Propuesta de la SEC para permitir la presentación semestral opcional de informes por parte de las empresas que cotizan en bolsa
El 5 de mayo de 2026, la Comisión de Valores y Bolsa (la «SEC») propuso modificaciones normativas y de formularios para permitir a las empresas que cotizan en bolsa presentar informes semestrales en lugar de informes trimestrales. Este cambio propuesto tiene por objeto ofrecer una mayor flexibilidad en la forma en que las empresas cumplen con sus obligaciones de información periódica en virtud de la legislación federal sobre valores. Las empresas que estén considerando si optar por esta alternativa, en caso de que la SEC la apruebe, deberían evaluar las posibles implicaciones en las expectativas de los inversores y otros participantes en el mercado; las políticas y procedimientos existentes, incluida la política sobre uso de información privilegiada y los periodos de negociación abiertos; la comunicación de previsiones de resultados; las restricciones contractuales y normativas; el posible ahorro de costes; el proceso general de elaboración de los estados financieros y la supervisión del comité de auditoría; la cotización de las acciones; y la frecuencia de divulgación de información sensible desde el punto de vista de la competencia.
Aspectos clave que deben tener en cuenta las empresas que cotizan en bolsa
Las empresas deberían empezar a evaluar las posibles ventajas y repercusiones de pasar a la presentación de informes semestrales, entre las que se incluyen las siguientes:
- Expectativas de los inversores, analistas y asesores de voto. Se debe considerar si una menor frecuencia de presentación de informes se ajusta al ciclo económico de la empresa y a las necesidades de información de sus inversores, lo cual sería relevante en determinados sectores en los que los inversores se centran más en determinados acontecimientos empresariales, de productos o normativos, en lugar de en los resultados financieros intermedios. Si las empresas del mismo sector siguen presentando informes trimestrales, los inversores y analistas pueden esperar una simetría en la información. Además, las empresas tal vez deseen tener en cuenta las opiniones de los asesores de voto; por ejemplo, estos podrían calificar negativamente los atributos de gobernanza de las empresas que opten por presentar informes semestrales.
- Políticas y procedimientos vigentes. Hay que tener en cuenta el impacto en las políticas sobre uso de información privilegiada y en los planes de negociación 10b5-1, incluida la posibilidad de que se produzcan períodos de restricción más prolongados y un menor número de ventanas de negociación abiertas, como consecuencia de que los iniciados dispongan de información relevante no pública que se habría revelado en un formulario 10-Q, lo que podría afectar a la liquidez de los iniciados. Las empresas también deberían evaluar si sería necesario modificar los controles y procedimientos de divulgación vigentes, así como los controles internos sobre las prácticas de información financiera.
- Previsiones de resultados. Hay que valorar si el cambio a la presentación de informes semestrales afectaría a las prácticas actuales de la empresa en lo que respecta a la publicación de previsiones de resultados.
- Restricciones contractuales y normativas. Hay que tener en cuenta el impacto en las obligaciones contractuales vigentes, como las cláusulas de deuda, que hagan referencia a la presentación de informes trimestrales o exijan la elaboración de informes trimestrales o estados financieros. Las empresas también deben considerar el impacto de cualquier requisito normativo, como los requisitos de la normativa bancaria, que pueda exigir la continuación de la presentación de informes trimestrales.
- Posible ahorro de costes. Considere el posible ahorro de costes que supone la presentación de informes semestrales, incluida la posibilidad de reorientar el tiempo y los recursos de la dirección.
- Elaboración de los estados financieros y supervisión del comité de auditoría. Se debe considerar si la presentación de informes semestrales afectaría a la capacidad de detectar problemas contables y deficiencias en los controles internos, debido a la menor frecuencia de las revisiones intermedias realizadas por los auditores. Las empresas también deberían plantearse si conviene mantener la periodicidad de las reuniones del comité de auditoría y los temas que se tratan en ellas, a pesar del cambio a la presentación de informes semestrales.
