La CPSC anuncia una «semana récord» de medidas coercitivas contra fabricantes chinos

El 15 de mayo de 2025, la Comisión de Seguridad de Productos de Consumo (CPSC o Comisión) anunció una «semana récord» de medidas coercitivas contra «infractores extranjeros».[1] Concretamente, la Comisión anunció 28 retiradas y advertencias de seguridad de productos fabricados en China, incluida una «operación de control sin precedentes de grifos chinos de marcas desconocidas que contaminaban el agua potable de Estados Unidos con plomo y otros contaminantes».[2] Muchas de estas medidas se tomaron «de forma unilateral», lo que significa que la Comisión emitió comunicados de prensa advirtiendo a los consumidores sobre productos potencialmente peligrosos sin la aprobación final del fabricante o minorista de los productos.
La autoridad de la CPSC para tomar tales medidas unilaterales se deriva de la Sección 6(b) de la Ley de Seguridad de Productos de Consumo (CPSA). Históricamente, el uso de medidas unilaterales por parte de la Comisión ha sido mínimo. Las empresas suelen considerar ventajoso cooperar con la CPSC en la divulgación de los riesgos al público. Sin embargo, esta reciente «semana récord» puede significar un enfoque más agresivo por parte de la CPSC, especialmente en lo que respecta a los fabricantes extranjeros que, podría decirse, se encuentran fuera de la jurisdicción inmediata de la CPSC.
Comunicados de prensa unilaterales en virtud del artículo 6(b) de la CPSA
La sección 6(b) regula la capacidad de la CPSC para divulgar públicamente información sobre productos de consumo, como la identificación del fabricante y cualquier información específica del producto.[3] Antes de divulgar públicamente esta información, la agencia debe notificarlo a la empresa y darle la oportunidad de corregir, impugnar o comentar el contenido de la divulgación.[4] La CPSC debe dar a la empresa al menos quince días para presentar sus comentarios.[5] Sin embargo, si la CPSC no está de acuerdo con los comentarios de la empresa, puede divulgar la información al público de forma unilateral, sin la aprobación final de la empresa, siempre que haya tomado «medidas razonables» para garantizar que la información sea precisa, justa en su contexto y esté razonablemente relacionada con la misión de la agencia de proteger al público.[6]
Los defensores de la sección 6(b) argumentan que estas salvaguardias son necesarias para proteger contra el daño a la reputación causado por divulgaciones falsas o inexactas. Los críticos sostienen que su rígido marco retrasa la divulgación pública inmediata de información que podría salvar vidas, y algunos argumentan que no debería existir en absoluto. Aun así, los comunicados de prensa unilaterales podrían dar lugar a litigios, especialmente si el contenido resulta ser inexacto.[7] Por lo tanto, la CPSC puede retrasar la emisión de un comunicado de prensa unilateral para verificar de forma independiente la información que contiene, lo que normalmente requiere la cooperación y una mayor divulgación por parte de la empresa.
Perspectiva de la Comisión
Las declaraciones anteriores del presidente en funciones Peter Feldman y del comisionado Douglas Dziak permiten conocer su opinión sobre la actividad unilateral de la CPSC. En 2023, Peter Feldman alabó públicamente las facultades de la Comisión en virtud del artículo 6(b) y afirmó: «La ley establece el debido proceso para que una empresa solicite la revisión de la información que considera errónea. No obstante, la Comisión no tiene la obligación de realizar modificaciones si no está de acuerdo». Además, en 2024, la CPSC se negó a retirar una declaración unilateral del comisionado Richard Trumka en la que animaba a los minoristas a abstenerse de vender determinados productos pesados para el sueño de los bebés. El fabricante de esos productos se quejó de que la declaración de Trumka violaba los procedimientos de la sección 6(b), lo que obligó a Feldman y Dziak a responder: «No tomamos a la ligera esa medida» y «la publicación de las declaraciones constituye una acción definitiva de la agencia». Dadas las deficiencias de procedimiento en este asunto, creemos que la mejor manera de obtener la reparación solicitada es a través de un tribunal del artículo III».[8] Ahora, con el presidente en funciones Feldman al frente, no es de extrañar que la CPSC esté recurriendo a esta herramienta reguladora con mayor frecuencia, especialmente en casos relacionados con productos fabricados en países extranjeros.
Implicaciones para las partes interesadas nacionales y los fabricantes extranjeros
Para los importadores, distribuidores y minoristas nacionales de productos extranjeros, el mayor riesgo de comunicados de prensa unilaterales puede plantear algunos retos. Si un socio proveedor extranjero no cumple con las normas de seguridad estadounidenses y se niega a cooperar con la CPSC, la carga del cumplimiento puede recaer sobre la entidad estadounidense. La CPSC también puede aprovechar la amenaza de un comunicado de prensa unilateral en el que se nombre al minorista nacional para obligarlo a cooperar, incluso cuando el fabricante extranjero sea el más adecuado para centrarse en la infracción.
Dado el aumento del ejercicio de la autoridad unilateral de la CPSC, especialmente en lo que respecta a los productos fabricados en el extranjero, las empresas que importan, distribuyen o venden productos de consumo, en particular los procedentes de fabricantes extranjeros, deben llevar a cabo las comprobaciones y diligencias debidas pertinentes, verificando la seguridad de los productos desde el principio de la cadena de suministro. Además, y en la medida de lo posible, las partes interesadas nacionales que importan del extranjero deben trabajar para incluir disposiciones en los contratos de suministro que exijan a los proveedores extranjeros cooperar con las investigaciones y retiradas de productos de la CPSC.
El equipo de productos de consumo de Foley & Lardner sigue supervisando las declaraciones oficiales publicadas por la CPSC y está disponible para ayudar a las empresas de EE. UU. y del extranjero a responder a las consultas relacionadas con la sección 6(b).
[1] La declaración oficial de la CPSC está disponible aquí: https://www.cpsc.gov/Newsroom/News-Releases/2025/CPSC-Sets-New-Record-for-Safety-Notices-Protecting-American-Families-and-Leveling-the-Playing-Field-for-American-Business#:~:text=WASHINGTON%2C%20D.C.%20%E2%80%93%20Esta%20semana,récord%20semanal%20de%20advertencias%20de%20seguridad.
[2] Ídem.
[3] Véase 16 C.F.R. Parte 1101.
[4] 16 C.F.R. § 1101.1(b)(1).
[5] Ídem.
[6] 16 C.F.R. Parte 1101 Subparte D. La CPSC debe primero advertir a la empresa de su decisión de hacerlo y esperar cinco días adicionales antes de divulgar la información controvertida al público. 16 C.F.R. § 1101.25.
[7] Véase 16C.F.R. § 1101.1(b)(3).
[8] La declaración completa se puede encontrar en el sitio web de la CPSC: https://www.cpsc.gov/About-CPSC/Commissioner/Douglas-Dziak-Peter-A-Feldman/Statement/Statement-of-Commissioners-Peter-A-Feldman-and-Douglas-Dziak-on-the-Retraction-of-Infant-Sleep-Products-Statements.