Florida rompe la tendencia y promulga una nueva ley de no competencia favorable a los empleadores

Si bien la tendencia reciente en todo el país ha sido restringir los acuerdos de no competencia, Florida acaba de facilitar a los empleadores la aplicación de dichos acuerdos a los empleados. La Legislatura de Florida aprobó la ley HB 1219, también conocida como Ley de Contratos que Honran la Oportunidad, la Inversión, la Confidencialidad y el Crecimiento Económico (CHOICE o «la Ley»), que entró en vigor el 1 de julio de 2025.[1] Es importante destacar que CHOICE nose aplicaa los profesionales de la salud y mantiene en vigor la otra ley de no competencia de Florida (Fla. Stat. § 542.335), que ya era una de las leyes de no competencia más favorables para los empleadores de todo el país.[2]
Como hemos informado ampliamente en los últimos años, los estados de todo el país han seguido promulgando medidas que restringen los acuerdos de no competencia en el empleo, incluidos muchos estados que han promulgado prohibiciones totales. En cierto modo, la Ley CHOICE de Florida parece asemejarse a las leyes de muchos otros estados. La ley incluye un umbral de ingresos y ciertos requisitos de notificación. Pero, a diferencia de otras leyes estatales que consideran nulos e inaplicables los acuerdos de no competencia si no se cumplen los requisitos, la Ley CHOICE de Florida adopta el enfoque contrario: establece una presunción de aplicabilidad si se cumplen los requisitos de la ley.
La ley también va más allá que cualquier otra ley estatal al proporcionar a los empleadores la posibilidad de obtener medidas cautelares. Las cláusulas restrictivas cubiertas por CHOICE se consideran «plenamente exigibles»; la ley exige a los tribunalesque dicten una orden cautelar preliminar contra las personas que incumplan un acuerdo cubierto. Además, un tribunal no puede disolver o modificar una medida cautelar a menos que la persona demuestre, con pruebas claras y convincentes, que no prestará servicios similares a un nuevo empleador ni utilizará información confidencial en violación del acuerdo. Se mantienen otras medidas correctivas, como la indemnización por daños y perjuicios y la posibilidad de que los empleadores reduzcan la compensación si una persona cubierta «comete una falta grave» contra el empleador. En virtud de la ley, las partes ganadoras también tienen derecho al reembolso de los honorarios de los abogados.
Las medidas cautelares preliminares suelen considerarse el recurso más atractivo para los empleadores que desean impedir que sus empleados trabajen (ilegalmente) en competencia con ellos, por lo que la Ley CHOICE ofrece a los empleadores una oportunidad significativa para proteger sus intereses, siempre que se cumplan determinadas condiciones clave.
Acuerdos cubiertos
La Ley CHOICE se aplica a dos tipos de cláusulas restrictivas:
- Acuerdos de no competencia cubiertos: Unacuerdo de no competencia cubierto prohíbe a un empleado trabajar para un competidor durante un período determinado de hasta cuatro años después de la terminación del empleo y dentro de una zona geográfica definida.
- Acuerdos de licencia remunerada: Unacuerdo de licencia remuneradacompensa a un empleado cubierto por el acuerdo, independientemente de si el empleado se presenta al trabajo o produce algún resultado. A cambio, el empleado no puede desempeñar ningún otro empleo durante un período definido de hasta cuatro años, a menos que el empleador le dé permiso.
La ley solo se aplica si el empleador cumple determinadas condiciones adicionales. Entre otros requisitos, el empleador debe conceder a los empleados siete días para revisar el acuerdo y debe notificarles que pueden solicitar asesoramiento jurídico. Los empleados también deben reconocer por escrito que reciben o recibirán información confidencial o relaciones con clientes en el curso de su empleo.
Además de las condiciones favorables para los empleadores mencionadas anteriormente, cuando la Ley CHOICE se aplica a un acuerdo, los empleadores pueden imponer restricciones más prolongadas tras la finalización del empleo. Según la legislación vigente en Florida (mencionada anteriormente), los acuerdos de no competencia se consideran presuntamente irrazonables si superan los dos años.[3] La Ley CHOICE, por otro lado, establece la presunción de que los acuerdos de hasta cuatro años son razonables.
Empleados cubiertos
La Ley CHOICE no se aplica a todas las relaciones laborales. Los empleados cubiertos deben ganar al menos el doble del salario medio anual del condado de Florida en el que se encuentra la sede principal de la empresa o, si dicha sede se encuentra fuera de Florida, del condado de Florida en el que reside el empleado.
Es de suponer que los empleadores estarán ansiosos por aprovechar la nueva ley de Florida. Sin embargo, los empleadores no podrán beneficiarse de la ley a menos que:
- El lugar de trabajo principal del empleado se encuentra en Florida, independientemente de cualquier disposición sobre elección de la legislación aplicable; o
- El empleador tiene su sede principal en Florida y el acuerdo incluye una cláusula expresa de elección de la legislación aplicable, según la cual se aplica la legislación de Florida.
Los empleadores de los profesionales sanitarios no pueden beneficiarse de las ventajas que ofrece la Ley CHOICE a los empleadores, independientemente de los ingresos de los empleados. En cambio, los profesionales sanitarios solo están sujetos a las leyes de no competencia preexistentes de Florida.
Para llevar
La Ley CHOICE facilita a los empleadores cubiertos la aplicación de cláusulas restrictivas y la obtención de medidas cautelares contra antiguos empleados. Sin embargo, las presunciones favorables al empleador de la Ley solo se aplican a los acuerdos que cumplen determinados criterios (a saber, requisitos de ingresos y notificación), tal y como se ha descrito anteriormente. Otras cláusulas restrictivas siguen rigiéndose por la legislación y el derecho consuetudinario preexistentes de Florida.
Para aprovechar esta legislación favorable, los empleadores de Florida deben trabajar con un abogado para asegurarse de que sus acuerdos de cláusulas restrictivas cumplan con los requisitos de cobertura de la Ley CHOICE.
Este artículo ha sido elaborado con la ayuda de Sam Lanzer, becario de verano de 2025.
[1] H.B. 1219, 2025 Leg., 127.ª sesión (Florida, 2025).
[2] A los efectos de la Ley CHOICE, el término «profesional sanitario» incluye a las personas con licencia en acupuntura, medicina, osteopatía, quiropráctica, podología, naturopatía, optometría, enfermería; farmacia; odontología, higiene dental y laboratorios dentales; obstetricia; logopedia y audiología; administración de residencias de ancianos; terapia ocupacional; terapia respiratoria; dietética y nutrición; entrenamiento deportivo; ortopedia, prótesis y pedortopedia; electrólisis; masoterapia; prácticas de laboratorio clínico; fisiatría médica; asesoramiento genético; dispensación de dispositivos ópticos y audífonos; fisioterapia; servicios psicológicos; y servicios clínicos, de asesoramiento y psicoterapia.
[3] Estatuto de Florida § 542.335(1)(d)(1).