- Cotización bursátil. Hay que tener en cuenta la posibilidad de que se produzca un «descuento por falta de transparencia» en la cotización bursátil de las empresas que pasen a presentar informes semestrales, debido a la menor visibilidad que tendrán los participantes en el mercado sobre sus resultados financieros, especialmente en el caso de los emisores con menos trayectoria.
- Divulgación de información competitiva. Considere si la divulgación trimestral de información comercial confidencial proporciona ventajas competitivas a un competidor que opta por la presentación de informes semestrales.
Análisis en profundidad: las modificaciones propuestas para la presentación de informes trimestrales
Las modificaciones propuestas por la SEC a las Normas 13a-13 y 15d-13 de la Ley de Bolsas permitirían a las sociedades cotizadas optar por presentar informes semestrales en un nuevo formulario 10-S, en lugar de informes trimestrales en el formulario 10-Q. El nuevo formulario 10-S requeriría la misma información que exige actualmente el formulario 10-Q, pero abarcaría el primer periodo semestral del ejercicio fiscal en lugar de un trimestre. Las empresas que opten por presentar informes semestrales presentarían un informe semestral y un informe anual por cada ejercicio fiscal, en lugar de tres informes trimestrales y un informe anual. La elección sería opcional, lo que permitiría a las empresas seguir presentando informes trimestrales si así lo desean.
Según la propuesta, el plazo de presentación de los informes semestrales en el formulario 10-S sería de 40 o 45 días tras el cierre del primer periodo semestral del ejercicio fiscal, dependiendo de la categoría de la empresa como declarante. El segundo periodo semestral del ejercicio fiscal se incluiría en el informe anual en el formulario 10-K, sin necesidad de presentar un informe trimestral independiente.
La propuesta también modificaría el Reglamento S-X, que regula los requisitos relativos a los estados financieros para los informes periódicos, las declaraciones de registro y las declaraciones de representación, con el fin de reflejar la nueva opción de presentación de informes semestrales y simplificar los requisitos actuales en materia de estados financieros, tal y como se explica con más detalle a continuación.
Cómo funciona el proceso electoral
Según la propuesta, una empresa que presente informes optaría por la presentación semestral marcando una casilla en la portada de su formulario 10-K correspondiente al último ejercicio fiscal completado. Esa elección entraría en vigor para el ejercicio fiscal en el que se presente el formulario 10-K, y la empresa quedaría entonces obligada a mantener esa periodicidad de presentación durante el resto de dicho ejercicio fiscal. Las empresas que no marquen la casilla seguirían presentando informes trimestrales en el formulario 10-Q con arreglo a las normas predeterminadas vigentes.
En el caso de las empresas que salgan a bolsa, la elección inicial se realizaría marcando una casilla en la portada de la declaración de registro presentada en relación con la oferta, lo que también determinaría qué estados financieros deben incluirse en dicha declaración. Las empresas podrían cambiar su periodicidad de presentación de informes de un año a otro, pero solo con periodicidad anual. No se permitiría a las empresas cambiar una vez iniciado el ejercicio fiscal, salvo para corregir un error relacionado con la elección de la casilla de verificación. Se permitiría a las empresas modificar su Formulario 10-K para corregir una elección errónea de la casilla de verificación, siempre que la modificación se presente a más tardar en la fecha de vencimiento del primer Formulario 10-Q de ese ejercicio fiscal.
Cambiar entre frecuencias de presentación de informes
Las empresas deben tener en cuenta que volver a la presentación de informes trimestrales tras haber adoptado la presentación semestral puede requerir una preparación adicional. Cuando una empresa vuelve a la presentación de informes trimestrales, debe presentar estados financieros trimestrales comparativos del año anterior, correspondientes a los periodos que anteriormente se incluían en los informes semestrales. Esto puede requerir que un auditor independiente haya revisado los periodos trimestrales comparables.
