El presidente firma la Ley de Prevención del Trabajo Forzoso Uigur: próximos pasos para su cumplimiento
Tal y como habíamos previsto, el presidente Biden promulgó la Ley de Prevención del Trabajo Forzoso Uigur el 23 de diciembre de 2021. La ley prohíbe la importación de productos fabricados en la Región Autónoma Uigur de Xinjiang (XUAR) y entrará en vigor el 21 de junio de 2022. En virtud de la ley, se presume que los siguientes productos son fruto del trabajo forzoso y se prohíbe su entrada en los Estados Unidos:
- productos que se extraen, fabrican o producen en Xinjiang, en su totalidad o en parte;
- productos fabricados por entidades que colaboran con el gobierno regional de Xinjiang para reclutar, transportar, trasladar, albergar o recibir mano de obra forzada fuera de Xinjiang;
- exportar a los Estados Unidos productos que (i) se hayan fabricado total o parcialmente en Xinjiang o (ii) hayan sido fabricados por entidades que colaboran con el gobierno regional de Xinjiang para reclutar, transportar, trasladar, albergar o recibir mano de obra forzada fuera de Xinjiang;
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- material procedente de personas que trabajan con el gobierno regional de Xinjiang o el Cuerpo de Producción y Construcción de Xinjiang (XPCC) en relación con programas gubernamentales que utilizan trabajo forzoso, como los programas de «alivio de la pobreza» y «asistencia por parejas».
Esta presunción no se limita a los productos fabricados por empresas ubicadas en Xinjiang. También se aplica a los productos fabricados por empresas con sede fuera de la RAXU y fuera de China que obtienen materiales de la RAXU o fabrican incluso una parte del producto dentro de la RAXU.
Según la ley, la presunción de trabajo forzoso es refutable si un importador puede demostrar a la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP) que:
- los productos no han sido fabricados, ni en su totalidad ni en parte, mediante mano de obra penitenciaria, trabajo forzoso o trabajo en condiciones de servidumbre;
- el importador ha cumplido con los requisitos de diligencia debida; y
- El importador ha respondido a las consultas de seguimiento de la CBP.
Si la CPB determina que un importador ha refutado con éxito la presunción, debe emitir un informe público y enviarlo al Congreso. En la práctica, parece poco probable que un importador pueda proporcionar información suficiente a la CBP para que esta llegue a tal conclusión y la publique.
Las empresas afectadas por esta ley tendrán 75 días a partir de la fecha de promulgación, el 8 de marzo de 2022, para presentar comentarios al Grupo de Trabajo para la Aplicación de la Ley sobre Trabajo Forzoso (DHS, Estado, USTR, DOJ, Comercio, USAID y Tesoro). El plazo para presentar comentarios se abrirá 30 días después de la promulgación. Dado el apoyo político bipartidista a esta ley, es poco probable que los comentarios que sugieran un mecanismo de aplicación debilitado o retrasado generen mucho interés.
El Grupo de Trabajo tiene 180 días para presentar un informe al Congreso en el que describa su estrategia de aplicación, que se centrará principalmente en dotar a la CBP del personal, los recursos y la tecnología necesarios para aplicar la ley. El informe también contendrá la siguiente información que ayudará a los importadores a cumplir con la ley:
- una lista de empresas de la Región Autónoma Uigur de Xinjiang que utilizan mano de obra forzada para extraer minerales o fabricar productos;
- una lista de empresas que colaboran con las autoridades regionales para suministrar mano de obra forzada fuera de la Región Autónoma Uigur del Xinjiang (XUAR);
- una lista de productos fabricados por empresas que utilizan mano de obra forzada;
- un plan de aplicación para el polisilicio; y
- Directrices para importadores sobre diligencia debida o métodos de trazabilidad de la cadena de suministro.
Los dos últimos puntos anteriores serán especialmente informativos y proporcionarán a las empresas afectadas la mejor oportunidad para influir en el régimen de aplicación y cumplimiento. También son las dos áreas que han resultado más difíciles de definir. La orden de retención de liberación (WRO) de la CBP que impide la importación de productos y materiales a base de sílice y de bienes derivados o producidos con dichos productos a base de sílice fabricados por Hoshine Silicon Industry Co. Ltd.está en vigor desde finales de junio de 2021, y los importadores aún no tienen claras las prioridades de aplicación ni los tipos de seguimiento de la cadena de suministro que las empresas pueden utilizar para demostrar el cumplimiento.
Las empresas del sector solar, en particular, deben preparar una estrategia sólida para colaborar con los organismos gubernamentales del Grupo de Trabajo con el fin de garantizar que el cumplimiento de la nueva ley sea lo más claro y sencillo posible. Las empresas deben seguir revisando sus propias cadenas de suministro para garantizar que se elimine la exposición a productos procedentes o ensamblados en la Región Autónoma Uigur del Xinjiang. Las empresas que no lo hagan antes de que entre en vigor la Ley de Prevención del Trabajo Forzoso Uigur, el 21 de junio de 2022, se enfrentarán a graves interrupciones en la cadena de suministro.
Si tiene alguna pregunta sobre la Ley de Prevención del Trabajo Forzoso Uigur, su impacto en su empresa o estrategias para una participación eficaz, póngase en contacto con Mike Walsh, Jeff Atkin, Vanessa Miller, David Simon o su abogado de Foley para obtener más información.