La NHTSA adopta una norma definitiva para formalizar su programa de denuncia de irregularidades en virtud de la Ley de Seguridad de los Vehículos de Motor (Motor Vehicle Safety Whistleblower Act)
Actualización: El 3 de marzo de 2025, la NHTSAanuncióque no aplicará las disposiciones de la norma definitiva titulada «Aplicación de las disposiciones sobre denunciantes de la Ley de Seguridad de los Vehículos» hasta el 20 de marzo de 2025, a fin de permitir que los funcionarios recién nombrados o designados por el presidente en la Agencia revisen la norma definitiva de conformidad con el memorándum del presidente de 20 de enero de 2025 titulado «Congelación normativa pendiente de revisión», 90 Fed. Reg. 8249 (28 de enero de 2025). Seguiremos proporcionando actualizaciones a medida que evolucione la aplicación de la nueva norma definitiva por parte de la Agencia.
El 17 de diciembre de 2024, la Administración Nacional de Seguridad del Tráfico en Carreteras («NHTSA» o «Agencia») adoptó una norma definitiva para formalizar su programa de denuncia de irregularidades en virtud de la Ley de Denuncia de Irregularidades en materia de Seguridad de Vehículos Motorizados (Ley de Denuncia de Irregularidades).[1] En virtud de la norma definitiva, que adopta la norma propuesta el 14 de abril de 2023[2] sin cambios significativos, los denunciantes que compartan información original relacionada con infracciones de las normas de la NHTSA podrían recibir una recompensa de entre el 10 % y el 30 % de cualquier sanción civil superior a 1 millón de dólares pagada por la entidad infractora.
Para poder optar a esta recompensa, el denunciante debe proporcionar información original, es decir, información derivada de conocimientos o análisis independientes que aún no sean conocidos por el Departamento de Transporte de los Estados Unidos (U.S. DOT) o la NHTSA. La información no puede derivarse exclusivamente de una denuncia presentada en un procedimiento judicial o administrativo ni de otras fuentes externas (como informes o investigaciones gubernamentales, o informes de los medios de comunicación). Los denunciantes también deben comunicar primero la información a través de canales internos, salvo en circunstancias limitadas, como por ejemplo, cuando se demuestre una causa justificada.
Por lo tanto, los fabricantes deben actuar ahora para garantizar que cuentan con políticas internas que, entre otras cosas, establezcan procesos de denuncia que incluyan protecciones claras contra represalias por las acciones de los denunciantes. Fomentar una cultura de seguridad vehicular a lo largo de todo el proceso de fabricación reduce aún más el riesgo de sanciones civiles y recompensas para los denunciantes.
«Información original»
Según la norma definitiva, un denunciante que presente «información original» a la NHTSA relacionada con infracciones de las normas de la NHTSA podrá recibir una recompensa económica en forma de porcentaje de cualquier sanción civil superior a 1 millón de dólares pagada por la entidad infractora. La norma definitiva de la NHTSA aclara que cualquier restitución exigida a la entidad infractora no se considera una «sanción civil» a efectos de determinar el importe de las sanciones civiles impuestas a la entidad infractora.
En virtud de la Ley de Denunciantes, el Congreso definió la «información original» como aquella información:
- derivado del conocimiento o análisis independiente de un individuo;
- que no sea conocida por la NHTSA a través de ninguna otra fuente (a menos que el denunciante sea la fuente original); y
- que no se derive exclusivamente de una denuncia presentada en una acción judicial o administrativa, en un informe gubernamental, una audiencia, una auditoría o una investigación, ni de los medios de comunicación, a menos que el denunciante sea la fuente de la información.
Sin embargo, la norma definitiva no exige que los denunciantes «tengan conocimiento directo y de primera mano de posibles infracciones». Más bien, los denunciantes «pueden tener "conocimiento independiente" de la información, incluso si dicho conocimiento se deriva de hechos u otra información que haya sido transmitida por terceros».
La NHTSA excluye de su consideración ciertas categorías de información presentada por los denunciantes, incluida la información:
- Derivado únicamente de comunicaciones privilegiadas entre abogado y cliente;
- Derivado exclusivamente del trabajo del abogado; o
- Obtenido en violación de la ley penal federal o estatal, según lo determine un tribunal.
Por lo tanto, los fabricantes deben marcar adecuadamente todas las comunicaciones privilegiadas entre abogado y cliente y cualquier producto del trabajo del abogado para evitar que sirvan de base para denuncias de informantes.
Requisitos para la denuncia de irregularidades
Para poder optar a la recompensa, un posible denunciante debe presentar una solicitud de recompensa para denunciantes rellenando el formulario WB-AWARD y enviándolo a la NHTSA en un plazo máximo de 90 días naturales a partir de la fecha en que la NHTSA publique un «Aviso de acción cubierta», en el que se notifica al público su intención de imponer sanciones civiles a una entidad infractora.
El posible denunciante también debe comunicar primero la información original a través de los procedimientos internos de la entidad infractora, cuando existan dichos procedimientos, salvo que[3]:
- El denunciante creía razonablemente que dicho informe interno habría dado lugar a represalias, a pesar de lo dispuesto en el artículo 49 U.S.C. 30171(a);
- El denunciante creía razonablemente que la información: (A) ya se había comunicado internamente; (B) ya era objeto o formaba parte de una investigación interna; o (C) ya era conocida por el fabricante del vehículo de motor, el proveedor de piezas o el concesionario; o
- La Agencia tiene motivos fundados para eximir de este requisito.
Por lo tanto, los fabricantes deben tomar medidas ahora para implementar procedimientos internos de denuncia y fomentar una cultura de seguridad vehicular, con el fin de aumentar la probabilidad de que sean los primeros en recibir denuncias de presuntas infracciones y tengan la oportunidad de actuar, reduciendo así la posibilidad de que se les impongan sanciones civiles y se les exijan pagos por denuncia.
Próximos pasos para los fabricantes
Los fabricantes deben recordar que la mejor defensa contra las infracciones de la Ley de Seguridad y las sanciones civiles es fomentar una cultura de seguridad vehicular en todas sus organizaciones. Los mensajes coherentes y claros de que la seguridad vehicular es una prioridad, junto con procesos y procedimientos internos sólidos que fomenten la notificación y la evaluación adecuada de posibles problemas de seguridad, pueden mitigar el riesgo de los fabricantes en múltiples frentes, incluido el riesgo emergente asociado con el programa de denuncia de irregularidades de la NHTSA y el riesgo de sanciones civiles.
Los fabricantes también deben asegurarse de contar con políticas internas que ofrezcan protecciones claras contra represalias (incluidas protecciones para los denunciantes, como la opción de realizar denuncias anónimas) para cualquier persona que denuncie una posible infracción, así como un nivel adecuado de transparencia para el denunciante (como confirmar que el equipo de seguridad pertinente está investigando el problema). Estas políticas y mensajes son pasos importantes para fomentar una cultura de seguridad y deben formar parte de los programas de formación habituales del fabricante. Por último, todos los documentos que estén sujetos al privilegio abogado-cliente o protegidos por la doctrina del producto del trabajo deben marcarse y almacenarse adecuadamente.
[1] La Ley de Denunciantes forma parte de la Ley de Reparación del Transporte Terrestre de Estados Unidos (FAST), promulgada por el presidente Obama en 2015.
[2] Véase NHTSA publica una propuesta de norma para formalizar su programa de denuncia de irregularidades en virtud de la Ley de denuncia de irregularidades en materia de seguridad de los vehículos de motor para un análisis de la norma propuesta.
[3] Véase 49 C.F.R. 513.7(g)