Lo que toda empresa multinacional debe saber sobre... Las actuales propuestas arancelarias de Trump
Aunque sólo han transcurrido dos meses desde el inicio de la nueva Administración, ya se han propuesto, impuesto, revocado, suspendido y, en ocasiones, vuelto a imponer toda una serie de nuevos aranceles. Para los importadores puede resultar difícil mantenerse al día de todas las propuestas. Así que, para ayudar a la comunidad de importadores, hemos elaborado un artículo sobre aranceles "de siempre", que contiene tres puntos clave para los importadores:
- Un cuadro de las propuestas arancelarias, incluida su situación actual[1] y los principales problemas que plantea cada una a los importadores;
- Una lista de recursos para importadores que buscan ayudas para hacer frente a la incertidumbre arancelaria y comercial internacional; y
- Una lista de las preguntas más comunes que estamos recibiendo de los clientes en relación con las nuevas tarifas y su aplicación.
Actualizaremos periódicamente estos recursos para reflejar las nuevas propuestas y modificaciones de tarifas, que en algunos casos se actualizan o cambian a diario.
¿En qué punto nos encontramos respecto a los distintos anuncios de aranceles?
En este momento, contamos 12 iniciativas arancelarias propuestas o en juego. Van desde aranceles amplios que cubren todos los bienes de un determinado país (Canadá, China y México), aranceles que cubren ciertos tipos de bienes (aluminio y acero), promesas de futuros aranceles (automóviles, semiconductores, productos farmacéuticos, cobre y madera) y aranceles de represalia prometidos (vino y bebidas alcohólicas europeas). Además, aunque hemos visto más anuncios de aranceles en los dos primeros meses de la segunda administración Trump de los que vimos en toda la primera, el zapato arancelario más grande aún está por caer: Es probable que el anunciado despliegue arancelario "Justo y Recíproco" empequeñezca los aranceles impuestos hasta la fecha, siendo los países con mayor riesgo de aumento de aranceles:
- Países que imponen aranceles elevados. Algunos ejemplos notables son Argentina, Bangladesh, Brasil, Egipto, India y Pakistán.
- Países que se considera que subvencionan fuertemente a sus fabricantes. Dependiendo del tipo de productos, algunos ejemplos son China (especialmente), Australia, Canadá y los países de la Unión Europea.
- Países que se considera que manipulan su tipo de cambio. El Departamento de Comercio ya ha dictaminado que Vietnam concede subvenciones mediante la manipulación de su tipo de cambio, en una determinación compensatoria relativa a neumáticos procedentes de Vietnam. Como parte de su informe semestral al Congreso, el Departamento del Tesoro mantiene una "lista de seguimiento" de las políticas de tipo de cambio que podrían conceder subvenciones. La lista de noviembre de 2024 incluía a China, Alemania, Japón, Singapur, Corea del Sur, Taiwán y Vietnam.
- Países que han establecido barreras a la importación dirigidas a productos de alto perfil y gran volumen, como los automóviles. Mientras que Estados Unidos mantiene niveles arancelarios del 2,5% para las importaciones de automóviles, la mayor parte del resto del mundo empieza con un 10% o más.