Repercusiones en la publicación de resultados y la divulgación voluntaria
La propuesta no modifica el marco normativo relativo a la publicación voluntaria de resultados y previsiones. Las empresas que opten por la presentación de informes semestrales podrían seguir facilitando información financiera trimestral de forma voluntaria a través de comunicados de resultados, conferencias telefónicas o incluso en el propio formulario 10-S; sin embargo, estas divulgaciones trimestrales voluntarias diferirán de las presentaciones del formulario 10-Q en cuanto a su alcance y al riesgo de litigio asociado, dado que los comunicados de resultados suelen «facilitarse» en lugar de «presentarse», y están sujetos a normas de responsabilidad diferentes, lo que podría afectar a su valor y credibilidad ante los inversores.
Posibles repercusiones en los contratos vigentes
Las empresas que estén considerando este cambio deberían revisar los acuerdos contractuales vigentes —incluidas las cláusulas de deuda, los acuerdos comerciales y los acuerdos de remuneración de los directivos— que puedan basarse en indicadores financieros trimestrales o que exijan la presentación de informes financieros o estados financieros mensuales o trimestrales, ya que podría ser necesario renegociarlos. Es importante tener en cuenta que ciertos requisitos de modificación de estos instrumentos pueden resultar onerosos, especialmente en el contexto de las cláusulas de deuda.
Consideraciones sobre el mercado
La dinámica del mercado también puede influir, ya que los inversores, analistas y entidades emisoras podrían seguir exigiendo la publicación de información financiera trimestral, sobre todo en el caso de las empresas que recurren con frecuencia a los mercados de capitales. Una frecuencia menor en la publicación de información podría dificultar que los inversores tomen decisiones con conocimiento de causa, lo que podría dar lugar a un «descuento por falta de transparencia» en el precio de las acciones. Las empresas que mantengan la publicación trimestral podrían beneficiarse al demostrar su compromiso con la transparencia.
Aunque la presentación de informes semestrales supondrá una reducción de la frecuencia de los informes intermedios, es importante señalar que las empresas podrán seguir optando por publicar sus resultados trimestrales. Además, la SEC ha señalado que las empresas seguirán estando obligadas a comunicar determinada información relevante mediante el formulario 8-K y seguirán sujetas a la Regulación FD, lo que podría compensar la menor frecuencia de los informes intermedios.
Repercusiones en las ofertas de valores, las operaciones y las consideraciones relativas a las cartas de conformidad
En una oferta de valores, las empresas pueden verse obligadas a facilitar información financiera trimestral para disponer de datos más recientes o detallados. Esto también puede aplicarse a las empresas que tengan previsto llevar a cabo o participar en una operación de fusión o adquisición.
Además, en las ofertas de valores, los suscriptores suelen solicitar una carta de confirmación a un contable público independiente. Según la Norma de Auditoría 6101 vigente de la PCAOB, para ofrecer una garantía negativa en una carta de confirmación relativa a la información financiera intermedia, dicha carta no puede incluir una garantía negativa sobre cambios posteriores en partidas específicas de los estados financieros a partir de una fecha situada 135 días o más después del final del último período auditado o revisado. Con la presentación de informes semestrales, puede haber periodos en los que los auditores no puedan proporcionar una garantía negativa sobre dichos cambios posteriores. La SEC ha solicitado comentarios sobre si es necesario modificar la Norma de Auditoría 6101 de la PCAOB para evitar este problema.
