Una nueva orden ejecutiva y las suspensiones del programa PERM vinculan el patrocinio de visados H-1B y tarjetas de residencia al historial de despidos: lo que deben saber los empresarios
El 18 de septiembre de 2026, el presidente Trump firmó la Orden Ejecutiva 14431, titulada «Mejora de la integridad del programa y la coordinación interinstitucional en la gestión del programa de visados de no inmigrante H-1B», que se publicó en el Registro Federal el 23 de septiembre de 2026, en 91 FR 60501 (disponible aquí). La orden instruye al Departamento de Estado de EE. UU. (DOS), al Departamento de Trabajo de EE. UU. (DOL) y al Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU. (DHS) a que tengan en cuenta si un empresario ha despedido recientemente, o tiene previsto despedir, a trabajadores estadounidenses cuando solicite patrocinar a trabajadores con visado H-1B.
Posteriormente, el 8 de octubre de 2026, el vicepresidente Vance, el secretario de Trabajo Keith Sonderling y el fiscal general Todd Blanche anunciaron en una rueda de prensa celebrada en la Casa Blanca que el Departamento de Trabajo (DOL) dejaría de aceptar y tramitar las certificaciones laborales para la tarjeta verde de ocho importantes empresas.
En conjunto, estas dos medidas modifican la forma en que las empresas deben plantearse el patrocinio de inmigrantes y la reducción de plantilla.
Lo que exige el decreto ejecutivo
Objetivo declarado
El artículo 1 de la Orden Presidencial establece que el programa H-1B ha sido objeto de abuso por parte de determinados empleadores, agencias de colocación externas y empresas de externalización con el fin de ofrecer salarios más bajos y desplazar a los trabajadores estadounidenses. Se menciona una diferencia salarial de entre 9.000 y 20.000 dólares. Asimismo, señala que las empresas del sector tecnológico despidieron entre 800 000 y 1,3 millones de empleados estadounidenses entre 2022 y 2026, al tiempo que seguían solicitando visados H-1B.
El historial de despidos pasa a formar parte de la evaluación
El apartado 3(a) constituye el núcleo del Decreto Presidencial. En todas las solicitudes de condiciones laborales, peticiones, solicitudes de visado y admisiones, los tres organismos deben evaluar si el empleador «ha llevado a cabo, directa o indirectamente, despidos durante el último año o tiene previsto realizar despidos en el futuro» que afecten negativamente a trabajadores estadounidenses en situaciones similares.
Un breve resumen de los antecedentes. Una solicitud de condiciones laborales (LCA) es el formulario que un empresario presenta ante el Departamento de Trabajo (DOL) antes de presentar una petición H-1B, en el que certifica que pagará el salario vigente determinado por el DOL para el puesto de trabajo y que la contratación de un ciudadano extranjero no afectará negativamente a los trabajadores estadounidenses. La legislación vigente no impide que los empresarios que hayan realizado despidos recientes contraten a trabajadores con visado H-1B, y la orden no modifica esta situación. Lo que sí cambia es la forma en que las agencias valoran esos antecedentes. Los evaluadores pueden examinar los avisos previstos en la Ley WARN (los avisos previos exigidos para muchos despidos masivos y cierres de plantas) y la información pública disponible.
Revisión de documentos presentados anteriormente
En virtud del artículo 3(b), la División de Salarios y Horas del Departamento de Trabajo (DOL) debe comenzar a revisar las LCA presentadas anteriormente en un plazo de 30 días para decidir si procede su aplicación con arreglo al artículo 212(n)(2)(G) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). En otras palabras, las LCA presentadas antes de la orden presidencial no están exentas de revisión.
Autoridad delegada
El apartado 3(c) de la Orden Presidencial delega la autoridad del presidente, en virtud del artículo 215(a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), a los ministros de Asuntos Exteriores, Comercio, Trabajo y Seguridad Nacional, incluida la facultad de promulgar normas y directrices. Los empresarios deben esperar más directrices de aplicación, probablemente en varias fases.
Proclamación relacionada
Ese mismo día, el presidente también prorrogó hasta septiembre de 2027 la proclamación relativa al pago inicial de 100 000 dólares para el visado H-1B. Dicha proclamación sigue suspendida por los tribunales mientras está pendiente el recurso presentado por el Gobierno.
¿Qué organismos se ven afectados?
