México impone un nuevo requisito de notificación de exportación para cinco líneas arancelarias que abarcan determinadas máquinas mecánicas y eléctricas y sus piezas.

Tras dos aplazamientos, a partir del 11 de agosto de 2025, México exigirácomo requisito previo una«Notificación automática» de exportación (Aviso de Exportación, que estaría sujeta a evaluación y, por lo tanto, no se concedería necesariamente «automáticamente») para que las empresas puedan exportar productos fuera del país en virtud del Arancel Aduanero Armonizado (HTS), de las 30 líneas previstas inicialmente (HTS), entre las que se incluyen (i) determinadas turbopropulsoras y turbinas de gas, (ii) otras bombas de aire o de vacío, (iii) piezas para motores eléctricos y grupos electrógenos y convertidores rotativos, (iv) transformadores eléctricos, convertidores estáticos e inductores, y (v) cables de fibra óptica (HTS mexicano 8411.12.01, 8414.80.99, 8503.00.99, 8504.23.1 y 8544.70.01).
Las solicitudes de notificación de exportación podrían comenzar a presentarse a partir del 28 de julio de 2025, y el Ministerio de Economía se comprometió a dar una respuesta en un plazo de 10 días hábiles; aunque no hay autorización o denegación automática en caso de que expire dicho plazo, si no se recibe una respuesta, la exportación simplemente no se llevará a cabo.
Para imponer este nuevo requisito, la Secretaría de Economía argumentó que era necesario generar y analizar información sobre los flujos de exportación dirigidos a los socios del Tratado de Libre Comercio de México, pero, al mismo tiempo, sostuvo que el país necesitaba aumentar su «integración productiva» y reducir su dependencia de los insumos del extranjero.
Hay una serie de formatos precisos que se deben utilizar y requisitos que se deben cumplir para que el Ministerio de Economía pueda siquiera comenzar a considerar electrónicamente las notificaciones de exportación, y es un hecho que se requerirá dicha notificación cada vez que se realice un envío de exportación.
Es de suma importancia comprender e incorporar plenamente este requisito y sus efectos en el procesamiento y la programación de sus envíos internacionales de maquinaria mecánica y eléctrica y sus piezas, así como comprender plenamente cómo podría afectar a las operaciones actuales de su empresa, incluidas sus obligaciones contractuales pendientes.
Si tiene alguna pregunta o inquietud sobre los temas de cumplimiento normativo planteados en este artículo, póngase en contacto con cualquiera de los autores o con su abogado de Foley & Lardner.