Un tribunal prohíbe partes de las órdenes ejecutivas sobre diversidad, equidad e inclusión (DEI) de la Administración Trump
En otro giro normativo para los contratistas federales y los empleadores privados, un juez federal prohibió parcialmente la aplicación de las disposiciones de las órdenes ejecutivas de la Administración Trump[1]relativas alos programas de diversidad, equidad, inclusión y accesibilidad (DEI o DEIA) el viernes 21 de febrero de 2025.[2] La medida cautelar preliminar se aplica en todo el país y afecta tanto a los demandantes como a las partes no involucradas.
Las disposiciones impuestas
La orden judicial restringe la aplicación de tres disposiciones de dos órdenes ejecutivas:
- Se prohíbe la disposición de rescisión (§ 2(a)) de la Orden Ejecutiva n.º 14151. Esta disposición exige que cada organismo, departamento o comisión rescinda todas las «subvenciones o contratos relacionados con la equidad» en un plazo de 60 días a partir de la orden. Se trata de una subsección de la disposición más amplia de la orden que ordena al director de la Oficina de Gestión y Presupuesto «coordinar la terminación de todos los programas discriminatorios, incluidos los mandatos, políticas, programas, preferencias y actividades ilegales de DEI y «diversidad, equidad, inclusión y accesibilidad» (DEIA) en el Gobierno federal[.]».
- Se impone la disposición sobre certificación (§3(b)) de la Orden Ejecutiva n.º 14173. Esta disposición exige que el director de cada organismo incluya en cada contrato o concesión de subvención el requisito de que la contraparte/beneficiario acepte que su cumplimiento de las leyes federales contra la discriminación es fundamental para las decisiones de pago en virtud de la Ley de Reclamaciones Falsas. Además, exige que la contraparte certifique que no lleva a cabo programas de promoción de la diversidad, la equidad y la inclusión (DEI) que violen las leyes federales contra la discriminación.
- Se prohíbe la aplicación de la disposición sobre amenazas de ejecución (artículo 4) de la Orden Ejecutiva n.º 14173. Esta disposición ordena a cada organismo federal identificar hasta nueve posibles investigaciones civiles de cumplimiento normativo de empresas que cotizan en bolsa, organizaciones sin ánimo de lucro, fundaciones, colegios de abogados o asociaciones médicas, o instituciones de educación superior, con el objetivo de animar al sector privado a poner fin a la discriminación y las preferencias ilegales.
Las disposiciones son inconstitucionalmente vagas.
Las disposiciones relativas a la rescisión y la amenaza de ejecución se prohíben porque son «inconstitucionalmente vagas en lo que respecta a todos los contratistas y concesionarios que están sujetos a ellas».
Las órdenes son inconstitucionalmente vagas porque no definen términos clave como «DEI», «relacionado con la equidad» o «DEI ilegal». Esto deja a los contratistas federales y a sus empleados «sin saber si la administración considerará que sus contratos o subvenciones, o el trabajo que realizan, o los discursos que pronuncian, están «relacionados con la equidad», y al sector privado sin saber si un programa, debate o política concretos se consideran «ilegales».
Las disposiciones violan los derechos de libertad de expresión.
Las disposiciones sobre certificación y amenazas de aplicación también fueron prohibidas porque son «restricciones basadas en el contenido y el punto de vista que coartan la libertad de expresión de cualquier persona a la que el Gobierno pueda acusar de participar en debates sobre «equidad», «diversidad» o «DEI», u otros temas citados en las órdenes [ejecutivas]».
Los informes y las investigaciones pueden continuar.
Citando razones de prudencia y separación de poderes, el tribunal no restringió la capacidad del fiscal general, en virtud de las órdenes, para preparar informes y llevar a cabo investigaciones. De conformidad con las instrucciones de la Administración a la Fiscalía General y según los comunicados de prensa de esta, el fiscal general ha estado elaborando un «plan de aplicación» de las disposiciones de las órdenes ejecutivas, así como un plan para llevar a cabo investigaciones penales.
¿Qué sigue?
Este caso se encuentra en sus primeras etapas y es uno de los numerosos recursos que se están tramitando en los tribunales. Seguiremos supervisando este caso, así como cualquier decisión relacionada que afecte a las políticas de DEI tanto de los contratistas federales como de los empleadores privados. Recomendamos a los empleadores que consulten a expertos en DEI y a asesores laborales y de empleo para evaluar sus políticas de DEI y determinar si es necesario introducir cambios para mitigar el riesgo. Para obtener más orientación sobre la actual administración, visite el Centro de Transición Presidencial de Foley.
[1] Este caso se refiere a impugnaciones contra la Orden Ejecutiva n.º 14151, «Poner fin a los programas y preferencias radicales y derrochadores del Gobierno en materia de diversidad, equidad e inclusión» (Orden Ejecutiva de 20 de enero de 2025); Orden Ejecutiva n.º 14173, «Poner fin a la discriminación ilegal y restablecer las oportunidades basadas en los méritos» (Orden Ejecutiva de 21 de enero de 2025).
[2] El caso es Asociación Nacional de Funcionarios de Diversidad en la Educación Superior y otros contra Trump y otros, n.º 1:25-cv-00333 (D. Md.).