Actualizaremos este artículo a medida que se anuncien nuevas políticas, incluidos los aranceles recíprocos. La situación de cada arancel es la siguiente:
| ¿En qué punto estamos respecto a los aranceles de Trump? | ||||
| Propuesta de tarifa | Fecha de entrada en vigor | ¿Es probable que se mantenga? | ¿Es probable que aumente? | Cuestiones clave para los importadores |
| Tarifas 2018 Sección 301 83 FR 28710; 83 FR 40823; 83 FR 47974; 84 FR 43304 | En vigor | Sí | Probablemente; es probable que se iguale en el nivel superior y/o se aumente | Revisar las clasificaciones HTS para garantizar su exactitud, especialmente en el caso de los productos de la lista 4B; véase más abajo "Nuevos aranceles del 20% para China". |
| Aranceles de aluminio y acero de 2018 83 FR 11625; 83 FR 11619 | Suprimido a partir de 3/4/2025 | N/A | N/A | N/A |
| Nuevos aranceles del 20% para China 90 FR 11426 | 3/4/2025 | Sí | Posiblemente | Utilización de piezas y componentes chinos para las estrategias China+1; garantizar una transformación sustancial de todos los productos fabricados en países +1 |
| 25% Aranceles Canadá y México 90 FR 9113; 90 FR 9117 | 3/4/2025- 3/6/2025 | Sustituido a partir del 3/6/25 | N/A | |
| 3/6/2025 (mercancías no conformes con la USMCA) 90 FR 11429 90 FR 11423 | Posiblemente | Posiblemente | Verificar y documentar el cumplimiento (por ejemplo, normas de origen, normas especiales para automóviles y textiles) para todas las solicitudes de trato preferencial en virtud del USMCA; mantener los certificados de origen en el momento de la entrada. Considerar las oportunidades de ahorro de aranceles en México (por ejemplo, IMMEX). | |
| Nuevos aranceles del 25% para el aluminio y el acero 90 FR 9807; 90 FR 9817; | 3/12/2025 | Sí | Sí, añadiendo nuevos productos derivados | Vigilar los nuevos productos derivados propuestos para añadirse a los productos derivados del acero y del aluminio; verificar las posibles correspondencias HTS para los derivados del aluminio y del acero; buscar instrucciones aduaneras relativas a los productos derivados y aplicarlas. |
| Tarifas recíprocas | 4/2/2025 (probablemente por etapas) | Sí | Poco claro | Controlar; véase más arriba la lista de países con aranceles elevados |
| Amplios aranceles europeos | Prometido | Poco claro | N/A | Monitor |
| 25% Aranceles para automóviles, semiconductores y productos farmacéuticos | Prometido | Sí | Sujeto a negociación con Europa, Corea, Japón y México | Supervisar; considerar la posibilidad de anticipar el inventario de los componentes críticos. |
| Nuevos aranceles a la madera | En estudio | Sí (si se ha expedido) | N/A | Controlar; considerar la distribución anticipada del inventario |
| Nuevas tarifas del cobre | En estudio | Sí (si se ha expedido) | N/A | Controlar; considerar la distribución anticipada del inventario |
| Aranceles del 200% para el vino | Amenazada | No (si se ha expedido) | UE | Controlar; considerar la distribución anticipada del inventario |
| Futuro del USMCA | Revisión 2026 | Poco claro | N/A | Véase Aranceles de Canadá y México; seguimiento de las negociaciones aceleradas |
¿Qué recursos existen para hacer frente a la incertidumbre arancelaria y comercial internacional?
Para ayudar a los importadores a hacer frente a la imprevisibilidad del entorno comercial actual, los equipos de Comercio Internacional, Cadena de Suministro y Ley de Reclamaciones Falsas de Foley ofrecen recursos prácticos y específicos para ayudar a gestionar el comercio internacional. Entre ellos se incluyen:
Recursos escritos
- Plan de gestión de riesgos arancelarios en seis pasos: Nuestro libro blanco y un programa de gestión del riesgo arancelario en seis pasos sobre "Gestión de los riesgos arancelarios y de importación durante una guerra comercial."
- Serie de artículos: Nuestros artículos quincenales sobre "Lo que toda empresa multinacional debe saber" acerca de temas urgentes de comercio internacional, incluidas las principales propuestas arancelarias. Puede consultar todos los artículos de esa serie aquí, y puede inscribirse para recibir avisos de los próximos correos electrónicos quincenales haciendo clic aquí para registrarse.
- Centro de la Transición Presidencial: Para proporcionar asesoramiento práctico sobre todos los aspectos de los anuncios rápidos de la nueva administración, hemos creado 100 Days and Beyond: Presidential Transition Hub para recibir actualizaciones jurídicas frecuentes sobre los anuncios de la nueva administración a medida que se produzcan. También puede registrarse para recibir actualizaciones.
Seminarios en línea
- Gestión del comercio internacional y riesgos arancelarios: Un seminario web especial sobre "Gestión de los riesgos arancelarios y de importación durante una guerra comercial" proporcionó una evaluación actualizada de las propuestas arancelarias que tienen más probabilidades de aplicarse, así como consejos prácticos sobre los pasos que pueden dar las empresas para identificar, planificar y gestionar los riesgos relacionados con los aranceles a lo largo de sus cadenas de suministro y con los clientes. La grabación del seminario web está disponible aquí.
