Nueva York actualiza la normativa sobre horas de permiso por enfermedad y seguridad acumuladas
Tras el periodo de comentarios públicos y la audiencia, el Departamento de Protección del Consumidor y del Trabajador de la ciudad de Nueva York ha aprobado una serie de modificaciones a las normas de aplicación de la Ley de Tiempo Acumulado por Seguridad y Enfermedad (ESSTA), establecida en el capítulo 8 del título 20 del Código Administrativo de la ciudad de Nueva York. Estas modificaciones entraron en vigor el 23 de julio de 2026.
Otros motivos para solicitar una baja
Las modificaciones amplían los motivos por los que los empleados pueden acogerse a un permiso. Además de los motivos ya existentes relacionados con la salud y la seguridad, los trabajadores ahora pueden disfrutar de un permiso protegido para cuidar de un hijo o de una persona dependiente, asistir a procedimientos judiciales o resolver cuestiones relacionadas con la vivienda o las prestaciones de subsistencia, intervenir ante una catástrofe pública o hacer frente a situaciones de violencia en el lugar de trabajo.
Nuevo requisito relativo al banco de permisos no remunerados de 32 horas
Un cambio fundamental exige a los empresarios que concedan 32 horas de permiso protegido y disponible de forma inmediata el primer día de trabajo del empleado y, de nuevo, al comienzo de cada año natural. Por lo general, estas horas no son remuneradas, aunque los empresarios pueden optar por concederlas, en su totalidad o en parte, como permiso remunerado. Además, estas horas son independientes del permiso habitual acumulado o anticipado que ya exige la ESSTA.
Las normas también aclaran que, cuando un empleado disponga tanto de permisos protegidos remunerados como no remunerados, los empleadores deben, por regla general, aplicar primero los permisos remunerados, salvo que el empleado solicite lo contrario. Además, si se vuelve a contratar a un empleado dentro del mismo año natural, el empleador debe restituirle cualquier parte no utilizada del saldo de 32 horas de permiso.
Aclaración sobre el permiso prenatal remunerado
Las modificaciones también actualizan la normativa sobre el permiso prenatal remunerado, confirmando que las empleadas tienen derecho a un saldo independiente de 20 horas de permiso prenatal remunerado en un periodo de 52 semanas. Los empleadores no pueden obligar a las trabajadoras a agotar primero otros permisos ni exigirles que revelen datos médicos.
Multitud de obligaciones de los empresarios en materia de políticas escritas y registros. Por último, la normativa revisada refuerza las obligaciones de los empresarios en lo que respecta a las políticas escritas, la información que debe figurar en las nóminas, el mantenimiento de registros y la aplicación de la normativa. En general, los cambios amplían las protecciones de los trabajadores e imponen nuevos requisitos de cumplimiento a los empresarios de la ciudad de Nueva York. Por consiguiente, los empresarios deben revisar, actualizar y distribuir sus políticas escritas.