Resumen de sanciones de EE. UU. de septiembre de 2026: se intensifica la «Operación Economic Outcast» contra Irán, se endurecen las normas sobre Cuba y la OFAC revisa su normativa
Puntos clave
- Irán: «presión máxima», puesta en práctica. La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) ha incluido en su lista a decenas de compañías aéreas iraníes, ha suspendido licencias generales de larga duración relacionadas con la aviación y el ámbito humanitario, ha sancionado al banco ruso VTB y ha adoptado una presunción de denegación para las solicitudes de licencias específicas relacionadas con Irán.
- Cuba: un nuevo régimen normativo. La OFAC ha publicado nuevas normas sobre sanciones a Cuba, en aplicación de la Orden Ejecutiva (EO) 14404, y ha modificado el Reglamento de Control de Activos Cubanos (CACR) para restringir las transacciones indirectas con entidades incluidas en la Lista de Restricciones de Cuba, eliminar la autorización de «giro de 180 grados» y suprimir las autorizaciones de viajes en grupo para intercambios «de persona a persona» y reuniones profesionales, todo ello con efecto a partir del 30 de septiembre de 2026.
- Cierre de programas y exclusiones de las listas. El programa de Etiopía concluyó con la expiración de la situación de emergencia establecida por la Orden Ejecutiva 14046; la OFAC modificó el Reglamento de Sanciones a Gobiernos de la Lista de Terrorismo tras la revocación de la designación de Siria como «Estado patrocinador del terrorismo»; y se produjeron exclusiones selectivas de las listas en el marco de los programas de Bielorrusia, Rusia y la República Democrática del Congo (RDC).
- Estructura de aplicación de la normativa. La OFAC ha consolidado sus disposiciones relativas a las sanciones y los procedimientos de aplicación en el nuevo Reglamento sobre Sanciones (31 C.F.R., parte 505) y ha eliminado más de 100 subpartes redundantes de su capítulo del CFR.
- Licencias para Rusia y Venezuela. La OFAC siguió ajustando las licencias relativas a la desinversión de Lukoil International GmbH (GL 131J) y a Venezuela (GL 49B y otras licencias modificadas).
Resumen: Principales medidas de septiembre
| Fecha | Programa | Acción |
| 8 de septiembre de 2026 | Irán | Inclusión masiva de compañías aéreas iraníes y empresas extranjeras de apoyo a la aviación en la lista de entidades sancionadas; suspensión de las licencias generales relacionadas con la aviación del Reglamento sobre Transacciones y Sanciones contra Irán (ITSR); finalización de la licencia general DD (hasta el 23 de septiembre); licencia general CT 37 |
| 10 de septiembre de 2026 | Irán/Lucha contra el terrorismo | Presunción de denegación de licencias específicas relacionadas con Irán; acuerdo por valor de 1.427.230 dólares con una persona física; designaciones financieras de Kata’ib Hezbolá y Hezbolá |
| 14 de septiembre de 2026 | Irán/Rusia | Inclusión del Banco VTB en la Lista de la Orden Ejecutiva 13902; modificación de la licencia general relativa a Venezuela |
| 17 de septiembre de 2026 | Irán/Cuba/Bielorrusia | Designaciones de plataformas iraníes de intercambio de activos digitales; designaciones en virtud del Decreto Ejecutivo 14404 dirigidas al sector del níquel y a los centros militares de I+D de Cuba; exclusiones de la lista de Bielorrusia |
| 18 de septiembre de 2026 | Etiopía/Rusia | Caducidad de la medida de emergencia de la Orden Ejecutiva 14046 y exclusiones de la lista relacionadas; Rusia GL 131J (venta de Lukoil International GmbH) |
| 24 y 25 de septiembre de 2026 | Interprogramático/Siria | Nuevo Reglamento sobre sanciones y sanciones (31 C.F.R., parte 505); Reglamento sobre sanciones a los gobiernos incluidos en la Lista de Terrorismo (TLGSR), modificado tras la revocación de la designación de Siria como «Estado patrocinador del terrorismo» (SST) |
| 28 de septiembre de 2026 | Venezuela | La norma GL 49B sustituye a la norma GL 49A |
| 29 y 30 de septiembre de 2026 | Cuba/ran/Interprogramático | Normativa sobre sanciones a Cuba (EO 14404); modificaciones del CACR; modificación del ITSR para incorporar la EO 13902; reorganización del CFR; designaciones relativas al cártel de Sinaloa y a las adquisiciones iraníes |
Irán: la «Operación Marginación Económica» se extiende a todos los sectores
Irán volvió a ser el principal objetivo de las sanciones estadounidenses en septiembre. El Tesoro enmarcó sus acciones bajo el lema «Operación Economic Outcast», una campaña liderada por el Tesoro que, según describe el Departamento de Estado, tiene como objetivo aislar por completo al régimen iraní de las fuentes de financiación que sustentan su actuación. Muchas de las designaciones se realizaron en virtud de la Orden Ejecutiva 13902, que se centra en sectores adicionales de la economía iraní, incluido su sector financiero, y conlleva el riesgo de sanciones secundarias para las personas no estadounidenses.
