California propone una normativa para la Ley de Abogados Generales Privados de 2004
La Agencia de Trabajo y Desarrollo Laboral de California (LWDA) ha anunciado una propuesta de normativa para la Ley de Abogados Generales Privados de 2004 (PAGA), que está abierta a comentarios públicos hasta el 23 de marzo de 2026. La normativa propuesta tiene por objeto armonizar los requisitos de notificación de la PAGA, ampliar las posibilidades de que los empleadores subsanen las infracciones de la PAGA, aumentar la participación de la LWDA en los acuerdos de la PAGA, reducir el uso de notificaciones tipo y regular a los demandantes que presentan un gran volumen de reclamaciones.
Estas propuestas se basan en la reciente reforma legislativa de 2024 de la PAGA y son coherentes con ella, la cual supuso la primera reforma importante de la ley desde su entrada en vigor en 2004. Las reformas de 2024 establecieron un requisito de legitimación para todas las reclamaciones por infracciones del Código Laboral, ampliaron los tipos de infracciones que pueden «subsanarse» antes o poco después del litigio y reforzaron la función de supervisión de la LWDA.
¿Qué incluyen las normas propuestas?
Exigir notificaciones PAGA estandarizadas y detalladas
La LWDA señaló en su Aviso de propuesta de reglamentación que las notificaciones de la PAGA que recibe «en muchos casos no cumplen el objetivo del requisito legal de notificación». Para subsanar estas deficiencias habituales, la normativa propuesta estandarizaría la notificación que deben presentar los empleados o sus abogados ante la LWDA. Este formulario de notificación incluiría varias categorías clave: las funciones del puesto del empleado; los artículos del Código Laboral que el empleado alega que el empleador ha infringido; una exposición «breve y clara» de los hechos y las teorías; y el artículo sancionador en virtud del cual se solicita la indemnización. Exigir esta información permitiría a la LWDA determinar las alegaciones o realizar una investigación más exhaustiva y evitaría notificaciones problemáticas que se limitan a «repetir las mismas alegaciones o alegaciones similares de manera concluyente, estereotipada o frívola».
Poner freno a los contribuyentes que presentan declaraciones con gran frecuencia
En el aviso de propuesta de reglamentación también se abordó la cuestión de los demandantes «repetitivos» y «vexatorios» en el marco de la PAGA, señalando que, entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025, solo cinco bufetes de abogados presentaron casi una cuarta parte de las notificaciones PAGA, y que tres de ellos presentaron, de media, más de una notificación PAGA al día.
En el caso de los «demandantes habituales» (definidos como cualquier abogado o bufete de abogados que presente 200 o más notificaciones PAGA en un periodo de 12 meses), estos requisitos propuestos incluyen que el abogado o el bufete debe adjuntar una carta de presentación especial a cada notificación en la que se indique su condición de demandante habitual, y que el empleado debe certificar personalmente que ha revisado las alegaciones y está de acuerdo con ellas.
En el caso de los «demandantes abusivos» (definidos como cualquier persona o abogado que haya presentado repetidamente notificaciones PAGA que no cumplan con los requisitos legales, incluida la presentación de notificaciones sin hechos suficientes), los requisitos propuestos incluyen una orden de examen previo a la presentación, lo que significa que la LWDA revisará cada notificación PAGA propuesta presentada por el demandante vejatorio, determinará si cumple con los requisitos legales y reglamentarios aplicables y, a continuación, notificará por correo certificado la resolución. El demandante tendría la oportunidad de ser oído antes de recibir la calificación de «vexatorio» y podría solicitar que se le retirara dicha calificación, pero solo tras haber transcurrido al menos seis meses desde su imposición.
Procedimientos de Clarity for Cure
La normativa propuesta aporta claridad y un marco adicional para los procedimientos de subsanación de reclamaciones salariales y para los pequeños empresarios. En lo que respecta al procedimiento de subsanación para pequeños empresarios, la normativa propuesta aclara los plazos y el contenido de las propuestas de subsanación, describe los documentos y notificaciones necesarios para una reunión de subsanación e indica a los empleados cómo impugnar la suficiencia de una resolución sobre la finalización de la subsanación. La normativa también ofrece orientación sobre la subsanación de las nóminas, incluyendo una descripción de la información que el empresario debe incluir en la notificación de subsanación de la nómina.
Supervisión de la liquidación y notificación
La normativa propuesta modificaría la forma en que se resuelven las demandas en virtud de la PAGA. Cabe destacar, en particular, que la normativa propuesta prohibiría añadir cualquier presunta infracción de la PAGA a una notificación de la PAGA durante el proceso de conciliación o una vez que las partes hayan llegado a un acuerdo. El empleado deberá presentar una notificación del acuerdo tanto a la LWDA como a todos los demás demandantes en virtud de la PAGA que tengan acciones pendientes contra el mismo empleador. Los empleados en casos que se solapan podrían oponerse al acuerdo ante la LWDA tras recibir la notificación de los empleados que llegan a un acuerdo. El empleador que llega a un acuerdo debe verificar la lista de acciones solapadas identificadas por el empleado que llega a un acuerdo. La notificación a la LWDA debe conceder a esta al menos 45 días para revisar el acuerdo antes de cualquier audiencia de aprobación.
¿Qué sigue?
El proyecto de normativa está abierto a comentarios públicos hasta el 23 de marzo de 2026. Se ha solicitado la celebración de una audiencia pública, en la que se aceptarán comentarios tanto por escrito como orales, pero aún no se ha fijado la fecha. Estaremos atentos a los próximos pasos a medida que se vayan dando.