Novedades de la División Penal del DOJ (Parte 1): Nuevo plan del DOJ para la represión de los delitos de cuello blanco
El 12 de mayo, el jefe de la División Penal del DOJ, Matthew G. Galeotti, emitió un memorando a todo el personal de la División Penal, titulado "Enfoque, equidad y eficiencia en la lucha contra los delitos de cuello blanco", para "esbozar las prioridades y políticas de aplicación de la División Penal para perseguir los delitos corporativos y de cuello blanco en la nueva administración". El memorando destaca 10 áreas prioritarias para la investigación y el enjuiciamiento, pide una revisión de la política de la División en materia de aplicación de la ley a las empresas y de autodivulgación voluntaria para ofrecer mayores incentivos a las empresas, y prevé "la racionalización de las investigaciones empresariales" haciendo hincapié en la equidad y la eficiencia, así como en la reducción de las supervisiones empresariales.
Diez ámbitos prioritarios de investigación y enjuiciamiento
El memorándum enumera las siguientes diez áreas de interés:
- Fraude sanitario;
- Fraude comercial y aduanero, incluida la evasión arancelaria;
- Fraude perpetrado a través de VIEs (entidades de interés variable);
- Fraudes que tienen como víctimas a inversores estadounidenses, como los esquemas Ponzi y los fraudes de inversión;
- Infracciones de las sanciones o conductas que permitan transacciones por parte de cárteles, OTC, Estados-nación hostiles y/u organizaciones terroristas extranjeras;
- Prestación de apoyo material a organizaciones terroristas extranjeras;
- Blanqueo de dinero complejo, incluidas tramas relacionadas con drogas ilegales;
- Infracciones de la Ley de Sustancias Controladas y de la FDCA (Ley de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos);
- El soborno y el blanqueo de dinero que afectan a los intereses nacionales de Estados Unidos, socavan la seguridad nacional de Estados Unidos, perjudican la competitividad de las empresas estadounidenses y enriquecen a los funcionarios corruptos extranjeros; y
- Delitos relacionados con activos digitales, dando prioridad a los casos relacionados con cárteles, TCO, blanqueo de capitales procedentes de la droga o evasión de sanciones.
Estas 10 áreas de atención -y el orden en que se enumeran- se hacen eco de las prioridades establecidas en las órdenes ejecutivas y memorandos de la administración Trump relacionados con la aplicación de la ley publicados hasta la fecha[1].
En términos más generales, Galeotti describió las prioridades como un esfuerzo del Departamento de Justicia por "lograr un equilibrio adecuado entre la necesidad de identificar, investigar y perseguir eficazmente las infracciones penales cometidas por empresas y particulares, minimizando al mismo tiempo las cargas innecesarias para las empresas estadounidenses". Galeotti explicó que "la gran mayoría de las empresas estadounidenses son empresas legítimas que trabajan para ofrecer valor a sus accionistas y productos y servicios de calidad a sus clientes" y, por lo tanto, "los fiscales deben evitar extralimitaciones que castiguen la asunción de riesgos y obstaculicen la innovación". Galeotti también deja claro que los abogados del DOJ "deben guiarse por tres principios básicos: (1) enfoque; (2) equidad; y (3) eficiencia". También ordenó que se modificara el Programa Piloto de Premios a los Denunciantes de la División Penal para reflejar estas áreas prioritarias de atención[2].
Énfasis en los particulares y clemencia con las empresas
Galeotti hizo hincapié en que la División de lo Penal se centra en la persecución de los particulares y en la necesidad de tener más en cuenta los esfuerzos realizados por las empresas para remediar las acciones de los malos actores individuales. Galeotti prometió que la División de lo Penal "investigará sin descanso a estos infractores individuales para que rindan cuentas" y ordenó la revisión de la Política de Aplicación de la Ley y Autodeclaración Voluntaria (CEP) de la División para ofrecer más oportunidades de clemencia cuando se determine que son necesarias resoluciones penales corporativas para las empresas que autodeclaren y cooperan plenamente. Estas revisiones incluyen plazos más cortos para los acuerdos de no enjuiciamiento y de enjuiciamiento diferido, multas corporativas reducidas, y el uso y los plazos limitados de los monitores corporativos[3]. Galeotti ha ordenado específicamente la revisión de los términos de todos los acuerdos actuales con las empresas para determinar si deben ser terminados anticipadamente. El DOJ ya ha empezado a rescindir los acuerdos que ha determinado que se han cumplido en su totalidad.