- 2025 In-House Connect Supply Chain & Trade Law CLE Summit: Este seminario web contenía cuatro programas relacionados con la administración entrante, incluidos los impuestos, el comercio, la contratación de la cadena de suministro y los riesgos de integridad de la cadena de suministro, así como la cobertura de temas de comercio internacional relacionados con México:
- Cambios fiscales, comerciales y políticos bajo la nueva Administración Trump: Qué esperar y cómo prepararse (Código promocional: IHCFOLEYSUMMIT)
- Navegar por la contratación de la cadena de suministro en un panorama mundial volátil (Código promocional: IHCFOLEYSUMMIT2)
- Comercio Internacional y Manufactura en México bajo la Nueva Administración Trump: Qué esperar y cómo prepararse (Código promocional: IHCFOLEYSUMMIT3)
- Gestión de los riesgos de importación bajo la nueva Administración Trump: Qué esperar y cómo prepararse (Código promocional: IHCFOLEYSUMMIT4)
Oferta de servicios
- Auditoría aduanera y revisión de la integridad de la cadena de suministro: Una revisión de "Auditoría Aduanera e Integridad de la Cadena de Suministro" con tarifa fija, que proporciona una evaluación exhaustiva del estado de su cumplimiento aduanero y de si existen riesgos no abordados que su empresa deba solucionar para evitar un escrutinio aduanero no deseado de sus importaciones. Más información aquí.
- Revisión de contratos por cuestiones arancelarias: El equipo de la cadena de suministro de Foley puede aprovechar la IA para ayudarle a revisar su acuerdo de suministro clave en busca de disposiciones clave relacionadas con qué parte asume los costes de los aranceles, incluidas las condiciones de entrega y las condiciones de fijación de precios.
Preguntas frecuentes
Tras participar en numerosos seminarios y webinarios, y en conversaciones con clientes, hemos observado ciertas preguntas recurrentes. Como ayuda para la comunidad de importadores, hemos recopilado una lista de las mismas, entre las que se incluyen las siguientes:
General
¿Se acumulan las tarifas?
Sí, todos los aranceles se acumulan. Esto significa que una entrada de acero de China incurriría:
- la tarifa normal del Capítulo 1-97;
- el arancel del 25 por ciento de la Sección 232 sobre el acero;
- el arancel original de la Sección 301 sobre el acero chino (hasta el 25%); y
- el nuevo arancel adicional del 20% a China.
Además, si el producto está cubierto por una orden de derechos antidumping o compensatorios, esos derechos también se acumularían.
¿El apilamiento es compuesto?
No. Los aranceles se suman sin acumularse. Si se aplica un arancel del 20% y otro del 25%, el aumento es del 45%.
¿Están viendo que los clientes siguen una estrategia China +1 para hacer frente a los nuevos aranceles?
Sí. Muchos clientes han seguido la estrategia de añadir capacidad adicional fuera de China desde la imposición de los aranceles de la Sección 301 original. Estos esfuerzos parecen estar acelerándose, ya que cada vez hay más conciencia de que los elevados aranceles sobre China son la nueva normalidad. En este sentido, es importante señalar que los aranceles originales de la Sección 301 siguieron en vigor incluso bajo la administración Biden. Además, es probable que China sea el país al que más se incrementen los aranceles en virtud de la propuesta de aranceles recíprocos, ya que afecta a muchas categorías: subvenciona en gran medida sus industrias, el Departamento del Tesoro la considera manipuladora de divisas desde hace años, y existen numerosas conclusiones del Departamento de Comercio en materia de derechos compensatorios que proporcionan una hoja de ruta clara para identificar los programas de subvenciones.
Una advertencia es que cuando las empresas trasladan la producción fuera de China, a menudo siguen utilizando piezas y componentes de origen chino. Las empresas que siguen esta estrategia tienen que hacer un análisis cuidadoso para asegurarse de que están "transformando sustancialmente" el producto haciendo suficiente trabajo y añadiendo suficiente valor en el tercer país para crear un artículo de comercio nuevo y diferente con un nuevo nombre, carácter o uso, dándole así un nuevo país de origen no chino.
¿Habrá excepciones para productos como los dispositivos médicos en los aranceles propuestos?
No está claro. Pero los aranceles han virado hacia la universalidad. Además, uno de los propósitos del anuncio de los aranceles sobre el aluminio y el acero era eliminar la lista de excepciones acumuladas por productos específicos que había crecido a lo largo de los años. Estos factores van en contra de un anuncio de excepciones arancelarias específicas.
