El 5 de junio de 2017, el Tribunal Supremo emitió un dictamen unánime en el caso Kokesh contra la Comisión de Bolsa y Valores, resolviendo una división entre circuitos y sosteniendo que el plazo de prescripción de cinco años para las sanciones civiles se aplica a la restitución de la SEC.
El Tribunal Supremo dictaminó anteriormente que el artículo 28 U.S.C. §2462, que establece un plazo de prescripción de cinco años para «las acciones, demandas o procedimientos para la ejecución de cualquier multa, sanción o decomiso civil», se aplica a las sanciones civiles pecuniarias solicitadas por la SEC. Véase Gabelli v. SEC, 568 U.S. 442, 454 (2013). Sin embargo, su aplicación a la restitución solicitada por la SEC ha seguido siendo objeto de debate, y algunos, incluida la SEC, sostienen que la restitución es una medida correctiva y no una multa, sanción o decomiso en el sentido del artículo 2462.
El Tribunal, en un dictamen redactado por la jueza Sotomayer, ha resuelto finalmente esta cuestión. El Tribunal sostuvo que «la restitución en el contexto de la aplicación de la legislación sobre valores es una "sanción" en el sentido del artículo 2462, por lo que las acciones de restitución deben iniciarse en un plazo de cinco años a partir de la fecha en que se devenga la reclamación». «Tiene todas las características de una sanción: se impone como consecuencia de la violación de una ley pública y su objetivo es disuadir, no compensar. Por lo tanto, el plazo de prescripción de cinco años del artículo 2462 se aplica cuando la SEC solicita la restitución».
Si bien este dictamen supone una restricción significativa para una de las herramientas de ejecución de la SEC, también parece haber dejado abierta la posibilidad de un nuevo recurso contra la restitución de la SEC. En una nota al pie, el Tribunal comentó que «nada de lo contenido en este dictamen debe interpretarse como una opinión sobre si los tribunales tienen autoridad para ordenar la restitución en los procedimientos de ejecución de la SEC o sobre si los tribunales han aplicado correctamente los principios de restitución en este contexto».