Designaciones del sector de la aviación y suspensión de licencias generales (8 de septiembre de 2026)
El 8 de septiembre, la OFAC incluyó en su lista a un amplio grupo de compañías aéreas iraníes de pasajeros y de carga, entre las que se encuentran Iran Air Tour, Iran Aseman Airlines, Kish Airlines, Qeshm Air, Zagros Airlines, Taban Airlines y muchas otras de reciente creación, junto con empresas de apoyo a la aviación de los Emiratos Árabes Unidos, el Reino Unido, Turquía, Malasia y Kazajistán vinculadas a Mahan Air. Al mismo tiempo, la OFAC suspendió indefinidamente las licencias generales del ITSR recogidas en el título 31 del C.F.R., § 560.522 (pagos por sobrevuelo), § 560.528 (seguridad de las aeronaves) y § 560.529 (abastecimiento de combustible y reparaciones de emergencia), así como la Licencia General de Irán J-1 (estancia temporal de aeronaves civiles). La OFAC emitió la licencia general DD para autorizar la liquidación de las transacciones previamente autorizadas en virtud de los artículos 560.522 y 560.529 y de la licencia general J-1 hasta el 23 de septiembre de 2026, así como la licencia general antiterrorista n.º 37 para autorizar la liquidación de las transacciones en las que participaran determinadas personas bloqueadas ese mismo día.
Estas medidas se basan en la suspensión, por parte de la OFAC el 24 de agosto, de las autorizaciones del ITSR para determinadas actividades educativas, remesas personales no comerciales, servicios relacionados con conferencias y las Licencias Generales F (deportes) y G (intercambios académicos), cuyo periodo de transición de la GL BB finalizó el 8 de septiembre. Las empresas que se acogían a estas autorizaciones, entre ellas compañías aéreas, empresas de arrendamiento, proveedores de servicios de mantenimiento, reparación y revisión (MRO), empresas de asistencia en tierra, universidades y proveedores de servicios de envío de remesas, deben confirmar que todas las actividades pertinentes han cesado.
Presunción de denegación de las licencias específicas relacionadas con Irán (10 de septiembre de 2026)
La OFAC ha anunciado que, con efecto inmediato, tramitará las solicitudes de licencias específicas relacionadas con Irán partiendo de la presunción de denegación, salvo en los casos exigidos por la ley o en determinadas circunstancias, como el riesgo para la vida, la integridad física o la seguridad medioambiental. Esto supone un cambio significativo con respecto al anterior enfoque de revisión caso por caso. Las solicitudes pendientes deben reevaluarse, y las empresas no deben dar por sentado que se concederá una licencia específica para hacer frente a la exposición heredada. Ese mismo día, la OFAC incluyó en su lista a personas y entidades iraquíes y libanesas vinculadas a Kata’ib Hezbolá y a las redes financieras de Hezbolá, entre las que se encuentran oficinas de cambio libanesas y una empresa comercial con sede en Dubái incluida en la lista en virtud del Decreto Ejecutivo 13902.
