Los abogados de Foley publican sobre las nuevas leyes de protección de dibujos y modelos de la UE
Lo que las empresas deben saber sobre la reforma de la legislación de la UE en materia de diseños
Este artículo se publicó originalmente en Law360 el 7 de mayo de 2025 y se reproduce aquí con permiso.
Las reformas introducidas por la Unión Europea para actualizar sus leyes de protección de diseños para la era digital se están implementando en dos fases. El proceso comenzó el 1 de mayo, y las medidas posteriores entrarán en vigor el 1 de julio de 2026.[1]
Los principales cambios introducidos por la UE, concretamente el paquete de reformas legislativas sobre diseños de la UE adoptado por el Consejo Europeo el 10 de octubre de 2024.
Esto incluye la refundición de la Directiva sobre la protección jurídica de los dibujos y modelos y la modificación del Reglamento sobre los dibujos y modelos comunitarios, que probablemente generarán nuevas oportunidades y consideraciones para casi todas las empresas que operan en la UE o que participan en sus mercados.[2]
Aquí analizamos las actualizaciones clave y lo que significan para las empresas, y ofrecemos ideas prácticas sobre cómo adaptarse estratégicamente a estos cambios.
Como parte de la reforma, se actualizarán varios términos fundamentales para que se ajusten a la estructura y el alcance del nuevo marco jurídico. Por ejemplo, el término «diseño comunitario» se sustituirá por «diseño de la Unión Europea», o diseño de la UE o EUD.[3]
Este cambio puede reforzar la naturaleza unificada del sistema de diseño de la UE, lo que podría enfatizar que los derechos de diseño son válidos y exigibles en todos los Estados miembros de la UE, lo que podría simplificar la gestión de la propiedad intelectual.
Además, «tribunal de diseños comunitarios» se sustituirá por «tribunal de diseños de la UE», y el «Reglamento sobre los diseños comunitarios» se sustituirá por el «Reglamento sobre los diseños de la Unión Europea» o EUDR.
Este esfuerzo de renombramiento tiene como objetivo armonizar la terminología con el marco jurídico más amplio de la UE para ayudar a fomentar la claridad y la coherencia en las referencias jurídicas para las empresas que se dedican a la protección de diseños.
Este cambio aparentemente pequeño podría facilitar a las empresas y a sus equipos jurídicos la identificación y comprensión de las instituciones y leyes específicas de la UE relevantes para sus estrategias de protección del diseño.
Ampliación del alcance de la protección
Quizás la actualización más importante dentro de la reforma de la ley de diseños de la UE sea la ampliación de lo que se considera diseños y productos protegidos. Este cambio tendrá implicaciones para las empresas que desarrollan o distribuyen contenidos digitales, ya que dichos contenidos ahora pueden considerarse activos protegidos en virtud del marco actualizado.
Por ejemplo, las definiciones revisadas, que anteriormente se limitaban principalmente a productos estáticos y tangibles, ahora incluyen diseños animados, como transiciones, gráficos en movimiento y elementos visuales interactivos.
También incluyen elementos digitales, como interfaces gráficas de usuario, símbolos, logotipos, patrones superficiales y disposiciones de elementos destinados a formar un entorno interior o exterior, entre otros.
Este cambio refleja directamente la creciente importancia y el valor económico de los productos digitales en el mercado actual, impulsado por la tecnología.
Para sacar partido de estas nuevas protecciones y obtener una ventaja competitiva, las empresas podrían considerar evaluar sus carteras de diseños para determinar qué innovaciones digitales podrían ser susceptibles de derechos de diseño. A continuación, podrían tomar medidas para garantizar esa protección.
Esta ampliación de los objetos protegidos indica que ahora se animará a las empresas a evaluar los activos digitales, como logotipos animados, interfaces de aplicaciones interactivas y diseños de sitios web personalizados —que antes no estaban tan claramente cubiertos— para el registro de diseños, con el fin de ampliar su estrategia de propiedad intelectual más allá de los productos físicos tradicionales.
