El Segundo Circuito sugiere que el valor de un uso secundario acusado determina lo que constituye un uso legítimo.
En una decisión reciente, el Segundo Circuito aclaró aún más los límites del uso legítimo permitido, revocando la sentencia del tribunal de distrito que establecía que la funcionalidad que permitía a los clientes buscar vídeos por término, y ver y archivar dichos vídeos, estaba protegida por el uso legítimo. Al hacerlo, el tribunal se basó en su decisión sobre el uso legítimo de «Google Books», pero en este caso concluyó que TVEyes había «sobrepasado esos límites».
Fondo
La demandada TVEyes es una empresa de medios de comunicación con ánimo de lucro que, por 500 dólares al mes, ofrece un servicio que permite a los suscriptores buscar entre una gran cantidad de contenidos televisivos para encontrar clips que les interesen. El servicio funciona de la siguiente manera:
TVEyes graba prácticamente todas las emisiones televisivas a medida que se producen, a partir de más de 1400 canales, las 24 horas del día, todos los días. Al copiar el texto de los subtítulos que acompaña al contenido que graba (y utilizando software de conversión de voz a texto cuando es necesario), TVEyes crea una transcripción con búsqueda de texto de las palabras pronunciadas en cada vídeo. Los vídeos y las transcripciones se consolidan en una base de datos. El cliente introduce un término de búsqueda y obtiene una lista de videoclips que mencionan dicho término. Al hacer clic en la imagen en miniatura de un clip, se reproduce el vídeo, comenzando catorce segundos antes de que se pronunciara el término de búsqueda, y se muestra un segmento de la transcripción con el término de búsqueda resaltado. . . . Los clips pueden reproducirse durante un máximo de diez minutos, pero el usuario puede reproducir un número ilimitado de clips. Para evitar que los clientes vean programas completos, TVEyes . . . implementó un dispositivo que, según se afirma, impide que los clientes vean segmentos consecutivos. . . .
TVEyes eliminaría el contenido capturado después de 32 días.
El servicio de TVEyes comprende dos ofertas principales, a saber, una «función de búsqueda» y una «función de visualización». «La función de búsqueda permite a los clientes identificar vídeos que contienen palabras clave de interés». «La función de visualización permite a los clientes de TVEyes ver clips de vídeo de hasta diez minutos de duración, sin alteraciones, de contenidos protegidos por derechos de autor».
El servicio de TVEyes también tiene otras funciones. Los suscriptores pueden archivar vídeos en los servidores de TVEyes y descargarlos en su ordenador. Los suscriptores pueden enviar los clips por correo electrónico a otras personas para que los vean y pueden «buscar vídeos por fecha, hora y canal (en lugar de por palabra clave)». Sin embargo, el servicio de TVEyes «está disponible para uso comercial y profesional, y no se ofrece a consumidores privados para uso personal».
TVEyes afirmó que restringe el uso que los suscriptores hacen del contenido grabado de diversas maneras, entre ellas exigiéndoles que firmen contratos que restringen dicho uso a «fines internos únicamente» y advirtiéndoles que la descarga de clips debe limitarse a «revisiones, análisis o investigaciones internas».
Fox News Network demandó a TVEyes ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York por, entre otras cosas, infracción de derechos de autor. El tribunal de distrito sostuvo que las funciones «que permiten a los clientes de TVEyes buscar vídeos por término, ver los vídeos resultantes y archivarlos» constituían un uso legítimo. Sin embargo, el tribunal de distrito consideró que otras funciones no constituían un uso legítimo, «como las que permiten a los clientes de TVEyes descargar vídeos en sus ordenadores, enviarlos libremente por correo electrónico a otras personas o verlos después de buscarlos por fecha, hora y canal (en lugar de por palabra clave)».
En la apelación, Fox no impugnó la función de búsqueda, pero sí la función de visualización. La cuestión objeto de la apelación era si la función de visualización de TVEyes estaba protegida por el uso legítimo. El Segundo Circuito sostuvo que la inclusión de la función «Ver» hacía que la doctrina del uso legítimo no fuera aplicable al paquete de servicios de TVEyes. El tribunal declaró que «esa conclusión subsume y obvia la consideración de ciertas funciones que son subsidiarias de la función «Ver», tales como el archivo, la descarga y el envío por correo electrónico de los videoclips».