Sector financiero: VTB Bank y los activos digitales (14 y 17 de septiembre de 2026)
El 14 de septiembre, Estados Unidos impuso sanciones al Banco VTB, una de las instituciones financieras más grandes de Rusia, en virtud del Decreto Ejecutivo 13902. El Departamento de Estado afirmó que el VTB había abierto oficinas en Irán, establecido vínculos bancarios con instituciones financieras iraníes sancionadas y colaborado en la transferencia de miles de millones de dólares en activos iraníes, y advirtió de que los gobiernos y las instituciones financieras que estén considerando acuerdos similares se exponen a las restricciones financieras de Estados Unidos. El 17 de septiembre, la OFAC incluyó en su lista de sanciones a la plataforma iraní de activos digitales Bitbank y a su operador, Pishtaz Simorgh Electronic Trade Company, así como a personas asociadas a ellos.
Codificación normativa y designaciones vigentes (29-30 de septiembre de 2026)
La OFAC modificó el ITSR para aplicar determinadas disposiciones de la Orden Ejecutiva 13902, revisar una definición y una exención existentes e incorporar dos exenciones de dicha orden, con efecto a partir del 30 de septiembre de 2026. El 29 de septiembre, la OFAC también incluyó en su lista a redes iraníes de adquisición de material militar, junto con designaciones en materia de lucha contra el narcotráfico de la facción «Los Mayos» del Cártel de Sinaloa y redes de corrupción asociadas. Por otra parte, el Departamento de Estado publicó el 22 de septiembre un aviso sobre los riesgos que entrañan las transacciones de artículos de lujo y en clubes mayoristas con funcionarios iraníes, en virtud de la Ley de Misiones Extranjeras.
Aplicación
El 10 de septiembre, la OFAC anunció que una persona había aceptado pagar 1.427.230 dólares para resolver su posible responsabilidad civil por prestar servicios de consultoría de gestión y asesoramiento a una importante empresa iraní de software, recibir dividendos de origen iraní en cuentas bancarias estadounidenses y adquirir bienes inmuebles en Irán. La OFAC determinó que las aparentes infracciones eran graves y no se habían revelado de forma voluntaria, y declaró que su campaña de aplicación de la ley contra personas estadounidenses y extranjeras que incumplan las sanciones a Irán continuará en el marco de la «Operación Economic Outcast». El caso sirve de recordatorio de que las personas físicas, incluidas aquellas con doble nacionalidad y aquellas con vínculos familiares o de inversión con Irán, se encuentran claramente en el punto de mira de la OFAC.
Cuba: Nueva normativa sobre sanciones a Cuba y modificaciones de la CACR
El 17 de septiembre de 2026, la OFAC incluyó en su lista de sanciones a empresas estatales cubanas en virtud del Decreto Ejecutivo 14404, entre las que se encontraban entidades del complejo de níquel de Moa y Nicaro (como Pinares S.A. y Ceproniquel) y centros de investigación y desarrollo en materia de defensa, así como a varias personas. El Departamento de Estado describió esta medida como dirigida contra la riqueza mineral de Cuba y su aparato de modernización militar.
El 29 de septiembre de 2026, la OFAC anunció un paquete normativo más amplio que entró en vigor tras su publicación en el Registro Federal el 30 de septiembre de 2026:
- Normativa sobre sanciones a Cuba. Nueva normativa que aplica el Decreto Ejecutivo 14404, de 1 de mayo de 2026, «Imposición de sanciones a los responsables de la represión en Cuba y de las amenazas a la seguridad nacional y la política exterior de Estados Unidos».
- Modificaciones a las CACR. Modificaciones que, entre otras cosas, añaden la prohibición de realizar transacciones financieras indirectas con entidades o subentidades incluidas en la Lista de Restricciones sobre Cuba del Departamento de Estado, eliminan la autorización para las transacciones de «giro de 180 grados» y suprimen las autorizaciones para los viajes en grupo de tipo «pueblo a pueblo» y las reuniones profesionales en Cuba.
