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No lo olvide, octubre trae consigo nuevas obligaciones del programa de seguridad de datos del Departamento de Justicia.

Persona sosteniendo un smartphone que muestra un código junto a la pantalla de un ordenador portátil con código verde en un entorno con poca luz, ideal para mostrar herramientas de apoyo en litigios en un bufete de abogados corporativos.

Como se informó anteriormente, el 6 de octubre de 2025 marca la fecha límite para la implementación del Programa de Seguridad de Datos (DSP) del Departamento de Justicia (DOJ). A partir de esa fecha, las empresas que manejen datos personales masivos de EE. UU. o datos relacionados con el gobierno deberán cumplir con los requisitos de diligencia debida, auditoría, mantenimiento de registros y presentación de informes. Se espera que cualquier empresa que realice transacciones de datos cubiertas por el programa cumpla con las siguientes medidas de cumplimiento:

Requisitos de diligencia debida y auditoría

Diligencia debida para transacciones restringidas[1]

Para el 6 de octubre de 2025, las empresas deben implementar, como mínimo, un programa de cumplimiento de datos que incluya lo siguiente:

  • Procedimientos basados en el riesgo para verificar los flujos de datos de cualquier transacción restringida, incluyendo los tipos y volúmenes de datos personales relacionados con el gobierno o masivos de EE. UU., la identidad de las partes que realizan la transacción y el uso final de los datos y el método de transferencia.
  • Procedimientos basados en el riesgo para verificar la identidad de los proveedores.
  • Una política escrita que describa el programa de cumplimiento normativo en materia de datos de la empresa, certificada anualmente por un responsable de cumplimiento normativo; y
  • Una política escrita que describe la implementación de los requisitos de seguridad necesarios que son certificados anualmente por un responsable de cumplimiento.

Auditorías para transacciones restringidas[2]

Las personas estadounidenses que participen en transacciones restringidas también deben someterlas a una auditoría anual realizada por un auditor independiente. La auditoría debe consistir en un examen completo de las transacciones restringidas del año anterior y del programa de cumplimiento de datos de la persona estadounidense. El auditor debe preparar y presentar un informe escrito en un plazo de 60 días a partir de la finalización de la auditoría.

Requisitos de presentación de informes y mantenimiento de registros

Las personas estadounidenses que participen en cualquier transacción restringida deben mantener registros completos de dichas transacciones y conservarlos disponibles para su examen durante al menos 10 años después de la fecha de dicha transacción. También se exigirá la presentación de informes a petición del Departamento de Justicia en un formato utilizable.

Informes anuales[3]

A partir del 6 de octubre de 2025, cualquier persona estadounidense que participe en una transacción restringida relacionada con servicios de computación en la nube y que tenga un 25 % o más de sus participaciones accionarias en manos de un país de interés o una persona cubierta, deberá presentar un informe anual al Departamento de Justicia. Los informes anuales deberán contener la siguiente información:

  • El nombre y la dirección de la persona estadounidense que participa en la transacción de datos cubierta, y el nombre, número de teléfono y dirección de correo electrónico de una persona de contacto a la que se puede solicitar información adicional.
  • Una descripción de la transacción de datos cubierta;
  • Una copia de la documentación creada en referencia a la transacción; y
  • Cualquier otra información que el Departamento de Justicia pueda requerir.

Informes sobre transacciones prohibidas rechazadas[4]

Cualquier persona estadounidense que haya recibido y rechazado expresamente una oferta para participar en una transacción prohibida relacionada con el corretaje de datos deberá presentar un informe en un plazo de 14 días a partir del rechazo de la transacción. Los informes deberán contener información similar a la exigida en los informes anuales para las transacciones restringidas cubiertas.


[1] Véase § 202.1001.

[2] Véase el artículo 202.1002.

[3] Véase el artículo 202.1103.

[4] Véase el artículo 202.1104.

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