Cambios bienvenidos en la Ley de Intermediación de Pacientes de Florida
Como se informó anteriormente en nuestros blogs del 16 de agosto de 2019 y del 18 de febrero de 2020, la Ley de Intermediación de Pacientes de Florida (Florida PBA) fue enmendada el 1 de julio de 2019 para cambiar la excepción a la Florida PBA de la conducta «no prohibida por» la ley federal contra el soborno (AKS; 42 U.S.C. § 1320a-7b(b)) o las salvaguardias reglamentarias relacionadas (42 C.F.R. § 1001.952) a la conducta «expresamente autorizada por» la AKS federal o las salvaguardias reglamentarias relacionadas.
Por lo tanto, la nueva redacción de la exención parecía exigir que los acuerdos de pago cumplieran con las excepciones federales de la AKS o con las salvaguardias reglamentarias relacionadas. Este cambio fue significativo porque la Oficina del Inspector General (OIG) del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) de los Estados Unidos ha declarado que el incumplimiento de una salvaguardia federal de la AKS no convierte en ilegal un acuerdo de pago per se, y que es fundamental determinar si el acuerdo supone un riesgo de fraude y abuso utilizando un análisis de la totalidad de los «hechos y circunstancias». Con la revisión del texto de la excepción de la PBA de Florida, no estaba claro si el análisis crítico de los «hechos y circunstancias», o incluso las directrices de la OIG, en las que los proveedores de atención médica de Florida han confiado históricamente en gran medida, eran fiables para proteger los acuerdos en Florida.
En nuestro blog anterior de febrero de 2020, señalamos la necesidad de una revisión cuidadosa de la PBA de Florida, que podría implicar la incorporación de un texto que establezca que, independientemente del tipo de programa de prestaciones sanitarias, las conductas y/o acuerdos de pago que cumplan con una excepción en virtud de la AKS federal, o que de otro modo no la infrinjan, no constituirán una infracción. Reconocimos que muchos acuerdos pueden estructurarse para cumplir con una excepción y un puerto seguro de la AKS federal; sin embargo, hay algunos acuerdos, por ejemplo, los acuerdos porcentuales para los agentes de ventas o los acuerdos por horas para los directores médicos, que no lo hacen. Dichos acuerdos, que por lo demás cumplen con un análisis de «hechos y circunstancias» en virtud de la AKS federal, no deben considerarse ilegales en virtud de la PBA de Florida.
Nos complace informar que Florida aprobó la ley CS/SB 1120, vigente desde el 1 de julio de 2020, que modificó la excepción para volver a su redacción original en la sección 817.505(3)(a) de los Estatutos de Florida, que establece lo siguiente: «Esta sección no se aplicará a las siguientes prácticas de pago: (a) Cualquier descuento, pago, exención de pago o práctica de pago no prohibida por 42 U.S.C. s. 1320a-7b(b) o las regulaciones promulgadas en virtud de la misma».
La Ley de Eliminación de Sobornos en la Recuperación de 2018 (EKRA) sigue causando confusión, tal y como se informó en ese mismo blog de febrero de 2020, pero la solución para la PBA de Florida es bienvenida.