- Orientación. Cinco nuevas preguntas frecuentes relacionadas con Cuba (1271-1275), 29 preguntas frecuentes modificadas y una alerta de la OFAC titulada «Ampliación de las sanciones contra Cuba», en la que se destaca el aumento del riesgo de sanciones en las transacciones relacionadas con Cuba.
Los bancos y las entidades de procesamiento de pagos deberían revisar los criterios de selección relacionados con Cuba, sobre todo teniendo en cuenta la ampliación a las transacciones indirectas con entidades incluidas en la Lista Restringida de Cuba y la supresión de la autorización de «U-turn». Los proveedores de viajes, los organizadores de eventos y las empresas que envían personal a Cuba deberían reevaluar su dependencia de las categorías de viaje que han sido eliminadas.
Rusia y Venezuela: ajustes específicos en la concesión de licencias
El 18 de septiembre de 2026, la OFAC publicó la Licencia General 131J, relacionada con Rusia, por la que se autorizan determinadas transacciones para la negociación y celebración de contratos contingentes para la venta de Lukoil International GmbH y las actividades de mantenimiento relacionadas, y modificó las preguntas frecuentes 1224 y 1225. Las partes implicadas en el proceso de desinversión de Lukoil deben revisar detenidamente los términos revisados, ya que cada versión de esta licencia ha ajustado su alcance y sus condiciones. Asimismo, el 16 de septiembre, la OFAC eliminó a determinadas personas de la Lista de Nacionales Especialmente Designados (SDN) en virtud de las disposiciones relativas a Rusia.
En el caso de Venezuela, la OFAC publicó licencias generales modificadas los días 2, 14 y 16 de septiembre, y el 28 de septiembre publicó la Licencia General 49B, que sustituyó y anuló la LG 49A en su totalidad con efecto a partir de esa fecha. La Licencia General 49B, al igual que su predecesora, excluye las transacciones en las que participen personas de Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba o China (o entidades que sean propiedad de dichas personas, estén controladas por ellas o formen parte de una empresa conjunta con ellas), el desbloqueo de bienes bloqueados en virtud del Reglamento de Sanciones contra Venezuela y las transacciones relacionadas con buques bloqueados. Las empresas que operen al amparo de autorizaciones relativas a Venezuela deben confirmar que se basan en la versión vigente de cada licencia.
Finalización de programas, exclusiones de la lista y Siria
- Etiopía. La situación de emergencia nacional declarada en la Orden Ejecutiva 14046 (17 de septiembre de 2021) ha expirado. La OFAC ha eliminado de la Lista SDN a las personas designadas en virtud de dicha orden, entre las que se incluyen las Fuerzas de Defensa de Eritrea, el Frente Popular para la Democracia y la Justicia, la Red Sea Trading Corporation y Hidri Trust, y ha retirado las preguntas frecuentes sobre el programa.
- Siria. El 24 de septiembre, la OFAC modificó el Reglamento de Sanciones a Gobiernos de la Lista de Terrorismo para aplicar los cambios derivados de la revocación de la designación de Siria como Estado patrocinador del terrorismo, eliminando y reservando una licencia general específica para Siria que ya no resulta necesaria.
- Bielorrusia y la República Democrática del Congo. La OFAC retiró de su lista a varias entidades bielorrusas, entre ellas Lakokraska OAO y el grupo empresarial de madera y pasta y papel Bellesbumprom, el 17 de septiembre, y eliminó determinadas designaciones relacionadas con la República Democrática del Congo el 23 de septiembre.
Las exclusiones de cotización suponen una oportunidad comercial, pero también pueden entrañar riesgos en materia de cumplimiento normativo. Las empresas deben asegurarse de que la contraparte ya no esté sujeta a otras medidas estadounidenses (como controles de exportación u otros programas de sanciones) ni a regímenes de sanciones de otros países antes de reanudar sus relaciones comerciales.
