Telesalud de Medicare y tratamiento de trastornos por consumo de sustancias: nuevos requisitos de reembolso de los CMS
En el periodo de 12 meses que comenzó en abril de 2021, más de 100 000 personas han fallecido por sobredosis de drogas, lo que supone un aumento del 28,5 % con respecto al mismo periodo del año anterior. Aunque la crisis de los opioides se declaró emergencia de salud pública (PHE) el 26 de octubre de 2017, las muertes por sobredosis siguen alcanzando máximos históricos y se han visto agravadas por la pandemia de COVID-19. Para combatir esta epidemia, los médicos y otros profesionales sanitarios han pedido una mayor flexibilidad en la telesalud para permitir un mayor acceso a la atención de los pacientes con trastornos por consumo de sustancias (SUD), incluido el trastorno por consumo de opioides (OUD).
Los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS) han respondido a estas peticiones continuando con sus esfuerzos para abordar esta epidemia y ampliar el acceso a la salud mental y conductual en su nueva Norma definitiva sobre la tabla de honorarios médicos para 2022.
La nueva norma y la Ley SUPPORT
En virtud de la nueva norma, Medicare amplió los intervalos de tiempo entre las visitas presenciales para los pacientes que reciben servicios de salud mental basados en telesalud cuando el paciente se encuentra en su domicilio, entre otros requisitos. (Consulte nuestras preguntas frecuentesrecientes para obtener más información sobre este cambio). Si bien este cambio afecta a los servicios de telesalud prestados con fines de diagnóstico, evaluación o tratamiento de un trastorno de salud mental, excluye el tratamiento de telesalud de un paciente con un trastorno por uso de sustancias (SUD) diagnosticado o un trastorno de salud mental concurrente, que se aborda por separado en la Ley SUPPORT.
A partir del 1 de julio de 2019, la Ley SUPPORT eliminó por ley las limitaciones geográficas para los servicios de telesalud prestados a pacientes con un trastorno por uso de sustancias (SUD) diagnosticado o un trastorno de salud mental concurrente, si el servicio de telesalud se utiliza para tratar el SUD o el trastorno de salud mental concurrente. La ley también eliminó las restricciones relativas al lugar de origen de la telesalud, lo que permitió a los pacientes recibir tratamiento para el SUD en cualquier lugar, incluido el domicilio del paciente. Sin embargo, estas flexibilidades solo se aplican al tratamiento del SUD para pacientes con un SUD ya diagnosticado, no se aplican al diagnóstico inicial de la afección subyacente. Para el diagnóstico inicial del SUD, es probable que el proveedor tenga que facturar un código de evaluación y gestión (E/M), que está sujeto a las restricciones legales habituales de Medicare (por ejemplo, ubicación geográfica, lugar de origen, etc.).
Servicios de asesoramiento y terapia solo por audio en los programas de tratamiento con opioides (OTP)
Según la nueva norma, Medicare ampliará la capacidad de los programas de tratamiento con opioides (OTP) para proporcionar servicios de terapia y asesoramiento a través de llamadas telefónicas solo de audio en determinados casos. Un OTP es un programa o profesional certificado por el gobierno federal que trata el trastorno por uso de opioides (OUD) con un «medicamento agonista opioide», como la metadona o la buprenorfina, y se conoce comúnmente como «programa de tratamiento con narcóticos» o «clínica de metadona». A diferencia del tratamiento con opioides en consultorio (OBOT), los OTP pueden recetar, dispensar y administrar metadona in situ. Los CMS añadieron la interacción solo por audio para promover el acceso, mejorar las opciones de los beneficiarios y proporcionar un tratamiento eficaz y sostenible a la población de pacientes con OUD especialmente vulnerable.
Siempre que se cumplan todos los demás requisitos aplicables, los OTP pueden utilizar llamadas telefónicas solo de audio para los servicios de asesoramiento y terapia cuando la tecnología de audio y vídeo «no esté disponible para el beneficiario», lo que se define como los siguientes casos:
- Circunstancias en las que el beneficiario no es capaz de utilizar la comunicación audiovisual, o
- Cuando el beneficiario no haya dado su consentimiento para el uso de dispositivos que permitan una interacción bidireccional de audio y vídeo.
Aunque CMS reembolsará determinadas llamadas telefónicas solo de audio, los proveedores deben seguir cumpliendo la legislación estatal, que puede ser más restrictiva en cuanto al uso de la modalidad telefónica solo de audio. Por ejemplo, la ley de telesalud de Florida no permite las llamadas telefónicas solo de audio, por lo que un proveedor que preste servicios de telesalud a pacientes de Florida deberá cumplir este requisito más restrictivo.
¿Qué sigue?
Los cambios en la política de CMS entrarán en vigor para los beneficiarios de Medicare el 1 de enero de 2022 hasta el final del año civil 2023, o cuando finalice la emergencia de salud pública.