La NLRB amplía su enfoque a la deuda y la vigilancia de los trabajadores
La semana pasada, la Junta Nacional de Relaciones Laborales (NLRB) firmó un acuerdo de intercambio de información con la Oficina de Protección Financiera del Consumidor (CFPB), con el objetivo de tomar medidas enérgicas contra la «deuda impulsada por el empleador», así como la vigilancia de los trabajadores y la venta de datos personales. Esta medida representa una ampliación del enfoque tradicional de las agencias, destinado a proteger a los trabajadores, como parte de los esfuerzos de la Administración Biden para proteger a los trabajadores en el marco de un «enfoque gubernamental integral» (tal y como lo expresó la consejera general de la NLRB, Jennifer Abruzzo, en el comunicado de prensa).
Con respecto a la «deuda impulsada por el empleador», la Administración Biden afirmó en un informe de marzo de 2022 que los acuerdos de reembolso —en los que un empleador cubre los gastos de formación, educación u otros y exige al empleado que devuelva dichos gastos si no permanece en el empleo durante un determinado periodo de tiempo— son anticompetitivos porque disuaden a los trabajadores de dejar un empleo para evitar los gastos de reembolso (similares a los acuerdos de no competencia, cuya prohibición ha propuesto la Comisión Federal de Comercio). Estos acuerdos de reembolso se consideran desde hace tiempo admisibles en virtud de la legislación federal cuando la formación o la educación son voluntarias y están separadas del trabajo.
Sería algo sin precedentes que tanto la NLRB (encargada de proteger los derechos laborales) como la CFPB (encargada de proteger a los consumidores en lugar de a los empleados) regulasen las obligaciones de pago de los trabajadores o su «deuda». El comunicado de prensa de las agencias hace referencia a los trabajadores de la «economía gig», que suelen clasificarse como contratistas independientes y, por lo tanto, son responsables de sus propios gastos, por ejemplo, de proporcionar sus propios vehículos y equipos . La NLRB protege a los empleados y no a los contratistas independientes, por lo que este enfoque en la economía gig va más allá del mandato tradicional de la agencia.
Con respecto a la vigilancia, la NLRB había hecho hincapié anteriormente en que haría cumplir la supervisión de los empleados en el lugar de trabajo por parte de los empleadores, incluso en un memorándum del consejero general de octubre de 2022 (GC 23-02). A la NLRB le preocupa que los empleadores utilicen dispositivos de rastreo GPS, cámaras y otras tecnologías para supervisar a los trabajadores y, potencialmente, disuadirles de participar en actividades sindicales y otras actividades protegidas. El último anuncio de la NLRB y la CFPB lleva esta preocupación más allá e indica que el seguimiento de las actividades de los empleados fuera del horario laboral y la venta de datos a terceros (por parte de empresas de vigilancia) pueden infringir las leyes de protección del consumidor, incluida la Ley de Informes Crediticios Justos. Una vez más, el enfoque de la NLRB en esta cuestión relacionada con los consumidores y el enfoque de la CFPB en el empleo van más allá del ámbito tradicional de estas agencias. Aún no está claro hasta qué punto el gobierno federal puede responsabilizar a los empleadores por las acciones de otras empresas que poseen datos de los empleados.
Manténgase atento a futuras medidas reguladoras por parte de la NLRB y/o la CFPB relacionadas con la deuda y la vigilancia de los trabajadores. Mientras tanto, los empleadores deberían considerar la posibilidad de revisar los acuerdos de reembolso y las prácticas tecnológicas y de recopilación de datos para garantizar el cumplimiento de la legislación aplicable.