La aprobación del proyecto de ley 29 del Senado posiciona a Texas como un estado líder en constituciones de sociedades.
El 7 de mayo de 2025, la Legislatura de Texas aprobó el proyecto de ley del Senado n.º 29, que introduce una serie de reformas corporativas destinadas a convertir a Texas en la jurisdicción preferida para la domesticación legal. Dado que el proyecto de ley S.B. 29 recibió una mayoría de dos tercios de los votos en ambas cámaras de la Legislatura, entrará en vigor inmediatamente después de que lo firme el gobernador Greg Abbott.
Disposiciones clave de la ley S.B. 29
1. Reformas fundamentales
Las tres reformas más significativas introducidas por la S.B. 29 son la codificación de la «regla del criterio empresarial», que permite a las empresas de Texas adoptar un umbral de propiedad que debe cumplirse para las demandas derivadas, y permite a las empresas de Texas establecer la jurisdicción y renunciar a los juicios con jurado para las demandas internas de la entidad.
A. Codificación de la regla del criterio empresarial: La regla del criterio empresarial es un concepto del derecho consuetudinario vigente en la mayoría de los estados que establece que los directores no son responsables personalmente de las decisiones tomadas de buena fe y con la debida diligencia, siempre que dichas decisiones se hayan tomado en el mejor interés de la empresa. La S.B. 29 codifica la regla del criterio empresarial y la reforma de manera que el demandante tenga la carga de probar cualquier reclamación por incumplimiento del deber fiduciario, incluido el incumplimiento del deber de lealtad, y deba alegar con detalle que cualquier incumplimiento implicó una conducta indebida intencionada, fraude, violación consciente de la ley o un acto ultra vires. Esto limita la capacidad de alegaciones ingeniosas para anular las protecciones de la norma del derecho consuetudinario y ofrece a los accionistas y a sus directores elegidos una mayor certeza a la hora de tomar y ejecutar decisiones empresariales, al tiempo que permite que prosigan las reclamaciones meritorias. [Secciones 10 y 11 del proyecto de ley; modificación de la sección 21.418 del Código de Organizaciones Empresariales y adición de la sección 21.419 del Código de Organizaciones Empresariales].
Las protecciones codificadas de la regla de juicio empresarial se aplican automáticamente a las sociedades anónimas, las sociedades de responsabilidad limitada y las sociedades de responsabilidad limitada, siempre que coticen en una bolsa de valores nacional [Sección 11 del proyecto de ley, que añade la Sección 21.419 al Código de Organizaciones Empresariales; Sección 17 del proyecto de ley, que añade la Sección 101.256(a) del Código de Organizaciones Empresariales, y Sección 24 del proyecto de ley, que añade la Sección 153.163 del Código de Organizaciones Empresariales]. Determinadas sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades colectivas que no cotizan en una bolsa de valores nacional pueden optar por adoptar voluntariamente las protecciones de la regla de juicio empresarial. [Id. y Sección 22 del proyecto de ley, que añade la Sección 152.006 del Código de Organizaciones Empresariales].
B. Protección de las decisiones empresariales frente a reclamaciones legales oportunistas: La ley S.B. 29 incluye reformas para proteger a las empresas de acciones derivadas sin fundamento y que distraen la atención. Las disposiciones clave incluyen:
- Permitir que las sociedades anónimas adopten un porcentaje mínimo de propiedad, que no exceda el tres por ciento de sus acciones ordinarias en circulación, antes de que un accionista pueda interponer una demanda derivada. [Sección 13 del proyecto de ley; que modifica la sección 21.552(a) del Código de Organizaciones Empresariales].
- Prohibición de recuperar los honorarios de los abogados en los casos en que una demanda derivada dé lugar a un acuerdo «solo de divulgación» (que a menudo se resuelve sin cambios sustantivos). [Sección 15 del proyecto de ley, que modifica la sección 21.561 del Código de Organizaciones Empresariales; sección 19 del proyecto de ley, que modifica la sección 101.46 del Código de Organizaciones Empresariales; y sección 25 del proyecto de ley, que modifica la sección 153.411 del Código de Organizaciones Empresariales].
