prestados de acuerdo con la ley y las prácticas habituales. Según la ley de Iowa, los servicios de atención sanitaria prestados por telesalud deben ser apropiados y prestarse de acuerdo con la legislación aplicable y las prácticas y normas de atención sanitaria generalmente aceptadas que prevalezcan en el momento en que se presten los servicios de atención sanitaria, incluidas todas las normas adoptadas por el consejo de licencias profesionales correspondiente que supervise al profesional sanitario que preste los servicios de atención sanitaria. La Comisión de Seguros de Iowa también está facultada para promulgar las normas necesarias para administrar los requisitos legales, por lo que los proveedores deben estar atentos a las normas propuestas por la Comisión de Seguros.
- No hay paridad de pago. La ley de Iowa no contiene ningún texto sobre paridad de pago. En otras palabras, a diferencia de algunos estados(por ejemplo, Delaware, Minnesota), la ley de Iowa no exige que los planes de salud paguen a un proveedor la misma tasa de reembolso o una equivalente a la que ese proveedor haya contratado con el plan de salud por servicios idénticos en persona. Por ejemplo, la ley de paridad de pago de Minnesota establece: "Una compañía de seguros sanitarios reembolsará al proveedor de atención sanitaria autorizado en un centro remoto los servicios cubiertos prestados a través de la telemedicina sobre la misma base y con la misma tarifa que la compañía de seguros sanitarios aplicaría a esos servicios si éstos hubieran sido prestados en persona por el proveedor de atención sanitaria autorizado en un centro remoto." La paridad de pago es una cuestión esencial que los legisladores deben tener en cuenta al redactar y evaluar un proyecto de ley de cobertura de telesalud, o al revisar una ley de cobertura previamente promulgada. En artículos anteriores hemos tratado ampliamente esta cuestión y la hemos abordado en relación con la elaboración de políticas y leyes.
Con la promulgación de la ley de cobertura de telesalud en Iowa, ya son aproximadamente 35 los estados, más el Distrito de Columbia (D.C.), que cuentan con leyes que obligan a los planes comerciales de salud a cubrir los servicios de telesalud. La ampliación de la cobertura y el reembolso significa que los proveedores pueden mejorar la oferta de telesalud, al tiempo que permiten a los pacientes asegurados elegir entre recibir atención médica en persona o a través de la telesalud. La cobertura de los servicios de telesalud está respaldada por la Política de Cobertura y Pago de Servicios de Telemedicina de la AMA. Las leyes de cobertura de los seguros de telesalud son también una cuestión de derechos de los consumidores, que ayudan a garantizar que los miembros cubiertos (es decir, las personas que pagan las primas de seguro a su plan de salud) puedan elegir cómo obtener su atención médica, en lugar de verse obligados a obtener los servicios en persona o pagar por los servicios de telemedicina de su bolsillo como un servicio no cubierto.
Seguiremos vigilando Iowa para detectar cualquier cambio normativo que afecte o mejore las oportunidades de la telemedicina en el estado.
Para más información sobre telemedicina, telesalud, atención virtual y otras innovaciones sanitarias, incluido el equipo, publicaciones y otros materiales, visite el sitio web de Foley's de Foley sobre telemedicina y salud digital y lea nuestro Encuesta ejecutiva sobre telemedicina y salud digital de 2017.