Por ejemplo, las empresas ahora podrían explorar la protección del diseño de elementos visuales animados y su comportamiento dinámico dentro de entornos digitales interactivos.
Para las empresas, especialmente las del sector tecnológico, del software y de los medios digitales, estas actualizaciones pueden proporcionar nuevas protecciones fundamentales. Las empresas que desarrollan aplicaciones, herramientas digitales interactivas o materiales de marca animados pueden considerar seriamente la posibilidad de registrar dichos diseños con arreglo a las nuevas directrices, ya que estas reformas aportan mayor claridad a la protección de los diseños digitales y animados, que no estaban claramente cubiertos por el marco anterior.
El registro de diseños puede transformarlos en activos formales de propiedad intelectual, lo que podría aumentar la valoración de la empresa, atraer inversiones o sentar las bases para acuerdos de licencia, entre otras ventajas comerciales.
Esta medida proactiva podría mitigar aún más las posibilidades de infracción y proteger la diferenciación de la marca en un mercado digital en rápida evolución. Al registrar sus diseños, las empresas pueden establecer una propiedad legal clara, lo que puede disuadir a los posibles infractores de copiar esos diseños. Por ejemplo, puede ayudar a evitar que un competidor replique el diseño específico y los iconos de la interfaz de una aplicación registrada.
Implementación en dos fases
Primera fase: 1 de mayo
La fase inicial de la implementación se centra en revisar los procedimientos y modificar las tasas. Es importante destacar que se eliminará el complicado requisito denominado «unidad de clase», lo que permitirá a las empresas presentar hasta 50 diseños diferentes en una sola solicitud, independientemente de su clasificación.
Esta mejora procedimental reduciría significativamente las cargas administrativas y los costes asociados. Por ejemplo, una empresa que anteriormente incurría en costes más elevados para presentar múltiples solicitudes ahora podría lograr la misma cobertura con un gasto significativamente menor.
Esta nueva flexibilidad puede animar a las empresas a considerar la posibilidad de buscar una protección más amplia para sus diseños en diferentes categorías de productos.
Para aprovechar estas ventajas, las empresas podrían reevaluar sus estrategias de registro de diseños antes de esta transición, evaluando su cartera actual de diseños y anticipando sus necesidades futuras en este ámbito. Al consolidar sus futuros registros de diseños, podrían beneficiarse de estos ahorros de costes y simplificaciones administrativas. Este enfoque podría agilizar las operaciones internas y acelerar la entrada en el mercado de múltiples líneas de productos nuevos, al reducir la carga administrativa asociada a la preparación y gestión de numerosas solicitudes independientes.
Segunda fase: 1 de julio de 2026
La segunda fase abordará aspectos más específicos de las representaciones de diseños, junto con otras cuestiones de procedimiento e invalidación, como la clarificación de las normas para declarar la invalidez de los derechos de diseño.
Las empresas podrían prepararse para estos cambios invirtiendo en prácticas exhaustivas de documentación de diseños, asegurándose de que todos los elementos visuales y animados de los diseños se representen de forma clara y profesional. Esto podría proporcionar una base sólida para la seguridad jurídica y minimizar potencialmente el riesgo de impugnaciones de la validez del registro de sus diseños.
Una diligencia corporativa adecuada puede ayudar a cumplir con estos requisitos y reducir el riesgo de rechazos de solicitudes o disputas futuras, especialmente dada la mayor complejidad que entraña representar diseños digitales y animados.
Cláusula de reparación para piezas de repuesto
Otra novedad importante del nuevo marco de protección de los diseños es la cláusula de reparación relativa a las piezas de recambio.[4] Esta cláusula especifica que los diseños de los componentes de productos complejos no estarán protegidos por los derechos de diseño de la UE si se utilizan únicamente para restaurar el aspecto original del producto complejo y los componentes de recambio coinciden con el aspecto de la pieza original.