- Permitir que determinadas empresas soliciten a un juez una resolución previa sobre la independencia de los consejeros que forman parte de comités especiales antes de que dichos consejeros sean cuestionados en el marco de una demanda derivada. [Sección 8 del proyecto de ley, que modifica la sección 21.416 del Código de Organizaciones Empresariales (revisión de transacciones); sección 9 del proyecto de ley, que añade la sección 21.4161 (comités especiales de litigios); y sección 14 del proyecto de ley, que modifica la sección 21.544 del Código de Organizaciones Empresariales (revisión de peticiones derivadas)].
C. Establecimiento de la jurisdicción y renuncia a juicios con jurado: Además, la S.B. 29 garantiza que todas las entidades comerciales puedan establecer la jurisdicción exclusiva para las reclamaciones internas de la entidad en cualquier tribunal de Texas, así como renunciar a los juicios con jurado mediante disposiciones estatutarias.
- Jurisdicción exclusiva para disputas internas: Las empresas podrán especificar en sus documentos constitutivos que el Tribunal Comercial de Texas u otro tribunal específico de Texas será la jurisdicción exclusiva para resolver disputas internas. [Sección 3 del proyecto de ley; enmienda a la Sección 2.115(b) del Código de Organizaciones Comerciales].
- Renuncia a juicios con jurado para disputas internas: Las corporaciones podrán unirse a las LLC y LP para incluir una renuncia al juicio con jurado en sus documentos rectores, incluidos sus estatutos, para disputas internas. [Sección 4 del proyecto de ley; añadiendo la Sección 2.116 del Código de Organizaciones Empresariales]. El proyecto de ley incluye salvaguardias a las que una entidad comercial puede recurrir para demostrar que dichas disposiciones constituyen una renuncia consciente e informada al derecho a un juicio con jurado, como seguir manteniendo la participación en una empresa pública después de la adopción de una renuncia o adquirir un valor que esté sujeto a dicha renuncia.
2. Disposiciones adicionales
Además de las disposiciones descritas anteriormente, la S.B. 29 contiene lo siguiente:
a) Restricción de las solicitudes de libros y registros. El proyecto de ley establece que los correos electrónicos y comunicaciones similares no son, por lo general, libros y registros corporativos, y que las solicitudes de libros y registros no pueden utilizarse para sustituir la divulgación de pruebas en determinadas acciones. [Sección 5 del proyecto de ley, que modifica la sección 21.218 del Código de Organizaciones Empresariales; sección 20 del proyecto de ley, que modifica la sección 101.502 (LLC) del Código de Organizaciones Empresariales; y sección 25 del proyecto de ley, que modifica la sección 153.552(a) (sociedades limitadas) del Código de Organizaciones Empresariales].
b) Permitir la exención del voto por clases en todos los casos. El proyecto de ley aclara que una sociedad puede renunciar, en su certificado de constitución, al requisito actual de voto por clases en determinadas circunstancias. [Secciones 6 y 7 del proyecto de ley; enmienda de la sección 21.364 del Código de Organizaciones Empresariales y del Código de Organizaciones Empresariales 21.365] Esto significa que una sociedad anónima puede optar por que todas las clases de sus acciones voten como una sola clase.
¿Qué significa esto para las empresas públicas?
La S.B. 29 contiene cambios significativos en la legislación de Texas que podrían afectar de manera sustancial a la gobernanza y al riesgo de litigios de las empresas, especialmente las empresas públicas, constituidas en Texas. Al reforzar las protecciones legales para los líderes empresariales, garantizar la resolución rápida de los litigios corporativos, ofrecer un mayor control sobre los litigios corporativos y permitir a las empresas renunciar a los juicios con jurado para las reclamaciones internas de la entidad, las reformas contenidas en la S.B. 29 harán de Texas un estado cada vez más atractivo para la constitución de empresas.
Acerca de los equipos de soluciones corporativas y gubernamentales de Foley
Con abogados corporativos experimentados en cada una de sus oficinas de Texas, Foley & Lardner está listo para ayudar a cualquier empresa que desee obtener más información sobre la constitución de sociedades en Texas y las repercusiones de la ley S.B. 29. Si tiene alguna pregunta sobre estos temas, póngase en contacto con los autores o con su abogado de Foley & Lardner.