Racionalización de las investigaciones empresariales
Por último, Galeotti subraya la necesidad de minimizar los costes y trastornos innecesarios para las empresas estadounidenses debidos a las investigaciones del DOJ y de "maximizar la eficiencia."
Investigaciones más eficaces
Si bien se reconoce la complejidad y la frecuente naturaleza transfronteriza de las investigaciones de la División, se instruye a los fiscales para que "tomen todas las medidas razonables para minimizar la duración y el impacto colateral de su investigación, y para garantizar que los malos actores sean llevados ante la justicia rápidamente y que los recursos se organicen de manera eficiente". La oficina del Fiscal General Adjunto, junto con la Sección pertinente, hará un seguimiento de las investigaciones para garantizar que "concluyan rápidamente."
Limitación del control de las empresas
El DOJ impondrá supervisiones de cumplimiento sólo cuando lo considere necesario y ha ordenado que esas supervisiones, cuando se impongan, deben ser "estrechamente adaptadas". Sobre la base de un memorando de la administración anterior,[4] el DOJ emitió un Memorando el 12 de mayo sobre la Selección de Monitores en Asuntos de la División Penal, que proporciona factores para considerar si una supervisión es apropiada y directrices para garantizar que una supervisión se adapte adecuadamente para hacer frente al "riesgo de recurrencia" y "reducir costes innecesarios". Al considerar el nombramiento de un supervisor, los fiscales deben tener en cuenta lo siguiente:
- Riesgo de reiteración de conductas delictivas que afecten significativamente a los intereses de Estados Unidos;
- Disponibilidad y eficacia de otro tipo de supervisión gubernamental independiente;
- Eficacia del programa de cumplimiento y cultura de cumplimiento en el momento de la resolución; y
- Madurez de los controles de la empresa y su capacidad para probar y actualizar de forma independiente su programa de cumplimiento.
El jefe de la sección correspondiente, así como el Fiscal General Adjunto, deben aprobar todos los nombramientos de monitores, y la nota establece detalles adicionales sobre el nombramiento y la supervisión del monitor, así como sobre el proceso de selección del mismo.
Para llevar
La actual congelación de contrataciones del DOJ y las recientes reducciones y reasignaciones de personal no deben tomarse como una señal de que se permitirá que los delitos de cuello blanco florezcan bajo la actual administración. Por el contrario, el memorando de Galeotti del 12 de mayo solidifica aún más las políticas y prioridades de aplicación de la ley que el DOJ ha estado anticipando desde el primer día de la administración Trump y proporciona más claridad sobre qué esperar al comprometerse con la División Criminal y dónde enfocará sus recursos ahora más limitados. Las empresas deben familiarizarse con este memorando y las actualizaciones correspondientes relacionadas con los denunciantes, la aplicación corporativa y las autodivulgaciones, y las supervisiones para garantizar que las empresas evalúen adecuadamente su perfil de riesgo, aborden posibles conductas indebidas y cumplan con las expectativas del gobierno.
Si tiene preguntas o dudas sobre cualquiera de los temas tratados en este artículo, póngase en contacto con cualquiera de los autores o con su abogado de Foley & Lardner.
[1] Véase, por ejemplo, el Decreto 14157, Designación de cárteles y otras organizaciones como terroristas extranjeros .
Organizations and Specially Designated Global Terrorists (20 de enero de 2025) (Orden ejecutiva sobre cárteles);
Memorándum del Fiscal General, Eliminación total de cárteles y delincuencia transnacional
Organizations (Feb. 5, 2025) (Cartels and TCOs AG Memorandum) Executive Order 14209, Pausing Foreign Corrupt Practices Act Enforcement to Further American Economic and National Security (Feb. 10, 2025); Cartels and TCOs AG Memorandum.
2 Véase "DOJ Criminal Division Updates (Part 2): El Departamento de Justicia actualiza su programa piloto de premios a los denunciantes de delitos penales en el ámbito empresarial"
[3] Véase "DOJ Criminal Division Updates (Part 3): Nuevas razones para que las empresas autodenuncien conductas delictivas"
[4] Memorándum de Craig Morford de 7 de marzo de 2008 (aborda la selección y las responsabilidades de un supervisor corporativo).