Para llegar a su conclusión, el Segundo Circuito consideró cuatro factores establecidos en el artículo 17 U.S.C. §107, que establece en la parte pertinente:
A la hora de determinar si el uso que se hace de una obra en un caso concreto es un uso legítimo, se tendrán en cuenta los siguientes factores: (1) la finalidad y el carácter del uso, incluyendo si dicho uso es de naturaleza comercial o tiene fines educativos sin ánimo de lucro; (2) la naturaleza de la obra protegida por derechos de autor; (3) la cantidad y la importancia de la parte utilizada en relación con la obra protegida por derechos de autor en su conjunto; y (4) el efecto del uso sobre el mercado potencial o el valor de la obra protegida por derechos de autor.
Factor 1: propósito y carácter del uso
El tribunal consideró que el primer factor favorecía ligeramente el uso legítimo. El tribunal señaló que la cuestión principal en relación con el primer factor era si el uso secundario era transformador, y tuvo en cuenta su decisión en el caso Authors Guild v. Google, Inc., 804 F.3d 202 (2.º Cir. 2015) (el caso «Google Books»), en el que se sostenía que la recopilación por parte de Google de copias digitales de libros protegidos por derechos de autor en una base de datos con búsqueda de texto tenía un propósito transformador porque «comunicaba algo nuevo y diferente del original». 804 F.3d en 214. En Google Books, el tribunal también sostuvo que la vista de fragmentos de texto sin alterar y protegido por derechos de autor «añadía un valor importante a la función básica de búsqueda transformadora», ya que los usuarios podían verificar que la lista de libros devuelta respondía a la búsqueda del usuario.Id. en 217. Sobre esa base, en este caso, el tribunal concluyó que «la copia del contenido de Fox por parte de TVEyes para su uso en la función Watch es igualmente transformadora, en la medida en que permite a los usuarios aislar, de entre un mar de programación, el material que responde a sus intereses y necesidades, y acceder a ese material con precisión específica» (énfasis añadido).
El tribunal también consideró que la función Watch era «al menos algo transformadora» a la luz de la decisión del Tribunal Supremo de los Estados Unidos en el caso Sony Corporation of America contra Universal City Studios, Inc., 464 U.S. 417 (1984). En el caso Sony, el Tribunal Supremo sostuvo que la grabación de un programa de televisión por parte de un cliente para verlo más tarde era un uso legítimo porque, tal y como afirmó el Segundo Circuito, «un uso secundario puede ser un uso legítimo si utiliza la tecnología para lograr el objetivo transformador de mejorar la eficiencia de la distribución de contenidos sin invadir de forma injustificada los derechos comerciales del titular de los derechos». En este caso, «la función Watch sin duda cumple los requisitos para considerarse una tecnología que logra el propósito transformador de mejorar la eficiencia».
A continuación, el tribunal consideró el «carácter» de la función Watch de TVEyes y concluyó que la naturaleza comercial del uso se contraponía a la conclusión de uso legítimo, ya que el carácter transformador de la función Watch era «modesto». «La función Watch solo tiene un carácter transformador modesto porque... básicamente vuelve a publicar ese contenido sin alterar su forma original, sin ninguna expresión, significado o mensaje nuevos» (se omiten las citas internas y las referencias citadas).
El tribunal sopesó la naturaleza transformadora y comercial del uso de TVEyes y concluyó que el factor uno «favorece a TVEyes, aunque sea ligeramente».
Factor 2: Naturaleza de la obra protegida por derechos de autor
El tribunal abordó rápidamente el segundo factor y sostuvo que era neutral, señalando que el factor «rara vez desempeñaba un papel significativo en la resolución de una controversia sobre el uso legítimo» y que «no desempeña un papel significativo en este caso» (citando Google Books, 804 F.3d en 220). TVEyes había argumentado que, dado que los hechos no son susceptibles de derechos de autor, la naturaleza factual de los vídeos de Fox favorecía el uso legítimo. Al rechazar el argumento, el tribunal declaró: «Hemos rechazado este argumento: "Quienes informan de las noticias crean, sin duda, obras basadas en hechos. No se puede argumentar seriamente que, por esa razón, otros puedan copiar y difundir libremente las noticias"» (citando id.).