¿Se está debatiendo una posible desgravación arancelaria para determinados sectores (Defensa, Marina, etc.)?
Hasta ahora, el único indulto algo específico de la industria ha sido el levantamiento de los aranceles sobre los bienes que cumplen con el USMCA hasta el 2 de abril de 2025, como resultado de las preocupaciones de los fabricantes de automóviles estadounidenses. Aunque se pretende que esto se aplique a muchas importaciones de automóviles, el levantamiento de los aranceles sobre los artículos que cumplen con el USMCA no está vinculado exclusivamente a las importaciones de automóviles. Si se han producido discusiones relativas a la desgravación arancelaria para otros sectores, no se han anunciado.
¿Se impugnarán en litigios las Órdenes Ejecutivas sobre aranceles?
Casi con toda seguridad, sí. Pero, en general, el Tribunal de Comercio Internacional y el Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal tienden a ceder ante el Ejecutivo en cuestiones de política comercial internacional. Además, la imposición de aranceles especiales en la primera administración Trump fue generalmente respaldada por los tribunales de comercio.
¿Ha oído hablar de algún plan para cambiar la legislación sobre Zonas de Comercio Exterior (ZCE)?
En general, no. Sin embargo, algunos anuncios arancelarios específicos contienen disposiciones relativas a las zonas francas, como la que establece que cualquier mercancía que entre en una zona franca debe tener un "estatus extranjero privilegiado". Esto significa que el tipo de derecho se fija en el momento en que las mercancías entran en la zona, lo que significa que incluso si las mercancías se fabrican posteriormente dentro de la FTZ, el derecho se basará en la clasificación original cuando entraron en la FTZ.
Aranceles al acero y al aluminio
¿Cómo han cambiado los aranceles sobre el aluminio y el acero de la Sección 232 con respecto a la versión original de 2018?
- Los aranceles sobre el aluminio aumentaron del 10 al 25 por ciento.
- Todos los contingentes arancelarios negociados para la UE, Japón y el Reino Unido, así como los contingentes negociados con Argentina, Brasil y Corea del Sur, ya no son aplicables. Las exenciones anteriores para Australia, Canadá, México y Ucrania ya no son aplicables.
- Se revocan todas las exenciones por productos específicos que se habían concedido en el marco del programa original para el aluminio y el acero.
- La "lista de artículos derivados" se amplía considerablemente.
¿Siguen sujetos a aranceles del 25 % los artículos del capítulo 72?
Sí. Algunas partidas del Capítulo 72 que anteriormente estaban sujetas a los aranceles originales de la Sección 232 siguen estando cubiertas. Se revocan todas las exclusiones que se aplicaban anteriormente a determinados productos del Capítulo 72.
¿Están cubiertos los productos de hierro?
Basándose en la descripción de los productos cubiertos en las Órdenes Ejecutivas, los productos de acero aleado al carbono, y no el hierro, están cubiertos por las exclusiones.
¿Cómo debemos tratar las importaciones que entran en los códigos HTS de "artículos derivados" pero que en realidad no contienen aluminio ni acero?
En algunos casos, determinadas clasificaciones HTS que figuran en las clasificaciones HTS derivadas de aluminio y acero pueden cubrir tipos de productos que pueden no contener aluminio o acero. Por ejemplo, algunos tipos de muebles metálicos están cubiertos, pero si están fabricados con un metal distinto del acero, no estarían cubiertos aunque estén incluidos en una HTS que figure en el anexo 1 de la proclamación sobre el acero. En estos casos, convendría que el productor extranjero incluyera una declaración en la factura comercial para indicar que el producto no contiene aluminio ni acero, a fin de justificar por qué no se deben aplicar aranceles a la entrada.
Tras la eliminación de las exenciones por productos específicos, ¿quedan exenciones?
La única excepción que queda es la de los artículos derivados fabricados a partir de acero fundido/vaciado en Estados Unidos o aluminio fundido/colado en Estados Unidos. Para estos productos, el importador debe solicitar una declaración en la factura comercial que indique que el producto contiene aluminio fundido/colado en Estados Unidos o acero fundido/colado en Estados Unidos. En caso de investigación aduanera, sería conveniente incluir copias de los certificados de la acería o de los certificados de análisis del aluminio en el paquete del Resumen de Entrada 7501.
