La nueva administración trae cambios a las leyes sobre litigios en Wisconsin
El nuevo paquete de «reforma de la responsabilidad civil» de Wisconsin elimina algunas herramientas de litigio de las que disponen actualmente los demandantes y añade otras para los demandados. Algunos de los cambios pueden tener grandes repercusiones en determinadas circunstancias, otros se aplicarán de forma más general en todos los litigios y otros solo se darán en casos limitados.
El gobernador Scott Walker presentó la medida como el proyecto de ley del Senado n.º 1, el primero de su nueva administración. Con el apoyo de las nuevas mayorías republicanas tanto en la Asamblea como en el Senado, el proyecto de ley fue estudiado, enmendado y aprobado en solo 15 días. El gobernador Walker lo ha firmado hoy. «Mejorar el clima legal de nuestro estado es importante para crear un entorno que permita al sector privado generar puestos de trabajo», afirmó el gobernador, añadiendo que la «reforma de las demandas judiciales» significa que Wisconsin «ya no es el Alabama del norte».
El proyecto de ley ciertamente no elimina la posibilidad de entablar litigios contra las empresas, pero sí dificulta la presentación de demandas y la obtención de indemnizaciones en algunos aspectos. Que esto resulte beneficioso en un caso concreto depende de si usted es quien necesita demandar o quien necesita defenderse.
El proyecto de ley se aplica a las demandas presentadas después de su entrada en vigor, que será aproximadamente 10 días después de su firma. Los medios de comunicación han informado de una avalancha de demandas por daños personales que se están presentando ahora para evitar las restricciones incluidas en el nuevo proyecto de ley. A continuación se presentan las disposiciones clave (con las nuevas secciones del estatuto indicadas a modo de referencia):
Las nuevas normas limitan la responsabilidad objetiva en los casos de responsabilidad por productos defectuosos.
Las nuevas normas que limitan la responsabilidad objetiva en los casos de responsabilidad por productos defectuosos son probablemente el cambio más notable para muchas empresas. (Sec. 895.045(3)). El establecimiento de la responsabilidad objetiva deja a los fabricantes con pocas defensas, y el proyecto de ley dificulta un poco más la prueba.
Por ejemplo, ahora se debe desestimar una reclamación por responsabilidad objetiva de productos si el daño fue causado por una «característica inherente del producto que sería reconocida» por alguien que lo utilizara normalmente. (Sec. 895.047(3)(d).)
Ahora se han establecido criterios más claros para determinar si el producto era defectuoso. (Sec. 895.047.) Además, se presumirá que los productos no son defectuosos si cumplen con las regulaciones o especificaciones estatales y federales aplicables. (Sec. 895.047(3)(b).) Cuando el operador del producto se encontraba legalmente ebrio o bajo los efectos de drogas, se presume que esa es la causa de la lesión, y no un defecto. (Sec. 895.047(3)(a).)
La culpa comparativa será ahora un factor clave en los casos de responsabilidad por productos defectuosos. Un demandante cuya responsabilidad por la lesión supere el porcentaje atribuido al defecto del producto no podrá cobrar. (Sec. 895.045(3)(b); véase también 895.947(3)(c).) Un demandante cuyo porcentaje de culpa sea inferior al del producto podrá cobrar, pero la indemnización se reducirá proporcionalmente. (Sec. 895.045(c)(3).) La responsabilidad del demandante se comparará con la responsabilidad de los demandados como grupo, pero no con la de cada demandado individualmente.
Un demandado por un producto que sea responsable en un 51 % o más por la lesión será responsable solidariamente, lo que significa que el demandante podrá recuperar el importe total de los daños y perjuicios disponibles únicamente de ese demandado, y que este deberá interponer acciones de contribución contra otros demandados responsables para compensar el pago. (Sec. 895.045(3)(d).) Los demandados con una responsabilidad inferior al 51 % solo serán responsables de su propia parte.
El proyecto de ley reduce la exposición de los distribuidores o comerciantes a reclamaciones basadas en defectos de los productos que manejan. En términos generales, no tendrán responsabilidad alguna por los productos que reciben y distribuyen en un envase sellado. (Sec. 895.047(3)(e).) Si se establece la jurisdicción sobre el fabricante en la demanda, los distribuidores o vendedores quedan exentos de la acción. (Sec. 895.047(2)(b).) Sin embargo, un distribuidor puede ser responsable de la totalidad de la reclamación si el fabricante no está sujeto a la jurisdicción de Wisconsin. (Sec. 895.047(2)(a).)
Las pruebas de las medidas correctivas adoptadas tras la venta del producto supuestamente defectuoso solo pueden utilizarse para demostrar que existía un diseño alternativo razonable en el momento de la venta. (Sec. 895.047(4).)
No se permiten reclamaciones contra productos fabricados hace más de 15 años antes de la acumulación de la reclamación, a menos que el fabricante haya especificado que el producto tendría una vida útil más larga. (Sec. 895.047(5).) Las reclamaciones por daños derivados de una enfermedad latente no están sujetas a este límite de 15 años.
Teoría de la contribución al riesgo de la responsabilidad civil
La teoría de la contribución al riesgo en materia de responsabilidad civil en Wisconsin también se modificó. Según la sentencia del Tribunal Supremo de 2005 en el caso Thomas contra Mallett, 2005 WI 129, en el que un niño que sufrió intoxicación por plomo no pudo demostrar específicamente qué empresa fabricó el plomo blanco que ingirió, cualquier fabricante de ese mercado podía ser considerado responsable.