Esto puede permitir a los fabricantes independientes ofrecer componentes de recambio para automóviles que reproduzcan el diseño original del vehículo, por ejemplo, paneles de carrocería o unidades de iluminación, sin verse limitados por los derechos de diseño del fabricante del automóvil. Se aplica un período transitorio de ocho años a los diseños a los que se había concedido protección anteriormente.
Las empresas dedicadas a la fabricación o reparación de piezas de repuesto, especialmente en los sectores de la automoción y los bienes de consumo, tal vez deseen evaluar cuidadosamente el impacto de este cambio para identificar nuevas oportunidades de mercado para la venta de piezas de repuesto compatibles y planificar estratégicamente el desarrollo futuro de sus productos a la luz del nuevo panorama de la protección de los diseños.
Implicaciones prácticas para las empresas
Más allá de los cambios procedimentales inmediatos, hay implicaciones estratégicas más amplias que las empresas deben tener en cuenta.
Revisiones de la estructura de tarifas
La estructura de tasas para los diseños de la UE está cambiando. Si bien la tasa de presentación inicial sigue siendo la misma, el coste de cada diseño adicional dentro de una misma solicitud disminuirá. Este ajuste puede permitir a los solicitantes agrupar varios diseños en una sola presentación y, potencialmente, reducir los costes generales. Aunque las tasas de renovación aumentarán, las empresas podrán mitigar estos mayores costes renovando los diseños importantes antes de que se produzca este cambio.
Por ejemplo, una empresa con varios diseños que deben renovarse próximamente podría optar por renovar los diseños con mayor valor comercial antes de que entre en vigor el aumento de las tasas. Las empresas tal vez deseen revisar rápidamente su cartera actual y considerar la posibilidad de dar prioridad a las renovaciones para aprovechar las tasas actuales, que son más bajas.
Nuevo símbolo de aviso de diseño
La introducción de un símbolo específico —la letra D encerrada en un círculo— como aviso de diseño se ajusta a las prácticas establecidas para las marcas comerciales y los derechos de autor. A las empresas les conviene adoptar el uso de este símbolo cuanto antes para aportar claridad al mercado y servir de advertencia a los competidores sobre los diseños protegidos.
Ampliación de las limitaciones de los derechos exclusivos
La nueva legislación introduce limitaciones explícitas a la protección de los diseños, permitiendo en particular la referencia a los diseños con fines de interoperabilidad y su uso para actividades protegidas, como la crítica, la parodia y el comentario. Las reformas también permiten la reproducción de diseños con fines de citación, educativos y de publicidad comparativa, siempre que dichos usos se ajusten a las prácticas comerciales leales.
Las empresas podrían considerar evaluar cuidadosamente estas limitaciones dentro de sus estrategias de marketing, análisis de la competencia y aplicación de la propiedad intelectual para proteger eficazmente sus propios derechos de diseño. También pueden tratar de garantizar que sus actividades, como la publicidad comparativa o el desarrollo de productos, se mantengan dentro de los límites del uso permitido.
Reconocer los usos permitidos por terceros puede ayudar a las empresas a tomar decisiones estratégicas más informadas sobre cuándo considerar la adopción de medidas coercitivas. Por ejemplo, si un competidor comienza a utilizar un elemento de diseño que claramente excede el alcance de la cita justa, una empresa que comprenda estos límites podría entonces considerar la posibilidad de iniciar medidas coercitivas para proteger sus derechos de diseño registrados.
Lucha contra los productos falsificados en tránsito
Las reformas permiten a los titulares de diseños impugnar los productos falsificados, incluso cuando dichos productos solo estén en tránsito por la UE. Las empresas pueden tener en cuenta este aspecto en sus estrategias internacionales de transporte y aduanas, y considerar la posibilidad de aprovechar este nuevo procedimiento para mejorar las medidas de lucha contra los productos falsificados.
Luchar contra los productos falsificados en tránsito puede ser una forma rentable de combatir las infracciones, ya que permite a las empresas tomar medidas antes de que los productos lleguen al mercado y causen daños.