En el caso de los artículos derivados, ¿se paga el arancel del 25 % sobre el valor total del artículo?
Las Órdenes Ejecutivas establecen que el arancel del 25 por ciento se paga sobre el "valor" del "contenido" de aluminio o acero del "artículo derivado". Sin embargo, no hay instrucciones sobre cómo debe calcularse este valor. De acuerdo con los requisitos habituales de las aduanas, el valor debe calcularse utilizando un método razonable que pueda justificarse. Podría basarse en un cálculo del proveedor extranjero. Los importadores frecuentes de productos derivados deberían estar atentos a los anuncios del CSMS para ver si el CBP publica instrucciones sobre esta cuestión.
¿Hay devolución de derechos para los aranceles sobre el aluminio y el acero?
No, las Órdenes Ejecutivas establecen que no puede utilizarse la devolución de derechos.
¿Proporciona el Capítulo 98 un alivio de los aranceles del 25 por ciento sobre el aluminio y el acero?
Las Órdenes Ejecutivas no enumeran ninguna excepción del Capítulo 98 para los nuevos aranceles. Esto es coherente con los aranceles originales de la Sección 232, que tampoco contenían ninguna excepción del Capítulo 98.
¿Habrá un proceso de exclusión?
No se ha anunciado ni establecido ninguna. Es poco probable que la administración Trump elimine todas las exenciones específicas de productos solo para volver a crearlas.
¿Podría ampliarse la lista de "artículos derivados"?
Las Órdenes Ejecutivas ordenaron al Departamento de Comercio establecer un proceso antes del 11 de mayo de 2025, para considerar las solicitudes de añadir "artículos derivados" adicionales. Anticipamos que los fabricantes estadounidenses de aluminio y acero utilizarán agresivamente este proceso para presionar para que se excluyan productos derivados adicionales.
Aranceles USMCA/Canadá y México
¿Sustituirán los aranceles recíprocos a los canadienses y mexicanos? ¿O se acumularán?
Todavía no se han anunciado los aranceles recíprocos. Pero como todos los demás aranceles se acumulan, es muy probable que los aranceles recíprocos también se acumulen sobre los aranceles existentes del 25 por ciento en lugar de reemplazarlos donde se superponen. Además, se anunció que los aranceles del 25% se impondrían debido a la preocupación por el fentanilo y la inmigración no autorizada, que es una cuestión totalmente distinta de la equiparación arancelaria que es el objetivo de los aranceles recíprocos.
¿Cómo afectarán los aranceles a las importaciones IMMEX/Maquiladora procedentes de México?
Debido a que el Programa de la Industria Maquiladora, Manufacturera y de Servicios de Exportación (IMMEX) es una figura de la legislación mexicana, anticipamos que México hará todo lo posible para proteger a las empresas que operan utilizando el Programa. Aunque incierto, de acuerdo con experiencias anteriores en la imposición de medidas de represalia, lo más probable es que México establezca aranceles a los bienes suntuarios y/o productos terminados estadounidenses, y difícilmente a las materias primas utilizadas por las empresas IMMEX/Maquiladora.
¿Se levantarán los aranceles de Canadá y México cuando se produzca la revisión del USMCA?
No está claro. Observamos, sin embargo, que Estados Unidos levantó los aranceles previos al aluminio y al acero como parte de la negociación del USMCA bajo la primera administración Trump. La segunda administración Trump, sin embargo, está adoptando una línea mucho más dura en cuestiones arancelarias y de comercio internacional.
Tarifas recíprocas
¿Qué son los aranceles recíprocos?
Los "aranceles recíprocos" tienen por objeto igualar los tipos arancelarios, por ejemplo, cuando un país extranjero impone a Estados Unidos un arancel más elevado que Estados Unidos para la misma categoría de productos. Dado que Estados Unidos suele tener aranceles bajos, esto significa que hay un gran número de clasificaciones HTS que probablemente aumentarán, y el impacto variará según el país. Además, como el anuncio de los próximos aranceles recíprocos afirma que tendrá en cuenta cualquier forma de discriminación contra las empresas estadounidenses o programas que favorezcan a las empresas extranjeras, es probable que los aranceles recíprocos calculados sean muy elevados. Por ejemplo, la mayoría de los países tienen Impuestos al Valor Agregado que reembolsan cualquier pago de IVA cuando se exportan bienes; la administración Trump ha indicado que esto se consideraría una forma de subsidio que debería contrarrestarse con aranceles recíprocos. Lo mismo ocurriría con la electricidad subvencionada, la manipulación de divisas, etc. Añadir estos conceptos a la equiparación de los aranceles en todas las categorías HTS conduce a probables aumentos importantes de los aranceles.
