El alcalde de Chicago, Brandon Johnson, firma un decreto ejecutivo para proteger el agua potable, el aire limpio, la asequibilidad energética y la calidad de vida de los habitantes de Chicago
Chicago se ha convertido en la última ciudad en oponerse a la construcción de nuevos centros de datos. El 11 de agosto de 2026, el alcalde de Chicago, Brandon Johnson, firmó el Decreto Ejecutivo 2026-5, titulado «Protección del agua limpia, el aire puro, la asequibilidad energética y la calidad de vida de los habitantes de Chicago». El decreto establece un marco normativo reforzado para la construcción de centros de datos en Chicago. En él, el alcalde insta al Ayuntamiento a promulgar una moratoria temporal sobre la construcción de nuevos centros de datos y las ampliaciones sustanciales de las instalaciones existentes.
Puntos clave de la resolución
- Medidas normativas inmediatas: En un plazo de 90 días a partir de la fecha de entrada en vigor de la Orden (aproximadamente el 9 de noviembre de 2026, sin perjuicio de una posible prórroga por parte del alcalde), el director de sostenibilidad (CSO) deberá publicar la normativa sobre contaminación atmosférica y ruido de los centros de datos, de conformidad con el artículo 8-32-090 del Código Municipal. Las nuevas condiciones de los permisos de emisión se abordarán a través de los certificados anuales de funcionamiento.
- Solicitud de moratoria: El alcalde ha instado al Ayuntamiento a que apruebe una moratoria temporal sobre la construcción de nuevos centros de datos y su ampliación sustancial.
- Recomendaciones del grupo de trabajo previstas para marzo de 2027: El grupo de trabajo sobre centros de datos elaborará recomendaciones normativas exhaustivas, incluidas propuestas de modificación del Código Municipal, antes del 15 de marzo de 2027.
Disposiciones del Decreto Ejecutivo 2026-5
- Artículos 1 y 2 (Control de la contaminación atmosférica y del ruido): La CSO podrá imponer condiciones a los permisos de control de la contaminación atmosférica para los equipos y zonas regulados de los centros de datos, y deberá revisar el marco normativo sobre ruido previsto en el artículo 8-32-090 del Código Municipal. En un plazo de 90 días a partir de la fecha de entrada en vigor de la Orden (aproximadamente el 9 de noviembre de 2026, salvo prórroga por parte del alcalde), la CSO deberá publicar las normas sobre contaminación atmosférica y ruido mediante el proceso de notificación pública correspondiente. El cumplimiento de las nuevas condiciones de los permisos de emisión atmosférica se abordará en las solicitudes anuales de certificado de funcionamiento, de conformidad con la sección 11-4-660 del Código Municipal.
- Sección 3 (Revisión reforzada de los proyectos de desarrollo planificado): Para cada proyecto de desarrollo planificado propuesto que incluya un centro de datos, el Departamento de Planificación y Desarrollo (DPD) deberá notificarlo a los comisionados de Edificación, Asuntos Empresariales y Protección del Consumidor, Medio Ambiente y Gestión del Agua. Cada uno de ellos dispone de 60 días para presentar recomendaciones por escrito y condiciones propuestas, que el DPD deberá incluir en cualquier ordenanza sobre desarrollo planificado que se presente al Ayuntamiento. La revisión deberá tener en cuenta la demanda eléctrica prevista, el consumo de agua, la generación de energía de emergencia y de reserva, las emisiones atmosféricas, el impacto acústico, los impactos ambientales acumulativos, el impacto en el transporte, la capacidad de respuesta ante emergencias y el impacto en las comunidades vecinas. La sección 3 quedará automáticamente derogada cuando entre en vigor una ordenanza del Ayuntamiento que establezca una moratoria temporal sobre nuevos centros de datos o ampliaciones sustanciales.
- Sección 4 (Grupo de Trabajo sobre Centros de Datos): El Grupo de Trabajo Interdepartamental sobre el Entorno de los Centros de Datos y la Protección de la Comunidad (Grupo de Trabajo sobre Centros de Datos) está copresidido por el CSO y el jefe de policía del alcalde, e incluye a representantes de las áreas de Edificación, Medio Ambiente, Planificación y Desarrollo, Tecnología e Innovación, y Gestión del Agua, además de otro personal municipal designado. Evaluará y, cuando proceda, aplicará las recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre Centros de Datos Sostenibles; involucrará a los residentes, a los expertos en la materia y a las partes interesadas; y presentará al alcalde, antes del 15 de marzo de 2027 (o en otra fecha aprobada por el alcalde que sea compatible con el calendario de cualquier moratoria), recomendaciones y propuestas de enmiendas al Código Municipal y a la normativa, abordando cuestiones como la concesión de permisos, los controles de impacto, la concesión de licencias, la zonificación y la presentación de informes.
¿Qué significa esto para ti?
Operadores actuales: Revisen los permisos vigentes en materia de contaminación atmosférica y prepárense para las nuevas condiciones de cara a la próxima renovación anual del certificado de explotación.
Si tiene proyectos de desarrollo urbano (PD) pendientes: los proyectos que estén a la espera de la aprobación definitiva del Ayuntamiento deberán contar con un examen interdepartamental más exhaustivo y con posibles retrasos en caso de que se apruebe una moratoria.