La Oficina de Seguros de Virginia publica una guía actualizada sobre el capital mínimo y el superávit, el periodo de maduración y los procedimientos para las empresas que desean obtener la licencia de aseguradoras.
El 6 de agosto, la Oficina de Seguros de Virginia (BOI) emitió la Carta Administrativa 2025-03 (la Carta)[1] a todas las empresas que desean obtener una licencia como aseguradoras en Virginia.[2] La Carta aborda los requisitos que deben cumplir las compañías de seguros nacionales, extranjeras y foráneas que desean operar en Virginia, y sustituye, reemplaza y retira la Carta Administrativa 2002-07, que anteriormente abordaba dichos requisitos para las compañías extranjeras y foráneas.[3]
La Carta parece estar dirigida principalmente a aclarar los requisitos de capital mínimo y excedentes, notificación de procesos y procedimientos de solicitud, enunciando los requisitos directamente en la Carta en lugar de hacer referencia a los requisitos mediante citas de las disposiciones legales aplicables (como se hizo en la Carta Administrativa 2002-07). Sin embargo, también hay algunas reformulaciones sustantivas de las expectativas y los requisitos.
1. Notificación judicial
La primera sección de la Carta parece tener como objetivo aclarar que la BOI no acepta el formulario de Consentimiento uniforme para la notificación de procesos judiciales (Formulario UCAA 12) e incorporar los requisitos legales relativos a la notificación de procesos judiciales en general (por ejemplo, los requisitos para mantener un agente registrado, los supuestos para el nombramiento legal del secretario de la Comisión como agente de una entidad comercial con el fin de aceptar la notificación de procesos judiciales) en la Carta para aumentar la visibilidad de dichos requisitos. La carta también mantiene la orientación de que las aseguradoras recíprocas deben presentar un poder notarial por escrito en el que se nombre al secretario de la Comisión como agente.
2. Requisitos para solicitantes nacionales y extranjeros (capital mínimo y excedente)
La segunda sección de la Carta revisa las referencias sobre capital mínimo y excedentes publicadas anteriormente en la Carta Administrativa 2002-07[4] y amplía la información para incluir los requisitos mínimos para las aseguradoras nacionales. El resultado es un cuadro más fácil de usar (que se incluye a continuación).
| Tipo de compañía de seguros | Requisitos mínimos de capital y excedentes | Estatuto(s) aplicable(s) – Título 38.2 del Código |
| Existencias | Capital social totalmente desembolsado de al menos 1 millón de dólares y superávit de al menos 3 millones de dólares. | § 38.2-1028 |
| Aseguradoras mutuas no sujetas a evaluación (nacionales o extranjeras) | Al menos 4 millones de dólares de superávit. | § 38.2-1030 |
| Aseguradoras extranjeras no sujetas a evaluación | Al menos 4 millones de dólares de superávit fiable. | § 38.2-1030; § 38.2-1031 |
| Mutuas aseguradoras que emiten pólizas evaluables | Al menos 1,6 millones de dólares de superávit. | § 38.2-1029 |
| Aseguradoras recíprocas nacionales o extranjeras que emiten pólizas no evaluables. | Al menos 4 millones de dólares de superávit. | § 38.2-1213 |
| Aseguradoras recíprocas extranjeras que emiten pólizas no evaluables | Al menos 4 millones de dólares de superávit fiable. | § 38.2-1213; § 38.2-1031 |
| Recíprocas nacionales o extranjeras que emiten pólizas evaluables | Al menos 1,6 millones de dólares de superávit. | § 38.2-1206 |
| Recíprocos extranjeros que emiten pólizas evaluables | Al menos 1,6 millones de dólares en superávit fiable. | § 38.2-1206; § 38.2-1031 |
La Carta también reformula las directrices emitidas anteriormente con respecto a los márgenes de seguridad requeridos por encima de los mínimos indicados anteriormente, y establece en la parte pertinente que «el solicitante debe tener un excedente de no menos de 500 000 dólares por encima del mínimo pertinente para obtener una licencia».
3. Procedimiento de solicitud y concesión de licencias
En la carta, la BOI aclara que «para operar en el sector de los seguros en Virginia, una compañía de seguros debe obtener tanto... 1. Una licencia expedida por la Oficina de conformidad con el título 38.2 del Código; y 2. Un certificado de constitución (nacional) o un certificado de autoridad (extranjero/ajeno) expedido por el secretario de la Comisión Estatal de Sociedades Anónimas».[5] La BOI aclara además que «el solicitante debe obtener la aprobación provisional de su solicitud de licencia por parte de la Oficina antes de obtener un certificado de constitución o un certificado de autoridad» del secretario de la Comisión Estatal de Sociedades Anónimas.
En la tercera y cuarta sección de la Carta, la BOI principalmente reestructura y reformula puntos procedimentales. Sin embargo, la BOI también añade dos puntos de orientación que no figuraban anteriormente en la Carta Administrativa 2002-07. En primer lugar, que «el solicitante debe pagar una tasa de solicitud no reembolsable de 500 dólares» y, en segundo lugar, que «todos los solicitantes de licencia deben incluir en su solicitud principal de la UCAA unas previsiones financieras pro forma y una certificación actuarial sobre la metodología utilizada para determinar las reservas de primas».