Divulgación internacional de diseños no registrados
La protección de los diseños no registrados de la UE ya no exigirá que la primera divulgación se produzca en el territorio de la UE. Por ejemplo, la protección de los diseños no registrados de la UE podrá extenderse a los diseños que se hayan hecho públicos inicialmente fuera de la UE, lo que podría ampliar el alcance de la protección de los diseños que se hayan mostrado por primera vez en exposiciones internacionales.
Las empresas pueden considerar la posibilidad de divulgar los diseños inicialmente dentro del territorio de la UE, a la espera de una aclaración judicial sobre este importante cambio.
Diseños no registrables debido al patrimonio cultural
Los Estados miembros pueden introducir motivos específicos para la no registrabilidad o la nulidad de los diseños con el fin de proteger el patrimonio cultural, incluidos los símbolos o monumentos considerados de importancia nacional. Para las empresas, esto puede significar que los diseños que incorporen determinados símbolos tradicionales o representaciones del patrimonio cultural podrían no ser aptos para su registro, lo que podría afectar a las estrategias de marca y diseño de productos.
Por ejemplo, una empresa que pretenda utilizar un monumento histórico reconocido a nivel nacional como elemento central del logotipo de su producto podría ver rechazado el registro de su diseño en ese Estado miembro concreto, debido a estas nuevas medidas de protección del patrimonio cultural, lo que le obligaría a replantearse su estrategia de marca para ese mercado.
Recomendaciones y asesoramiento estratégico
Para afrontar estos importantes cambios legales de manera eficaz, las empresas tal vez deseen adaptar sus prácticas de forma estratégica. Por ejemplo, las empresas podrían considerar comenzar con una auditoría exhaustiva y una priorización de los activos de diseño.
Dicho proceso podría incluir una revisión exhaustiva de los diseños actuales y potenciales, clasificados según su importancia comercial y su vulnerabilidad a las infracciones. Las empresas también podrían aprovechar estratégicamente el alcance ampliado de la protección para garantizar los derechos sobre los elementos digitales y animados innovadores, lo que podría reforzar su ventaja competitiva mediante sólidas carteras de propiedad intelectual.
Dadas las inminentes simplificaciones procedimentales, las empresas podrían optimizar sus prácticas de presentación de solicitudes con antelación para maximizar la rentabilidad y la simplicidad administrativa, aprovechando la posibilidad de presentar varios diseños en una sola solicitud.
La gestión proactiva de las renovaciones también es un factor clave a tener en cuenta. Por ejemplo, a las empresas les puede resultar beneficioso dar prioridad a la renovación de diseños comercialmente importantes antes de que se produzcan aumentos significativos de las tasas, con el fin de lograr un ahorro sustancial en los costes.
Además, las empresas también podrían considerar la posibilidad de adaptar sus estrategias de aplicación, comprender e incorporar las nuevas limitaciones de derechos en sus marcos de aplicación existentes para ayudar a mantener la protección de la propiedad intelectual en consonancia con las prácticas de mercado permitidas.
Conclusión
Las próximas reformas del diseño de la UE brindan a las empresas la oportunidad de replantearse sus estrategias de protección de la propiedad intelectual y de competitividad. Al adoptar activamente estos cambios y planificar estratégicamente el futuro, las empresas pueden mejorar significativamente sus carteras de propiedad intelectual, mitigar los riesgos legales y, en última instancia, reforzar su posición en el mercado dentro y fuera de la UE.
[1] https://www.euipo.europa.eu/en/designs/design-reform-hub.
[2] https://www.euipo.europa.eu/en/news/eu-adopts-design-legislative-reform-package.
[3] Reglamento (UE) 2024/2822, DO L, en vigor desde el 1 de mayo de 2025. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=OJ:L_202402822.
[4] Directiva (UE) 2024/2823, DO L, que entró en vigor el 8 de diciembre de 2024. La UE ha concedido a los Estados miembros un plazo de 36 meses (hasta el 9 de diciembre de 2027) para transponer la Directiva a su legislación nacional. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=OJ:L_202402823.