El artículo 2 de la orden presidencial exige al Departamento de Estado (DOS), al Departamento de Trabajo (DOL) y al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) que coordinen sus acciones con otras tres agencias para garantizar el cumplimiento de los artículos 101(a)(15)(H)(i)(b), 212(n), 214(i) y 274B de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). Dichas disposiciones abarcan la propia categoría H-1B, las normas sobre salarios y protección de los trabajadores de la LCA, los requisitos para la solicitud de visado H-1B y las medidas de protección contra la discriminación. Las agencias implicadas son:
- El Departamento de Estado (DOS), que expide visados H-1B en los consulados en el extranjero
- El Departamento de Trabajo (DOL), que certifica los análisis de impacto laboral (LCA) y las certificaciones laborales para la tarjeta verde, y se encarga de hacer cumplir la normativa salarial relativa al visado H-1B
- El Departamento de Seguridad Nacional (DHS), que incluye al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS), encargado de tramitar las solicitudes, y a la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP), que se encarga de la admisión en la frontera
- El Departamento de Comercio, el Departamento de Educación y la Administración de Pequeñas Empresas, que deben facilitar al Departamento de Estado, al Departamento de Trabajo y al Departamento de Seguridad Nacional datos sobre salarios, empleo y economía
Suspensión por parte del Departamento de Trabajo (DOL) de la tramitación de solicitudes PERM
El comunicado del 8 de octubre
PERM es el proceso de certificación laboral del Departamento de Trabajo (DOL). Constituye el primer paso en la mayoría de los procedimientos para obtener la tarjeta verde por motivos laborales: el empleador evalúa el mercado laboral estadounidense mediante un proceso de selección y certifica que no hay ningún trabajador estadounidense cualificado y dispuesto a ocupar el puesto. En la rueda de prensa del 8 de octubre, el secretario Sonderling afirmó que el DOL «no aceptará ninguna nueva solicitud de certificación laboral permanente ni tramitará ninguna de las pendientes» relacionadas con ocho empresas, alegando que dos de ellas eran objeto de múltiples investigaciones federales en curso y que las otras seis presentaban un elevado volumen de certificaciones laborales. Estas suspensiones del PERM se producen tras la suspensión de 180 días impuesta por el DOL a otra empresa en mayo de 2026.
Sin notificación por escrito
El Departamento de Trabajo (DOL) no ha publicado ningún aviso en el Registro Federal ni ningún comunicado en su página web sobre estas suspensiones. Tampoco ha señalado ninguna base normativa o jurídica que permita dichas suspensiones del programa PERM.
Cómo funciona una suspensión judicial
La normativa sobre la suspensión del procedimiento PERM (20 CFR 656.31(b) y (c)) permite al Departamento de Trabajo (DOL) suspender la tramitación cuando tenga conocimiento de un posible fraude o de una declaración falsa intencionada, o de que un empresario, un abogado o un agente sea objeto de una investigación por parte del Departamento de Justicia (DOJ), el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) u otra agencia. Características principales:
- Una suspensión inicial puede durar hasta 180 días. A continuación, el Departamento de Trabajo (DOL) podrá reanudar la tramitación de algunas o todas las solicitudes, o bien prorrogar la suspensión hasta que finalicen la investigación o los procedimientos judiciales.
- Si no se detecta ningún fraude, el Departamento de Trabajo (DOL) debe resolver cada solicitud en función de sus propios méritos.
- Si se detecta un fraude, el Departamento de Trabajo (DOL) podrá denegar las solicitudes e inhabilitar al empresario, al abogado o al agente durante un máximo de tres años.
- Una suspensión no equivale a una declaración de fraude.
El vicepresidente afirmó que las suspensiones se prolongarían «todo el tiempo que fuera necesario», lo que podría convertir el periodo inicial de suspensión de 180 días, basado en una revisión, en un primer paso.
Qué significa esto para los trabajadores con visado H-1B
El estatus H-1B suele estar limitado a seis años. Por lo general, los trabajadores solo pueden prorrogarlo más allá de ese límite una vez que se haya presentado en su nombre una solicitud PERM o una petición de inmigración por parte del empleador (formulario I-140), por lo que el PERM suele ser el puente que permite a un empleado con visado H-1B de larga duración permanecer en Estados Unidos. Perder el acceso al PERM bloquea esa vía. El estatus H-1B actual y la autorización de trabajo no se ven afectados, pero la permanencia a largo plazo corre peligro.
Aún quedan algunas garantías. Una solicitud I-140 que ya haya sido aprobada conserva su fecha de prioridad (el lugar que ocupa el trabajador en la lista de espera para la tarjeta verde). Por otro lado, el proceso de selección de personal mediante el programa PERM debe dar lugar, por lo general, a la presentación de la solicitud en un plazo de 180 días, por lo que una paralización prolongada puede obligar a los empleadores a repetir el proceso de selección y a pagar por él dos veces.
Cómo se relacionan ambos acontecimientos
La Orden Ejecutiva establece la política: el historial de despidos influye ahora en la concesión de permisos de trabajo. Las suspensiones del programa PERM demuestran que esa política se está aplicando, y con rapidez. Para los empleadores, esto significa:
- Las decisiones sobre el patrocinio de inmigrantes y las relativas a la reducción de plantilla ya no pueden tomarse por separado.