Reforma normativa: el nuevo reglamento sobre sanciones
El 24 de septiembre, la OFAC anunció un nuevo Reglamento sobre sanciones y multas en el título 31 del Código de Regulaciones Federales (C.F.R.), parte 505 (91 Fed. Reg. 60821), que consolida en una única parte la información, anteriormente dispersa, sobre los procedimientos de aplicación y las sanciones, incluidos los derechos de las personas estadounidenses objeto de investigación. En una norma definitiva complementaria, que entrará en vigor el 30 de septiembre de 2026, la OFAC ha eliminado las disposiciones sancionadoras redundantes de docenas de partes específicas de cada programa, sustituyéndolas por referencias cruzadas a la Parte 505, y ha reubicado las disposiciones sobre delegaciones de autoridad, mantenimiento de registros y presentación de informes, así como la Ley de Reducción de Trámites, en una subparte inicial ampliada dentro de cada parte. La OFAC afirma que estos cambios eliminan más de 100 subpartes.
Aunque se trata en gran medida de un cambio estructural, la reorganización implica que los manuales de cumplimiento, las políticas, los materiales de formación y los contratos que hagan referencia a disposiciones específicas sobre sanciones o presentación de informes a nivel de programa pueden contener ahora referencias obsoletas y deben actualizarse.
Otros acontecimientos destacados
- El 9 de septiembre, la OFAC designó a varias entidades en virtud de sus competencias en materia de organizaciones criminales transnacionales y lucha contra el terrorismo, y publicó una serie de preguntas frecuentes nuevas y modificadas; el Departamento de Estado anunció medidas contra la organización criminal transnacional «Xinbi Guarantee» y la designación como grupo terrorista de «Los Tiguerones».
- El 16 de septiembre, el Departamento de Estado anunció sanciones contra funcionarios de la Autoridad Palestina y miembros de la Organización para la Liberación de Palestina, y el 21 de septiembre anunció restricciones de visado para 32 personas vinculadas al grupo Prince TCO.
- La OFAC ha recordado a los titulares de bienes bloqueados la obligación de presentar el Informe Anual de Bienes Bloqueados de 2026 y ha publicado su informe trimestral sobre licencias de la TSRA correspondiente al periodo comprendido entre abril y junio de 2026.
Recomendaciones prácticas
- Revisar y reevaluar la exposición a Irán. Actualizar la evaluación de riesgos en función de las designaciones de septiembre, especialmente en los sectores de la aviación, los activos digitales y la banca corresponsal, y evaluar el riesgo de sanciones secundarias para las filiales no estadounidenses que mantengan relaciones con entidades afectadas por el Decreto Ejecutivo 13902, como el Banco VTB.
- Dependencia del inventario respecto a licencias suspendidas o modificadas. Identifique cualquier actividad que haya dependido de licencias generales ITSR suspendidas, de las autorizaciones CACR eliminadas o de las licencias relativas a Rusia y Venezuela que hayan quedado derogadas, y confirme que se han respetado los plazos de liquidación.
- Planifica partiendo de la hipótesis de que se denegará la solicitud. No elabores planes de negocio que den por hecho que se concederán licencias específicas relacionadas con Irán; valora si las solicitudes pendientes deben retirarse, completarse o reformularse en función de las excepciones establecidas.
- Actualizar los controles sobre Cuba. Revisar las normas de verificación de pagos para detectar las transacciones indirectas con entidades incluidas en la Lista de Restricciones de Cuba y eliminar la dependencia del procedimiento de «U-turn».
- Actualizar la documentación sobre cumplimiento normativo. Actualizar las referencias a las disposiciones relativas a sanciones, mantenimiento de registros y presentación de informes para que reflejen la Parte 505 y la reorganización del 30 de septiembre.
- Verifique las exclusiones de la lista antes de reanudar las relaciones comerciales. Confirme que las partes excluidas de la lista no estén sujetas a otras restricciones, ya sean estadounidenses o de otros países, antes de reanudar las relaciones comerciales.
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