En virtud de la nueva ley, dicho demandante solo puede presentar una demanda por contribución al riesgo contra el fabricante de un producto que se haya vendido en el estado y que sea químicamente idéntico al producto específico que se alega defectuoso. (Sec. 895.046(4)). La demanda debe nombrar como demandados a los fabricantes de al menos el 80 % del producto en cuestión. Id. Este cambio se considera una mejor distribución de la responsabilidad entre aquellos que tienen más probabilidades de ser culpables. Solo se pueden nombrar los productos vendidos en Wisconsin en los 25 años anteriores a la presentación de la demanda por parte del demandante (Sec. 895.046(5)).
Daños punitivos
Los daños punitivos tendrán un límite máximo de dos veces los daños compensatorios o 200 000 dólares, lo que sea mayor. (Sec. 895.043(6)). Contrariamente a lo que informan algunos medios de comunicación, los criterios legales para obtener daños punitivos no cambiarán. La Asamblea Legislativa rechazó la propuesta del gobernador Walker de imponer requisitos más estrictos después de que los críticos señalaran que sería demasiado difícil obtener daños punitivos en las demandas contra conductores ebrios que matan o lesionan a otras personas. Del mismo modo, el límite máximo de los daños punitivos no se aplicará a las demandas relacionadas con la conducción de un vehículo motorizado en estado de embriaguez. Id.
Actualmente no existe un límite legal para las indemnizaciones punitivas, algo que los demandantes han utilizado en ocasiones como amenaza durante las negociaciones para llegar a un acuerdo.
Peritos
Los peritos en todos los casos, tanto civiles como penales, estarán sujetos a un estándar más estricto. El nuevo proyecto de ley adopta el estándar Daubert utilizado en los tribunales federales y en la mayoría de los demás estados. Los peritos cualificados deben aplicar de forma fiable principios y métodos fiables a hechos o datos suficientes, o su testimonio será excluido. (Sec. 907.02.) Según el antiguo estándar de Wisconsin, se permitían los testimonios científicos, técnicos o especializados sin necesidad de demostrar específicamente que fueran fiables o se aplicaran de forma fiable.
Reclamaciones frívolas
Las demandas frívolas ahora pueden dar lugar al pago de daños y perjuicios a la parte contraria. (Sec. 895.044.) Según la legislación vigente, un tribunal puede considerar que la demanda o la conducta de un litigante es frívola y puede imponer sanciones que pueden incluir advertencias, pagos al tribunal, desestimación del caso o la concesión de los honorarios de los abogados en que haya incurrido la otra parte para responder a la conducta frívola. (Sección 802.05(3).)
En virtud de la nueva medida, también se puede conceder una indemnización por daños y perjuicios. Ahora, una parte puede presentar una moción en cualquier momento durante el litigio y tratar de demostrar al tribunal, mediante pruebas claras y convincentes, que la conducta de la parte contraria es frívola, entre otras cosas porque carece de fundamento jurídico o se ha presentado de mala fe o con el único fin de acosar. Si el tribunal está de acuerdo, puede imponer sanciones incluso si la parte contraria retira la conducta indebida en un plazo de 21 días, y debe conceder una indemnización por los gastos y los honorarios de los abogados si la conducta indebida no se retira o corrige en ese plazo.
Las sanciones de la sección 802.05 siguen vigentes y no está claro cómo se relacionarán ambas leyes.
Otra nueva disposición exige que, si estos daños se confirman en apelación, o si durante la apelación sale a la luz una nueva conducta frívola, el tribunal de apelación debe devolver la acción al tribunal inferior para que se dicte una sentencia sobre los honorarios de los abogados. (Sec. 895.044(4), (5).) Hasta ahora, tales acciones por parte del tribunal de apelación eran discrecionales.
Revisiones e informes sobre la mejora de la calidad de la atención sanitaria
Las revisiones e informes sobre la mejora de la calidad de la atención sanitaria o las declaraciones de los empleados exigidas por el estado no podrán utilizarse en ningún procedimiento civil o penal contra el proveedor de atención sanitaria. (Sec. 146.38(2m)). Esto es más amplio que la prohibición actual, que prohíbe el uso de las revisiones de mejora de la calidad solo en acciones por daños personales contra el proveedor y las hace disponibles si se citan en acciones penales.
Exención de responsabilidad penal de los proveedores
Los proveedores de atención médica están exentos de responsabilidad penal por conducta negligente que provoque la muerte o lesiones a un paciente. (Sec. 940.08.)
Límites máximos de indemnización por daños y perjuicios para proveedores de cuidados a largo plazo
Los proveedores de cuidados a largo plazo, como residencias de ancianos, centros de asistencia y hospicios, se beneficiarán ahora de los mismos límites de indemnización por daños y perjuicios en las demandas por negligencia médica. Los daños no económicos por «dolor y sufrimiento» están limitados a 750 000 dólares, por ejemplo. (Sec. 893.55.) Las acciones contra los proveedores de cuidados a largo plazo deben interponerse en un plazo de tres años a partir de la fecha de la lesión o en el plazo de un año a partir del descubrimiento de la lesión, pero nunca más de cinco años después del acto u omisión en cuestión. (Sec. 55(2), (4).)
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