Prejuicios contra las personas LGBTQ: no solo en el ámbito laboral, sino también en la vivienda, la atención médica, la educación y el alojamiento. No discrimine en ninguno de estos ámbitos.
Cuando el Tribunal Supremo de los Estados Unidos dictaminó el año pasado (en el caso«Bostock») que el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 protege a los empleados contra la discriminación por motivos de orientación sexual y condición de transgénero, muchos predijeron que la sentencia se extendería a otras leyes contra la discriminación en ámbitos como la vivienda, la asistencia sanitaria, la educación y los alojamientos públicos. Esas predicciones se están haciendo realidad. Su empresa ya debería contar con políticas, formación y prácticas antidiscriminatorias para los empleados. Como se explica a continuación, dependiendo del tipo de negocio que tenga, también debe considerar políticas y prácticas antidiscriminatorias para otras áreas, como inquilinos o compradores de viviendas, pacientes, estudiantes, consumidores y otras personas que utilizan los servicios de su empresa.
Varias leyes federales y estatales prohíben la discriminación por motivos de «sexo». En su fallo del año pasado sobre el Título VII, el Tribunal Supremo sostuvo que el «sexo» también incluye la orientación sexual y la identidad o expresión de género. Aunque el Tribunal Supremo aún no ha dictaminado de forma definitiva que otras leyes que utilizan el término «sexo» también prohíban la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad o expresión de género, otros tribunales, organismos e incluso el presidente han tomado tales determinaciones.
Como una de sus primeras medidas, el presidente Biden emitió un decreto ejecutivo para combatir la discriminación contra las personas LGBTQ en la atención médica, la vivienda y la educación. El decreto ejecutivo establecía lo siguiente:
EnBostock, el Tribunal Supremo dictaminó que la prohibición de la discriminación «por motivos de sexo» del Título VII abarca la discriminación por motivos de identidad de género y orientación sexual. Según el razonamientodel caso Bostock, las leyes que prohíben la discriminación por motivos de sexo —incluido el Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972, ..., la Ley de Vivienda Justa, ... y la sección 412 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad...— prohíben la discriminación por motivos de identidad de género u orientación sexual, siempre que las leyes no contengan indicaciones suficientes en contrario.
Los tribunales y las agencias administrativas han seguido el ejemplo. Por ejemplo, el tribunal federal de apelaciones que abarca Alabama, Florida y Georgia dictaminó recientemente que el Título IX, que prohíbe la discriminación sexual en la educación, también abarca la orientación sexual y la identidad/expresión de género. En ese caso, el tribunal dictaminó que la política de una escuela que prohibía a un adolescente transgénero utilizar el baño de hombres de su instituto violaba las disposiciones sobre discriminación sexual del Título IX. Del mismo modo, la Comisión de Relaciones Humanas de Florida anunció recientemente que aceptará e investigará las denuncias basadas en la identidad/expresión de género o la orientación sexual en el ámbito laboral y los alojamientos públicos, e investigará las infracciones en materia de vivienda basadas en la discriminación sexual por no ajustarse a los estereotipos de género.
Si usted es un hospital o un sistema de salud, recuerde a sus pacientes LGBTQ. Si usted es un constructor de viviendas o un propietario, recuerde a sus compradores o inquilinos LGBTQ. Si usted dirige una escuela, recuerde a sus estudiantes LGBTQ. Si usted no es ninguno de los anteriores, pero se presenta ante el público, recuerde a sus consumidores LGBTQ. Asegúrese de que sus políticas y prácticas prohíban la discriminación por orientación sexual e identidad/expresión de género.