Mayor flexibilidad para los solicitantes de patentes de diseño de interfaces gráficas de usuario
El 12 de marzo de 2026, la Oficina de Patentes y Marcas de Estados Unidos («USPTO») publicó nuevas directrices[1] (en adelante, las «Directrices») que actualizan las anteriores directrices prácticas de la USPTO para el examen de las solicitudes de patentes de diseño relativas a interfaces generadas por ordenador, comúnmente conocidas como interfaces gráficas de usuario («GUI») e iconos.
Con la evolución de la tecnología informática, como el creciente uso de la inteligencia artificial, la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos (USPTO) reconoce que el ámbito del diseño de interfaces gráficas de usuario (GUI) también está evolucionando a un ritmo vertiginoso. La constatación de esta evolución está impulsando a la USPTO y a otras entidades[2] a facilitar a los diseñadores la protección eficaz y eficiente de sus diseños de interfaces informáticas.
Prevemos que, a raíz de esta Guía, aumenten los diseños de interfaces gráficas de usuario, iconos y otras interfaces virtuales, y que, gracias a los criterios más flexibles anunciados en ella, disminuya el número de denegaciones durante el examen.
A continuación se incluyen algunas observaciones sobre la Guía, comenzando por los puntos clave.
- La guía destaca nuevos objetos de protección de las patentes de diseño: La guía destaca que las proyecciones, los hologramas y los iconos o interfaces de realidad virtual y aumentada pueden ser objeto de protección mediante patente de diseño, siempre que los diseños se describan y se reivindiquen correctamente.
- La directriz elimina el requisito de representar una pantalla o panel de visualización: los solicitantes ya no están obligados a representar una pantalla de visualización en las solicitudes relacionadas con imágenes generadas por ordenador, lo que anteriormente era un requisito del MPEP 1504.01(a), siempre que tanto el título como las reivindicaciones identifiquen adecuadamente el artículo fabricado (por ejemplo, un ordenador).
La Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos (USPTO) advierte que las patentes de diseño no pueden reivindicarse únicamente sobre imágenes generadas por ordenador que sean efímeras, abstractas o tridimensionales; deben reivindicarse sobre el diseño de un artículo manufacturado.
Con esta guía, ahora hay dos formas de cumplir este requisito: (i) representar la pantalla o una parte de ella con líneas discontinuas (método tradicional) o (ii) el título y la reivindicación deben identificar adecuadamente el artículo fabricado, incluso si en los dibujos no aparece representado ningún panel de visualización.
En lo que respecta a la opción (ii), los solicitantes pueden ahora omitir la representación de la pantalla con líneas discontinuas, siempre y cuando el título y la reivindicación identifiquen el artículo fabricado (por ejemplo, un ordenador, un sistema informático, un panel de visualización de ordenador, etc.).La guía indica a los solicitantes que utilicen expresiones que incluyan la palabra «para», como por ejemplo: «icono para pantalla», «interfaz proyectada para ordenador» o «interfaz para sistema informático».
A la luz de lo anterior, a continuación se ofrecen ejemplos de dibujos, títulos y reivindicaciones aceptables e inaceptables en relación con la Guía.

Aunque prevemos un aumento de las aplicaciones de interfaz informática, es importante señalar que esta ayuda se refiere específicamente a los Estados Unidos. Se debe actuar con cautela a la hora de desarrollar diseños de interfaces virtuales en el extranjero.
[1] Véase https://federalregister.gov/d/2026-04987
[2] La India ha propuesto recientemente varios cambios en su Ley de Diseños, entre los que se incluyen enmiendas para establecer expresamente la protección mediante patente de diseño para interfaces gráficas de usuario (GUI), iconos y otros diseños virtuales (por ejemplo, interfaces de RA/RV). Véase https://www.dpiit.gov.in/static/uploads/2026/01/791a71ebde47d93b67560f7394be2fec.pdf