¿Cuándo se anunciarán?
El anuncio de aranceles recíprocos se espera para el 2 de abril de 2025. La Administración Trump también anunció que procedería a considerar en primer lugar a los países con mayores déficits comerciales con Estados Unidos, por lo que es posible queel 2 de abril sea el inicio de una serie continua de anuncios de aranceles recíprocos.
Preguntas frecuentes sobre fuerza mayor y recargos
El equipo de Foley Supply Chain también ha publicado una serie de preguntas frecuentes sobre cuestiones contractuales, que repetimos aquí para mayor comodidad.
¿Cuáles son las doctrinas clave para excusar el cumplimiento de un contrato?
Existen tres defensas principales al cumplimiento de un contrato. Es importante destacar que estas defensas no proporcionan un mecanismo directo para obtener aumentos de precio. Más bien, estas defensas (si tienen éxito) eximen a la parte que las invoca de la obligación de cumplir el contrato. No obstante, estas defensas pueden utilizarse como palanca durante las negociaciones.

Fuerza mayor
La fuerza mayor es una defensa del cumplimiento que se crea por contrato. En consecuencia, cada supuesto debe analizarse caso por caso, en función de la redacción de la disposición de fuerza mayor aplicable. No obstante, la estructura básica suele ser la misma: (a) se produce un acontecimiento enumerado; (b) el acontecimiento no estaba bajo el control razonable de la parte que invoca la fuerza mayor; y (c) el acontecimiento impidió el cumplimiento.

Impracticabilidad comercial (mercancías)
En el caso de los bienes, la impracticabilidad comercial está codificada en el artículo 2-615 del UCC (que regula la venta de bienes y ha sido adoptado de alguna forma por casi todos los Estados). El § 2-615 del UCC exime del cumplimiento cuando: (a) el retraso en la entrega o la falta de entrega se debe a una contingencia cuya no ocurrencia era un supuesto básico del contrato; y (b) la parte que invoca la impracticabilidad comercial lo ha notificado con la debida antelación. El derecho anglosajón (aplicado a bienes distintos de los bienes, por ejemplo, los servicios) tiene un concepto similar conocido como la doctrina de la imposibilidad o impracticabilidad que tiene un listón más alto que superar. Según la UCC y el derecho anglosajón, la carga es bastante elevada. La falta de rentabilidad o incluso una pérdida económica grave suelen ser insuficientes para demostrar la impracticabilidad, en ausencia de otros factores.

Frustración de propósito
Según el derecho anglosajón, el cumplimiento de un contrato puede excusarse cuando se produce un cambio sustancial en las circunstancias que es tan fundamental y esencial para el contrato que las partes nunca habrían celebrado la transacción si hubieran sabido que se produciría dicho cambio. Para demostrar la frustración de la finalidad, una parte debe probar: (a) que el acontecimiento o la combinación de acontecimientos eran imprevisibles en el momento en que se celebró el contrato; (b) que las circunstancias han creado un cambio fundamental y esencial; y (c) que las partes no habrían celebrado el acuerdo en los términos actuales de haber sabido que se producirían la(s) circunstancia(s).
¿Podemos alegar fuerza mayor (incluso si la disposición incluye cambios en la legislación), inviabilidad comercial o frustración de la finalidad para no cumplir un contrato?