Ahorro estimado en costes e impacto en las futuras salidas a bolsa
La preparación de los formularios 10-Q conlleva numerosos costes, entre los que se incluyen el tiempo dedicado internamente, los honorarios de contabilidad externa, los honorarios de los asesores jurídicos y los costes de preparación de la presentación, incluido el etiquetado XBRL. Basándose en diversas hipótesis, la SEC estima que el coste directo anual de cumplimiento de la presentación de tres informes del Formulario 10-Q es de aproximadamente 330 000 dólares por emisor, mientras que el coste de presentar un Formulario 10-S sería de aproximadamente 132 000 dólares, lo que supone un ahorro neto estimado de unos 198 000 dólares por ejercicio fiscal para cada empresa que se cambie. Más allá del ahorro directo en costes, las empresas pueden beneficiarse de una menor distracción de la dirección y de la capacidad de redirigir tiempo y recursos a la gestión del día a día del negocio, lo que incluye centrarse más en los objetivos y estrategias a largo plazo de la empresa.
La SEC también reconoció que la reducción de los costes de cumplimiento asociados a la presentación de informes trimestrales podría animar a las empresas privadas a salir a bolsa, además de alentar a las empresas que ya cotizan a seguir haciéndolo. Para las empresas que estén considerando una oferta pública inicial (OPI), la adopción de la presentación de informes semestrales podría considerarse una ventaja significativa, dada la reducción de los costes asociados a la presentación de informes trimestrales. Esto daría a las nuevas empresas que cotizan en bolsa una mayor flexibilidad para centrar sus recursos en el negocio, incluyendo la estrategia, las operaciones, el crecimiento, el desarrollo de productos y la búsqueda de oportunidades sinérgicas. Las empresas que se encuentran en proceso de salida a bolsa también deberían discutir con sus entidades aseguradoras las expectativas de los inversores en lo que respecta a la periodicidad de la presentación de informes, ya que los inversores pueden esperar una mayor frecuencia de presentación de informes por parte de las empresas de reciente cotización en comparación con los emisores más consolidados.
Modificaciones de la Norma S-X: Requisitos relativos a los estados financieros
La SEC propone introducir modificaciones en el Reglamento S-X para garantizar que los requisitos relativos a los estados financieros aplicables a las declaraciones de registro, las declaraciones de representación y otros documentos presentados se apliquen también a las entidades que presentan informes semestrales.
Además, la SEC propone eliminar la Norma 3-12 del Reglamento S-X, que recoge los requisitos actuales sobre la antigüedad de los estados financieros, y consolidar dichos requisitos en la Norma 3-01 del Reglamento S-X, con el fin de garantizar que, cuando las entidades con obligación de presentación semestral presenten sus declaraciones de registro, los estados financieros incluidos en dichas declaraciones no se consideren obsoletos en virtud de normas diseñadas originalmente en torno a un marco de información trimestral. En virtud de la Norma 3-01 modificada, se permitiría a los declarantes semestrales incluir estados financieros intermedios a fecha del final del período semestral más reciente que se haya presentado o que deba presentarse en la fecha de presentación o antes de esta. Esto proporcionaría a los declarantes semestrales del año natural una mayor flexibilidad para que una declaración de registro entre en vigor, incluso en relación con una oferta pública inicial (OPI), más adelante en el año, sin necesidad de incluir estados financieros intermedios.
Plazo de comentarios y próximos pasos
El plazo para presentar comentarios públicos sobre la propuesta permanecerá abierto hasta 60 días después de la fecha de publicación en el Registro Federal. Las partes interesadas pueden enviar sus comentarios a través del portal de comentarios públicos de la SEC.
La propuesta de la SEC podría modificar el marco de presentación de informes periódicos de las empresas que cotizan en bolsa en Estados Unidos. Aunque la propuesta sigue sujeta al proceso reglamentario de notificación y comentarios, las empresas deberían valorar si la presentación de informes semestrales redundaría en beneficio propio y de sus inversores. Si se aprueba la propuesta, la SEC prevé coordinarse con los organismos normativos de contabilidad y auditoría, las bolsas de valores y otros participantes en el mercado para facilitar los cambios descritos en la propuesta de la SEC.
Seguiremos de cerca la evolución de este proceso normativo y les mantendremos informados según sea necesario.