El Tribunal Supremo acepta pronunciarse sobre la restitución de ganancias ilícitas
El Tribunal Supremo ha aceptado recientemente examinar un recurso en el casoOngkaruck Sripetch contra la Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos (SEC), después de que esta presentara un escrito en el que aceptaba que era necesario conceder un certiorari para resolver una división entre circuitos sobre la cuestión de la restitución.[1] Al conceder el certiorari, el Tribunal Supremo ha aceptado abordar la cuestión de si es necesario demostrar el perjuicio pecuniario a los inversores para que los tribunales de distrito ordenen la restitución. Se prevé que las alegaciones orales tengan lugar en abril de 2026 y que se dicte sentencia en julio de 2026, aunque aún no se ha fijado la fecha exacta.
Tradicionalmente, los tribunales han ordenado a los acusados que devuelvan las ganancias ilícitas obtenidas por infracciones relacionadas con valores sin tener en cuenta el perjuicio pecuniario.[2] Sin embargo, el Segundo Circuito dictaminó que, a la luz de la decisión del Tribunal Supremo en el caso Liu ,[3] la SEC debe demostrar que los inversores o las víctimas sufrieron un perjuicio monetario para poder obtener la devolución.[4] Este requisito limita necesariamente la cantidad de dinero que la SEC puede obtener en casos en los que no hay víctimas identificables.
La SEC, en su escrito en apoyo del certiorari, sostiene que el Noveno Circuito actuó correctamente al concluir que ni la nueva subsección (d)(7)[5] ni la subsección (d)(5)[6], analizadas en el dictamen de Liu, exigen que la SEC demuestre la existencia de un perjuicio pecuniario. La SEC afirma además que «el apartado (d)(7) autoriza de forma independiente a un tribunal de distrito a conceder la restitución». Esta disposición fue adoptada por el Congreso en 2021, después de que el Tribunal Supremo emitiera su dictamen en el caso Liu. La SEC señala que este nuevo apartado, que se refiere específicamente a la restitución, no contiene las frases «en beneficio de los inversores» o «reparación equitativa», que desempeñaron un papel clave en la decisión del caso Liu.
Como se resume aquí en el caso Sripetch, un grupo de acusados presuntamente operaba una red de planes fraudulentos con microcapitalización.[7]La SEC alegó además que orquestaron campañas de «scalping»: compraban y controlaban acciones de microcapitalización, las contaminaban mediante campañas de bombeo y las vendían a precios inflados sin revelar su intención y sin registrar los valores.[8]Sripetch, como uno de los principales acusados, aceptó una sentencia definitiva en su contra y acordó que el Tribunal de Distrito pudiera ordenar la devolución de las ganancias ilícitas.[9]Tras escuchar los argumentos, el Tribunal de Distrito le ordenó devolver 2 251 923,16 dólares, más de un millón de dólares en concepto de intereses previos a la sentencia, sin exigir a la SEC que demostrara el perjuicio pecuniario.[10] El Noveno Circuito confirmó esta sentencia,[11] lo que profundizó la división entre el Primer Circuito, que ha determinado que no es necesario demostrar el daño pecuniario,[12] y el Segundo Circuito, que ha determinado que la SEC debe demostrar el daño pecuniario.[13]
[1] SEC contra Sripetch, 154 F.4th 980 (9.º Cir. 2025), cert. concedida sub nom.Sripetch contra SEC, n.º 25-466, 2026 WL 73091 (EE. UU., 9 de enero de 2026).
[2] Véase SEC contra Hallam, 42 F.4th 316, 338 (5.º Cir. 2022).
[3] Liu contra SEC, 591 U.S. 71 (2020).
[4] SEC contra Govil, 86 F.4th 89, 98 (2.º Cir. 2023).
[5] 15 U.S.C. 78u(d)(7).
[6] 15 U.S.C. 78u(d)(5).
[7] Ongkaruck Sripetch, et al., Comunicado de litigio de la SEC n.º 26332 (20 de junio de 2025), https://www.sec.gov/enforcement-litigation/litigation-releases/lr-26332.
[8] SEC contra Sripetch, n.º 20-CV-01864-H-BGS, 2024 WL 1546917, *2-*3 (S.D. Cal. 8 de abril de 2024).
[9] Sentencia definitiva sobre el acusado Ongkaruck Sripetch,SEC contra Sripetch, n.º 3:20-cv-01864-H-BGS (S.D. Cal. 17 de abril de 2024), Dkt. n.º 172, https://www.sec.gov/files/litigation/litreleases/2025/judg26332-sripetch.pdf.
[10] Comunicado de litigio de la SEC n.º 26332,supranota 7.
[11] Sripetch, 154 F.4th 980, supra nota 1.
[12] SEC contra Navellier & Assocs., 108 F.4th 19 (1.º Cir. 2024), cert. denegada, 145 S. Ct. 2777 (2025).
[13] Govil, 86 F.4th 89, supra nota 3.