En los tribunales, lo más probable es que no. Estas doctrinas están pensadas para aplicarse a circunstancias que impiden el cumplimiento. Además, los tribunales suelen considerar los aumentos de costes como riesgos previsibles. El comentario oficial del artículo 2-615 sobre la impracticabilidad comercial según el artículo 2 del UCC, que rige la venta de bienes en la mayoría de los estados, dice:
"El aumento del coste por sí solo no excusa de la prestación, a menos que el aumento del coste se deba a alguna contingencia imprevista que altere la naturaleza esencial de la prestación. Tampoco una subida o un hundimiento del mercado constituye en sí mismo una justificación, ya que ése es exactamente el tipo de riesgo comercial que los contratos comerciales celebrados a precios fijos pretenden cubrir. Pero una grave escasez de materias primas o de suministros debida a una contingencia como una guerra, un embargo, la pérdida de cosechas locales, el cierre imprevisto de las principales fuentes de suministro o similares, que provoque un marcado incremento de los costes o impida por completo al vendedor obtener los suministros necesarios para su prestación, entra dentro de la contemplación de esta sección. (Véase Ford & Sons, Ltd., v. Henry Leetham & Sons, Ltd., 21 Com. Cas. 55 (1915, K.B.D.).)" (el subrayado es nuestro).
Dicho esto, durante COVID y Trump Tariffs 1.0, sí vimos a las empresas utilizar doctrinas de fuerza mayor/imposibilidad comercial como una forma de llevar a la otra parte a la mesa de negociaciones para compartir los costos.
¿Podemos aumentar el precio por causas de fuerza mayor?
No, la fuerza mayor no suele permitir aumentos de precio. La fuerza mayor sólo se aplica en circunstancias en las que el cumplimiento se ve impedido por acontecimientos específicos. La fuerza mayor es una excusa para el cumplimiento, no una justificación para repercutir la carga de los aumentos de costes. No obstante, la invocación de la fuerza mayor puede utilizarse como palanca en las negociaciones.
¿Es un arancel un impuesto?
Sí, un arancel es un impuesto.
¿Es un recargo un aumento de precio?
Sí, un recargo es un aumento de precio. Si tienes un contrato de precio fijo, aplicar un recargo es un incumplimiento del acuerdo.
Dicho esto, durante los aranceles COVID y Trump 1.0, vimos que muchas empresas lo hacían de todos modos. Los clientes solían pagar los recargos bajo protesta. Esperábamos una gran ola de litigios por parte de esos clientes después, pero nunca la vimos, lo que sugiere que o bien las disputas se resolvieron comercialmente o los clientes simplemente se tragaron los recargos y siguieron adelante.
¿Puedo repercutir el coste de las tarifas al cliente?
Para determinar si puede repercutir el coste, el análisis debe realizarse contrato por contrato. El equipo de Cadena de Suministro de Foley puede aprovechar la IA para extraer disposiciones clave (incluidas condiciones de entrega, precios e impuestos) de sus contratos y analizarlas para ver qué dice cada contrato sobre la responsabilidad arancelaria.
Si aumenta el precio sin justificación contractual, ¿qué opciones tienen los clientes?
El cliente tiene cinco opciones principales:

Acepta la subida de precios:
La aceptación inequívoca del aumento de precio es poco frecuente, pero es el mejor resultado desde la perspectiva del vendedor.

Aceptar el aumento de precio bajo protesta (reserva de derechos):
El cliente aceptará efectuar los pagos bajo protesta y con reserva de derechos. De este modo, el cliente puede intentar recuperar el importe pagado en exceso en una fecha posterior. Lo ideal es que las partes sigan haciendo negocios y que el cliente nunca intente recuperar el dinero antes de que expire el plazo de prescripción (normalmente seis años, dependiendo de la legislación aplicable).

Rechazar la subida de precios:
El cliente rechazará el aumento de precio. Hay que tener en cuenta que los clientes pueden rechazar inicialmente el aumento de precio pero acceder a pagarlo después de discutirlo más a fondo. En caso de que un cliente se mantenga firme en su rechazo al aumento de precio, el proveedor puede decidir entonces si quiere tomar medidas más agresivas (por ejemplo, amenazar con dejar de enviar) tras sopesar cuidadosamente los posibles daños frente a los beneficios.

Solicite una sentencia declaratoria y/o un requerimiento judicial:
El cliente puede solicitar una sentencia declaratoria y/o un requerimiento judicial que obligue al vendedor a realizar el envío/prestación al precio actual.

Rescindir el contrato:
El cliente puede rescindir parte o la totalidad del contrato, en función de las condiciones contractuales.
[1] Téngase en cuenta que la aplicación de los diversos programas arancelarios sigue siendo cambiante, por lo que debe seguirse de cerca la situación de los mismos. La tabla incluida es la vigente en la fecha de publicación de este artículo.