- El riesgo afecta al patrocinio de la tarjeta verde, no solo a las solicitudes de visado H-1B.
- El escrutinio se extiende ahora a empresas estadounidenses de renombre, y no solo a las empresas de externalización de profesionales.
Cuestiones pendientes
Aún hay muchas cosas que no están claras. Entre los ámbitos en los que los empresarios necesitan más orientación se incluyen:
- Cómo valorará cada organismo, en la práctica, el historial de despidos, y qué se entiende por trabajadores estadounidenses «en situación similar»
- Si los despidos relacionados con la reestructuración o la deslocalización recibirán un trato diferente
- Si el Departamento de Trabajo (DOL) publicará por escrito los fundamentos, el alcance o la fecha de finalización de las suspensiones
- Si se darán a conocer los nombres de más empresas
- Cómo se gestionará el punto de revisión de los 180 días
- Cómo serán las directrices de aplicación y las solicitudes de documentación adicional (RFE, es decir, las solicitudes de la agencia para obtener más documentación antes de resolver un caso)
Lo que deben hacer ahora los empleadores
Revisar juntos los RIF y el patrocinio
Antes de llevar a cabo cualquier reducción de plantilla (RIF), identifica las solicitudes de visado H-1B y PERM pendientes y previstas en las profesiones y ubicaciones afectadas. Documenta los motivos empresariales que distinguen los puestos eliminados de los patrocinados. Ten en cuenta también el momento en que se lleva a cabo y cómo se interpretará el expediente por parte de las autoridades.
Auditoría del cumplimiento de la normativa salarial
Comprueba que a los trabajadores con visado H-1B se les pague, como mínimo, tanto el salario vigente exigido como el salario real que se abona a empleados en puestos similares. Comprueba si hay períodos de inactividad no remunerados entre asignaciones y si hay deducciones de nómina que reduzcan el salario por debajo de la cuantía declarada. Corrige las discrepancias sin demora.
Auditoría del proceso de selección de PERM
Hay que analizar la contratación desde la perspectiva del Gobierno, y no solo en función de la lista de requisitos normativos. La contratación que cumple las normas técnicas, pero que difícilmente atraerá a trabajadores estadounidenses cualificados, está siendo objeto de críticas.
Revisar la dotación de personal y las relaciones con los proveedores
Analice los sistemas de facturación, los acuerdos de transferencia salarial y las prácticas de contratación con empresas de selección de personal y proveedores externos. Incluya en los contratos con los proveedores cláusulas relativas a la auditoría, la cooperación y la indemnización.
Elabora un plan de respuesta
Una citación judicial, una investigación, una visita de inspección o una notificación de suspensión pueden llegar sin previo aviso o con muy poco. Un plan debería incluir:
- quién recibe la correspondencia oficial y quién se encarga de dar respuesta a la misma
- una cadena de contacto para el asesoramiento
- guiones para el personal de atención al público
- Medidas para la conservación de documentos y la retención legal
- cómo se identificará y se informará a los empleados afectados
- cómo se hará un seguimiento del punto de revisión de los 180 días
Tomarse en serio las quejas internas
Los incentivos para los denunciantes abarcan ahora las infracciones en materia de inmigración. Una queja interna sobre salarios o contratación podría dar lugar a una denuncia ante las autoridades, por lo que hay que tratarla como un posible motivo de denuncia.
Charla con los empleados patrocinados
Mantén conversaciones sinceras sobre los plazos para obtener la tarjeta verde. Cuando sea pertinente, plantéate alternativas como las categorías de tarjeta verde que no requieren el procedimiento PERM.
Desarrollos previstos
Más orientación y, posiblemente, más nombres
Dado que se ha delegado la competencia entre cuatro organismos, se publicarán más directrices. También es posible que se designen otros empleadores.
Posibles problemas jurídicos
Dado que las suspensiones se anunciaron en una rueda de prensa sin notificación por escrito ni fundamento normativo concreto, es posible que se presenten recursos judiciales. Queda por ver cómo las valorarán los tribunales.
Recomendaciones estratégicas
Las empresas deberían consultar las fuentes oficiales de las agencias (el Registro Federal, el Departamento de Trabajo, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos y el Departamento de Estado) para obtener orientación, en lugar de basarse en las noticias de la prensa. También es recomendable elaborar planes de contingencia ahora mismo, tanto para la reducción de plantilla como para los procesos de patrocinio, antes de que se produzca el próximo anuncio.
Aborda los despidos y el patrocinio tal y como los aborda el Gobierno, es decir, como una misma conversación.