Factor 3: Cantidad utilizada
El tercer factor «favorecía claramente a Fox» y no respaldaba el uso legítimo «porque TVEyes pone a disposición prácticamente la totalidad de la programación de Fox que los usuarios de TVEyes desean ver y escuchar». El tribunal distinguió la función Watch de su decisión sobre Google Books, señalando que la función de fragmentos de Google Books estaba diseñada para que los espectadores solo pudieran ver una parte muy pequeña del contenido de un libro y que, en el caso de ciertos tipos de libros, como los de cocina, los fragmentos no estaban disponibles cuando estos transmitían la información que el espectador probablemente necesitaría. Por el contrario, TVEyes redistribuía los programas de noticias de Fox en clips de 10 minutos «que, dada la brevedad del segmento medio de noticias sobre un tema concreto, probablemente proporcionaban a los usuarios de TVEyes toda la programación de Fox que buscaban y la totalidad del mensaje transmitido por Fox a los espectadores autorizados del original». En consecuencia, el tribunal concluyó que el uso de TVEyes era amplio e incluía todo lo que era importante para el trabajo de Fox.
Factor 4: Efecto del uso y daño al mercado
El cuarto factor no respaldaba el uso legítimo y, aparentemente, influyó en la decisión del tribunal. TVEyes argumentó que su servicio suponía un riesgo mínimo de convertirse en un «sustituto competitivo» de la programación de Fox. Fox argumentó que «TVEyes socava la capacidad de Fox para obtener beneficios mediante la concesión de licencias de acceso con función de búsqueda a su contenido protegido por derechos de autor a terceros». El tribunal concluyó que «Fox tiene un argumento mucho más sólido».
Al evaluar el perjuicio al mercado, el tribunal consideró el valor de la función Watch para TVEyes y si Fox podría haber querido explotar ese mercado: «Dado que la capacidad de redistribuir el contenido de Fox de la manera en que lo hace TVEyes es claramente valiosa para TVEyes, esta (o un servicio similar) debería estar dispuesta a pagar a Fox por el derecho a ofrecer el contenido. Al proporcionar el contenido de Fox a los clientes de TVEyes sin pagar a Fox, TVEyes está, en efecto, privando a Fox de los ingresos por licencias de TVEyes o de entidades similares. Y la propia Fox podría desear explotar el mercado de dicho servicio en lugar de conceder licencias a otros. Por lo tanto, TVEyes ha «usurpado un mercado que pertenece legítimamente al titular de los derechos de autor» (citando Infinity Broad. Corp. v. Kirkwood, 150 F.3d 104, 110 (2.º Cir. 1998)).
El tribunal sopesó los factores y dictaminó que la función Watch de TVEyes no estaba protegida por el uso legítimo. El factor uno solo favorecía ligeramente el uso legítimo, el factor dos era neutro y los factores tres y cuatro favorecían a Fox, por lo que el tribunal dictaminó que «el equilibrio favorece claramente a Fox y desestima la defensa del uso legítimo». No obstante, el tribunal señaló que el tribunal de primera instancia no debería prohibir a TVEyes proporcionar una base de datos con búsqueda de texto del contenido de Fox, algo que Fox no había impugnado en la apelación.
Conclusión
La decisión del tribunal se vio claramente influida por el alcance del uso que TVEyes hacía del contenido de Fox y su convicción de que dicho uso causaba un perjuicio comercial a Fox. Pero entre ambos factores, la decisión parece estar realmente motivada por el riesgo percibido por el tribunal de que Fox sufriera un perjuicio en el mercado y su creencia de que el uso secundario socavaría la capacidad de Fox para proporcionar el mismo servicio que TVEyes, a pesar de que no había pruebas de que el servicio de TVEyes fuera a socavar realmente a Fox, ni de que Fox tuviera interés en proporcionar dicho servicio. Esto sugiere que un uso secundario acusado que tenga valor comercial tendrá muchas dificultades para constituir un uso legítimo, incluso cuando, como en este caso, el titular de los derechos de autor no esté explotando sus derechos de la misma manera que el infractor acusado.