Es esa época del año otra vez: uso de la aplicación de seguimiento de lesiones de la OSHA para enviar los formularios 300, 300A y 301 de la OSHA.
De conformidad con la normativa sobre notificación electrónica de la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA), los empleadores afectados deben presentar sus registros de lesiones y enfermedades de la OSHA (formularios 300, 300A y 301 de la OSHA) utilizando la aplicación electrónica de seguimiento de lesiones de la OSHA antes del 2 de marzo de 2025.
Dado que la fecha límite para presentar los informes se acerca rápidamente, los empleadores deben determinar si deben presentar un informe electrónico y, en caso afirmativo, cómo navegar por el sistema ITA.
¿Qué es la aplicación de seguimiento de lesiones de la OSHA?
Lanzada en enero de 2024, la Aplicación de Seguimiento de Lesiones (ITA) de la OSHA es un portal en línea que permite a los empleadores cubiertos enviar electrónicamente cada año sus registros de lesiones y enfermedades de la OSHA (formularios 300, 300A y 301 de la OSHA).
Los nuevos usuarios de ITA deberán crear una cuenta y completar un perfil de establecimiento antes de enviar los registros requeridos. Los empleadores que informaron a través de ITA el año pasado pueden utilizar su cuenta y perfil de establecimiento existentes. Sin embargo, los empleadores que vuelven a utilizar el sistema deben asegurarse de actualizar su perfil de establecimiento para reflejar cualquier cambio relevante durante el año de referencia. La Guía del usuario de ITA de OSHA y la página de preguntas frecuentes proporcionan información útil sobre cómo crear y mantener una cuenta ITA, así como sobre cómo navegar por el portal ITA.
¿Debe mi establecimiento presentar un informe electrónico?
Solo determinados establecimientos están obligados a presentar informes electrónicos a través de la ITA cada año. Los requisitos de presentación de informes varían en función del tamaño de la empresa y del sector, tal y como se detalla a continuación:
- Debe enviar Formulario 300A de la OSHA a través de la ITA si:
- Su establecimiento tiene 250 o más empleados y pertenece a un sector que no figura en el apéndice A de la subparte B del reglamento de mantenimiento de registros de la OSHA; O
- Su establecimiento tiene entre 20 y 249 empleados y pertenece a un sector incluido en el apéndice A de la subparte E del reglamento sobre mantenimiento de registros de la OSHA.
- Debe enviar Formularios 300A, 300 y 301 de la OSHA a través de la ITA si:
- Su establecimiento tiene 100 o más empleados y pertenece a un sector incluido en el apéndice B de la subparte E del reglamento sobre mantenimiento de registros de la OSHA.
La OSHA no notifica a los empleadores si deben presentar electrónicamente sus registros de lesiones y enfermedades utilizando el ITA. Para garantizar el cumplimiento de la OSHA, los empleadores deben determinar de forma independiente si están sujetos a los requisitos de presentación de informes electrónicos. Afortunadamente, la OSHA ha creado recientemente una herramienta útil para ayudar a los empleadores a determinar sus requisitos de presentación de informes electrónicos.
Si mi establecimiento está exento de la presentación de informes electrónicos, ¿tengo que seguir rellenando los formularios 300, 300A y 301 de la OSHA?
Incluso si determina que su establecimiento no está obligado a presentar informes electrónicos a través de la ITA, debe mantener un registro de las lesiones y enfermedades graves relacionadas con el trabajo utilizando los formularios 300, 300A y 301 de la OSHA (o formularios equivalentes), a menos que su establecimiento se considere exento. Los empleadores que no estén seguros de si deben presentar un informe electrónico este año deben ponerse en contacto con un abogado para obtener asesoramiento y aclaraciones.