Colorado sigue el ejemplo de Oregón e intenta desestimar parcialmente el recurso contra la responsabilidad ampliada del productor (EPR)
Puntos clave
- Colorado se apoya en la reciente victoria de Oregón en materia de responsabilidad ampliada del productor (EPR). El Estado ha solicitado la desestimación de las alegaciones privadas de la Asociación Nacional de Mayoristas y Distribuidores (NAW) relativas a la no delegación y a las condiciones inconstitucionales, argumentando que teorías sustancialmente similares ya han sido desestimadas en Oregón.
- La alegación de Colorado no aborda las alegaciones de NAW relativas a la cláusula comercial inactiva ni a la Primera Enmienda, lo que significa que dos de las cuestiones más importantes del caso seguirán sin resolverse.
- La moción no afecta a los requisitos actuales en materia de presentación de informes ni de cuotas, y la medida cautelar pendiente no ha paralizado la puesta en marcha del programa de responsabilidad ampliada del productor (EPR) de Colorado.
- Aunque Colorado consiga que se desestime la demanda por vulneración del derecho al debido proceso, NAW podría solicitar una modificación de su demanda para subsanar las deficiencias señaladas por el Estado.
Colorado ha dado el primer paso en la batalla por su ley de Responsabilidad Ampliada del Productor, y lo ha hecho siguiendo al pie de la letra el modelo de Oregón. El 13 de octubre de 2026, el Departamento de Salud Pública y Medio Ambiente de Colorado (CDPHE) solicitó la desestimación de parte de la demanda presentada por la Asociación Nacional de Mayoristas y Distribuidores (NAW). La demanda de la NAW planteaba cuatro impugnaciones constitucionales generales contra la Ley del Programa de Responsabilidad del Productor para el Reciclaje en todo el Estado de Colorado. El Estado no rebatió el caso en su totalidad. Se centró en las dos alegaciones que ya habían sido desestimadas en Oregón: la alegación de no delegación de competencias privadas y la de condiciones inconstitucionales, ambas presentadas al amparo de la cláusula del debido proceso de la Decimocuarta Enmienda. El mensaje de Colorado al tribunal es sencillo: la NAW ya intentó estos argumentos anteriormente en Oregón y perdió.
El Estado no se ha pronunciado, por el momento, sobre la alegación de NAW relativa a la cláusula comercial inactiva ni sobre las dos alegaciones relacionadas con la Primera Enmienda.
¿El mismo demandante, las mismas teorías, el mismo resultado?
Colorado califica la ley de responsabilidad ampliada del productor (EPR) de Oregón como «prácticamente idéntica» a la suya. Se basa en gran medida en la victoria rotunda obtenida por Oregón el 27 de agosto de 2026 en el Distrito de Oregón, tras un juicio en el que la NAW impugnó la ley de EPR de Oregón.
El argumento central se basa en un umbral, y es el mismo que hizo fracasar a NAW en Oregón. Una impugnación de una delegación de competencias por parte de un estado es diferente de una impugnación de una delegación por parte del Congreso. El demandante debe demostrar en primer lugar que está en juego un interés protegido en materia de propiedad o libertad. El tribunal de Oregón calificó esa cuestión como «un caso dudoso», pero falló en contra de NAW. Colorado afirma que NAW «comete aquí los mismos errores».
Colorado también utiliza la propia prueba presentada por la NAW en su contra. La NAW afirma que la Circular Action Alliance (CAA) opera sin una supervisión real. Sin embargo, el Plan de Programa adjunto a la demanda de la NAW describe 28 sesiones del consejo asesor público, además de un periodo de comentarios públicos y las modificaciones que exigió el CDPHE antes de aprobar el plan. La NAW sostiene que se está obligando a su interés patrimonial a pagar dinero a la Organización de Responsabilidad del Productor (PRO). No obstante, lo hizo en un escrito de réplica, y Colorado argumenta que un escrito de réplica no puede subsanar una demanda.
«[NAW] Tenía una opción»
En cuanto a la alegación de condiciones inconstitucionales, el argumento central de Colorado es la libertad de elección. En Oregón, bastó una alternativa para desestimar la alegación de la NAW: el tribunal razonó que los productores podían constituir su propia organización de gestión colectiva (PRO). Colorado afirma que los productores tienen tres opciones: afiliarse a la CAA, presentar un plan de programa individual o solicitar una exención reglamentaria. La NAW califica el plan individual de «prohibitivo desde el punto de vista económico» e «ilusorio». Colorado responde con un ejemplo: la Asociación para la Gestión de Envases de Lubricantes presentó su propio plan y el CDPHE lo aprobó tras introducir algunas modificaciones.
A continuación, Colorado aborda la queja sobre la «ausencia de acceso a los tribunales», una de las principales reclamaciones del sector contra la CAA. El acuerdo básico de participación de la CAA permite los procedimientos judiciales si fracasa la mediación. La adenda de Colorado exige el arbitraje, pero mantiene el derecho a solicitar medidas cautelares ante los tribunales.[1] Las cuotas «eco-moduladas» pueden ser objeto de recurso ante el consejo asesor, y posteriormente se puede solicitar una revisión judicial. Colorado afirma que esto abarca 15 de las 26 categorías de materiales cubiertas.
Mirando hacia el futuro
Ni siquiera una victoria total de Colorado en su moción de desestimación pondría fin al caso. El propio argumento de Colorado sobre el interés patrimonial planteado tardíamente por NAW lleva a esta última a modificar su demanda para reactivar las reclamaciones relativas al debido proceso. La moción de Colorado deja intacta la batalla más importante: la cláusula comercial latente. Esto incluye la alegación de NAW de que las exenciones de la ley favorecen a las empresas del estado y trasladan los costes a los propietarios de marcas de fuera del estado. Es también la teoría en la que NAW se apoyó con más fuerza en Oregón, tanto durante el juicio como en la sentencia definitiva.
El mensaje para los productores no ha cambiado. Nada de lo que figura en este escrito afecta a las obligaciones actuales en materia de información o cuotas. La solicitud de medida cautelar sigue pendiente. Las facturas seguirán llegando. Si tiene alguna pregunta sobre las leyes de responsabilidad ampliada del productor (EPR) y cómo se aplican a su negocio, póngase en contacto con cualquiera de los autores.
[1] Por supuesto, dada la amplia discrecionalidad de que dispone la CAA a la hora de definir y determinar el significado de la PPA, cualquier medida cautelar destinada a hacerla cumplir se aplicaría, hipotéticamente, de forma unilateral en contra de los productores.