El Séptimo Circuito sostiene que la presunta violación de la Ley de Privacidad de la Información Biométrica de Illinois confiere legitimación según el Artículo III.
El Tribunal de Apelaciones del Séptimo Circuito de los Estados Unidos rechazó recientemente un argumento bastante inusual presentado por una demandante ante un tribunal federal. La demandante afirmó que carecía de legitimación según el artículo III para presentar su demanda y lo hizo como base para remitir el caso al tribunal estatal. En Bryant v. Compass Group USA, Inc., el Séptimo Circuito sostuvo que una violación procesal de la Ley de Privacidad de la Información Biométrica de Illinois (BIPA), 740 ILCS 14, cumple con el requisito de daño real para la legitimación procesal del artículo III y, por lo tanto, el demandado trasladó correctamente el caso al tribunal federal.
El empleador de la demandante Christine Bryant instaló máquinas expendedoras, propiedad y operadas por el demandado Compass Group USA, Inc., que exigían a los usuarios crear una cuenta utilizando su huella dactilar para realizar compras. Las huellas dactilares son «identificadores biométricos» en el sentido de la BIPA. En su demanda, Bryant alegó que Compass Group infringió el artículo 15(a) de la BIPA al no hacer público su calendario de conservación y sus directrices para la destrucción permanente de los identificadores biométricos almacenados. Además, Bryant alegó que Compass Group infringió la sección 15(b) de la BIPA al (1) no informarle por escrito de que se estaba recopilando o almacenando su identificador biométrico, (2) no informarle por escrito del propósito específico y la duración del plazo durante el cual se recopilaba, almacenaba y utilizaba su huella dactilar, y (3) no obtener su autorización por escrito para recopilar, almacenar y utilizar su huella dactilar.
Cuando Compass Group trasladó el caso a un tribunal federal, Bryant, en un intento por devolverlo al tribunal estatal, argumentó que no tenía legitimación según el artículo III porque las infracciones de la sección 15(a) y (b) de la BIPA que alegaba eran meras infracciones de procedimiento que no constituían un perjuicio real según el caso Spokeo, Inc. v. Robins, 136 S. Ct. 1540 (2016). Como señaló el Séptimo Circuito, «Bryant no afirma que no supiera que se estaba recopilando y almacenando su huella dactilar, ni por qué se estaba haciendo. Ella creó voluntariamente una cuenta de usuario para las máquinas expendedoras Smart Market y utilizaba regularmente el escáner de huellas dactilares para comprar artículos en las máquinas. Simplemente sostiene que el hecho de que Compass no le proporcionara la información necesaria le impidió dar su consentimiento informado por escrito, tal y como exige el apartado 15(b). El incumplimiento de la Ley por parte de Compass supuso, tanto para ella como para otras personas en situaciones similares, la pérdida del derecho a controlar sus identificadores e información biométricos».
Compass Group argumentó que, a través de la BIPA, la legislatura de Illinois elevó a la categoría de protegible el derecho de una persona a controlar sus propios identificadores e información biométricos. Dado que la sección 15(b) de la BIPA confiere el derecho a recibir cierta información de una entidad que recopila, almacena o utiliza la información biométrica de una persona, y a tomar una decisión informada basada en esa información, Compass Group afirmó que las violaciones de la sección 15(b) son intrusiones punibles en el derecho de control protegido por la BIPA. Esta posición, aunque poco común para un demandado en un juicio federal, está en consonancia con las sentencias anteriores del Tribunal Supremo de Illinois, según las cuales una persona perjudicada por infracciones procesales de la BIPA es una «persona agraviada» a efectos de la ley.
El Séptimo Circuito estuvo de acuerdo con Compass Group. Aplicando el análisis del juez Thomas de su concurrencia en Spokeo, el tribunal consideró si Bryant buscaba reivindicar un derecho privado o uno público. El tribunal razonó que los requisitos de divulgación de la sección 15(b) de la BIPA otorgan a las personas el derecho a estar plenamente informadas sobre cómo se utilizará su información biométrica antes de decidir divulgarla, y por lo tanto, determinó que la sección 15(b) protege un derecho privado. Por lo tanto, el tribunal sostuvo que el hecho de que Compass Group no proporcionara la información exigida en la sección 15(b) constituye «un daño concreto y específico para Bryant». Por el contrario, el tribunal sostuvo que las violaciones de los requisitos de divulgación pública de la sección 15(a) de la BIPA no confieren legitimación según el artículo III, ya que la sección 15(a) crea una obligación para el público en general y no se refiere específicamente a personas concretas. A diferencia de su reclamación en virtud de la sección 15(b), las reclamaciones de Bryant en virtud de la sección 15(a) solo reivindicaban un derecho público.
El 19 de mayo de 2020, Compass Group solicitó una nueva audiencia ante el pleno, argumentando que el tribunal había creado erróneamente una división en el circuito al sostener que la Sección 15(a) solo protege los intereses públicos y, por lo tanto, no puede dar lugar a la legitimación del Artículo III. Alternativamente, Compass Group solicitó una nueva audiencia limitada por parte del panel sobre la cuestión de la Sección 15(a). Compass Group señaló la sentencia del Noveno Circuito en el caso Nimesh Patel et al. v. Facebook, Inc., 932 F.3d 1264 (9.º Cir. 2019), que reconoció la legitimación procesal en virtud del artículo III para las reclamaciones basadas en la sección 15(a) sin establecer una distinción entre intereses públicos y privados. Compass Group también argumentó que el tribunal no había considerado la sección 15(a) en su totalidad, afirmando que los requisitos de divulgación pública previstos en dicha sección son fundamentales para el derecho al consentimiento informado protegido por la sección 15(b).
Aunque el panorama de la legitimación procesal según el artículo III sigue evolucionandotras el caso Spokeo ( véanse otras entradas del blog que tratan cuestiones relacionadas con Spokeo aquí, aquí y aquí), los litigantes deben esperar que el análisis del Séptimo Circuito se aplique a las reclamaciones por infracciones procesales de otras leyes de protección al consumidor.