La BOI también parece ampliar el plazo anteriormente establecido para los planes que describen el inicio de la suscripción directa en Virginia. La Carta Administrativa 2002-07 establecía que se requería lo siguiente: «Un plan definitivo de operaciones para Virginia, que incluya planes para iniciar la suscripción directa en Virginia en un plazo de seis meses a partir de la obtención de la licencia». Mientras que la nueva Carta establece que se requiere lo siguiente: «Un plan definitivo de operaciones para Virginia, que incluya planes para comenzar a suscribir pólizas directamente en Virginia en el plazo de un año tras la obtención de la licencia».[6]
A continuación, la BOI añade una sección en la que se abordan los requisitos específicos para los solicitantes nacionales, a diferencia de los solicitantes extranjeros y foráneos. En la guía revisada para solicitantes extranjeros y foráneos, la BOI incluye un nuevo texto en el que se vuelve a hacer hincapié en los requisitos de antigüedad para las aseguradoras extranjeras, tal y como se muestra a continuación. Este texto (y el texto paralelo que se encuentra en la sección de requisitos de cualificación de la Carta) elimina «la gravedad, la(s) causa(s) y el momento de las pérdidas legales» como componentes expresos de la consideración atenuante (esos elementos se incluían anteriormente en el texto de cualificaciones coordinadas que se encuentra en la Carta Administrativa 2002-07).[7]
Todos los solicitantes de licencia están sujetos a un requisito de «experiencia» o «historial», definido como operaciones rentables como asegurador directo durante cada uno de los tres años naturales inmediatamente anteriores. En el caso de los solicitantes que no cumplan estrictamente esta norma, la Oficina, a su discreción, podrá considerar factores atenuantes, entre los que se incluyen, entre otros, la solidez del superávit del solicitante, la solidez financiera de una aseguradora matriz con licencia en Virginia y la afiliación con otras aseguradoras con licencia en Virginia.
Por último, la BOI parece cambiar el alcance temporal de los informes de examen histórico presentados como parte del paquete de solicitud de licencia. Anteriormente, la BOI establecía en la Carta Administrativa 2002-07: «los informes de examen aceptables deben ser relevantes para las operaciones actuales del solicitante» y «los informes con fechas de balance general anteriores a más de tres años de la fecha de la declaración anual actual de la NAIC pueden considerarse irrelevantes a efectos del análisis de la Oficina y pueden dar lugar a la denegación de la licencia». En cambio, la nueva Carta establece: «Dependiendo de las circunstancias, la Oficina puede denegar la licencia a un solicitante cuyo informe de examen tenga una fecha de balance anterior en más de cinco años a la declaración anual actual del solicitante».
[1] Disponible en: https://pxl-sccvirginiagov.terminalfour.net/prod01/channel_3/media/sccvirginiagov-home/regulated-industries/insurance/insurance-companies/administration-of-insurance-regulation-in-virginia/administrative-letters/AL-2025-03.pdf
[2] En concreto, a todas las empresas que deseen obtener una licencia como aseguradoras de conformidad con el capítulo 10 (Organización, admisión y concesión de licencias; por ejemplo, de aseguradoras por acciones y mutuas), 12 (Aseguradoras recíprocas), 41 (Sociedades de beneficencia fraternal) o 46 (Seguros de títulos) del título 38.2 (Título de seguros) del Código de Virginia.
[3] Véase el siguiente PDF con marcas de revisión, que hemos preparado para mostrar las diferencias entre la Carta Administrativa 2002-07 y la 2025-03: https://www.foley.com/wp-content/uploads/2025/08/Redline-Administrative-Letter-2002-7-and-Administrative-Letter-2025-3-1.pdf
[4] La Carta Administrativa 2002-07 incluía las referencias que se citan a continuación:
(a) Las compañías de seguros de acciones deben mantener el capital y el superávit en los niveles mínimos prescritos por el artículo 38.2-1028.
(b) Las mutuas aseguradoras no evaluables deben mantener un superávit en los niveles mínimos prescritos por § 38.2-1030, o § 38.2-1029 si la compañía emite pólizas evaluables.
(c) Las aseguradoras recíprocas no evaluables deben mantener un superávit en los niveles mínimos prescritos por § 38.2-1213, o § 38.2-1206 si la compañía emite pólizas evaluables.
(d) Las compañías de seguros extranjeras (por acciones y mutuas) constituidas u organizadas fuera de los Estados Unidos deben mantener un superávit fiduciario en los niveles mínimos prescritos por § 38.2-1031.
[5] Véase el párrafo introductorio de la Carta, encima de la sección «Notificación judicial».
[6] Énfasis añadido en ambas citas.
[7] La Carta Administrativa 2002-07 incluía el siguiente texto (énfasis añadido): «Los siguientes requisitos son esenciales para que un solicitante sea considerado apto... (a) Operaciones rentables como asegurador directo durante cada uno de los tres años naturales inmediatamente anteriores. En el caso de los solicitantes que no cumplan estrictamente esta norma, la Oficina, a su discreción, podrá tener debidamente en cuenta factores atenuantes tales como la gravedad, causa(s) y momento de las pérdidas reglamentarias, la solidez del superávit del solicitante, la solidez financiera de una aseguradora matriz con licencia en Virginia, etc.».