Actualización de BMW de los Términos y condiciones de compra
BMW Group International («BMW») ha anunciado modificaciones en sus Términos y Condiciones estándar para la compra de materiales de producción y componentes de automoción («IPC»), que entrarán en vigor el 1 de diciembre de 2026. Las IPC constituyen las condiciones fundamentales que se aplican a las órdenes de compra y a muchos otros contratos emitidos por BMW. Por lo tanto, es fundamental que los proveedores o posibles proveedores de BMW comprendan las obligaciones establecidas en las IPC y cómo BMW propone modificar dichas obligaciones en su última actualización.
Los cambios propuestos por BMW en el IPC actualizado no son tan drásticos como los que han propuesto otros fabricantes de equipos originales en los últimos años. En particular, la actualización propuesta no empeora de forma significativa para los proveedores las condiciones más importantes, como el precio, la duración de la garantía o las indemnizaciones por retrasos o incumplimientos en las entregas. Sin embargo, los cambios propuestos incluyen una serie de modificaciones sustanciales que pueden aumentar las obligaciones de los proveedores en materia de ciberseguridad, control de exportaciones, sanciones, auditorías y gobernanza de la cadena de suministro. Es probable que dichos cambios supongan una mayor carga (y un mayor coste) para muchos proveedores a la hora de gestionar el contrato y las operaciones relacionadas con él. El incumplimiento de estas nuevas obligaciones podría dar lugar a una responsabilidad y una exposición potencialmente nuevas o mayores por incumplimiento de contrato e indemnización.
Al final de este artículo se incluye una tabla en la que se resumen los cambios más destacados de la IPC actualizada. Los proveedores deben analizar detenidamente cómo estos cambios pueden afectar a sus propias obligaciones y en qué medida sus operaciones actuales ya cumplen —o no— con alguno de los cambios solicitados. Lo que puede suponer un riesgo menor para la mayoría de los proveedores podría suponer un riesgo mayor para otros, y viceversa.
BMW aún no ha anunciado si pretenderá aplicar las condiciones a los pedidos de compra existentes o si las condiciones actualizadas se aplicarán únicamente a los nuevos pedidos de compra emitidos a partir de la fecha de entrada en vigor. No obstante, los proveedores que tengan contratos vigentes con BMW tal vez deseen plantearse oponerse de forma preventiva a cualquier intento unilateral por parte de BMW de aplicar las condiciones a los contratos existentes sin que se haya llevado a cabo una negociación comercial que incluya cuestiones importantes para el proveedor.
Los autores de este artículo, así como los abogados especializados del equipo de automoción de Foley & Lardner LLP, están a disposición de cualquier proveedor que necesite ayuda para comprender cómo le pueden afectar los cambios introducidos en estas condiciones y cuál es la mejor manera de gestionarlos o de oponerse a ellos.
Resumen de los cambios introducidos en el IPC
| Ccláusula | 2022 IPC | 2026 IPC | Cambiar Resumen | Riesgo / Consecuencias |
| Definición – Empresa afiliada | «bajo control conjunto» | «bajo control común» | Pequeño cambio en la redacción. | Probablemente no haya cambios significativos. |
| Definición – Mercancías | «software» | «componentes de software» | Aclara que los productos incluyen componentes de software. | Podría favorecer una aplicación más amplia de las obligaciones en materia de software y ciberseguridad al software integrado o modular. |
| Definición – Incoterms | «Incoterms 2010» | «condiciones comerciales publicadas por la CCI» | La referencia ya no está vinculada a la versión de 2010. | Puede existir ambigüedad en cuanto a qué versión de los Incoterms se aplica si no se especifica en el contrato. Conviene aclararlo en los documentos de la transacción. |
| Definición – Por escrito | Se incluyen formularios de texto, fax, correo electrónico y EDI | Incluye los sistemas de transmisión de telecomunicaciones y los sistemas electrónicos de BMW, salvo que se exija un formulario más riguroso. | Amplía los métodos de comunicación admitidos. | Puede hacer que las comunicaciones electrónicas tengan carácter vinculante con mayor facilidad. Los controles internos de los contratos deben ser rigurosos. |
| Definición – Duración del proyecto | «obligación de suministro de piezas de recambio» | «obligación de suministro de piezas de recambio» | Solo se ha actualizado la redacción. | Sin repercusiones importantes. |
| 1.1 | «Términos y condiciones de compra» | «Condiciones de compra» | Solo cambio de nombre. | Sin repercusiones significativas. |
| 1.3 | Normas de BMW a través del portal B2B > TEREG | Portal B2B > TEREGNEXT o aplicación especificada por BMW | BMW puede trasladar las normas pertinentes a los portales y aplicaciones actualizados. | Riesgo operativo: el proveedor debe realizar un seguimiento continuo de las plataformas y normas actualizadas de BMW. |
| 1.4 | Revisión de BMW: el hecho de no solicitar la documentación no exime de las obligaciones ni implica consentimiento. | El hecho de que BMW revise o solicite algo, o de que no lo haga, no exime de las obligaciones ni implica aprobación alguna. | Se ha ampliado y aclarado la cláusula de no renuncia. | Refuerza ligeramente la capacidad de BMW para negar que se base en la revisión o aceptación de documentos. |
| 1.5 | Aviso de cambio en el correo electrónico de BMW y en los departamentos de compras | Notificación a los departamentos de compras correspondientes | Actualización administrativa. | Menor claridad en el canal de notificación formal; conservar el comprobante de entrega. |
| 2.1 | BMW podría «oponerse» a que una orden de compra no se acepte o no se ejecute en un plazo de 14 días laborables. | BMW podría «revocar» la orden de compra | Se ha precisado la terminología. | Derecho de rescisión o revocación ligeramente más claro para BMW; riesgo moderado por parte de los proveedores. |
| 2.2 | Incoherencia: el contrato de suministro prevalece sobre el IPC y el contrato de suministro a largo plazo | Incoherencia: el contrato de suministro prevalece sobre las condiciones de compra | El «contrato de suministro a largo plazo» se ha eliminado de la frase sobre prioridades explícitas. | La redacción presenta ambigüedad en cuanto a la jerarquía entre el contrato de suministro y el contrato de suministro a largo plazo. Conviene aclararlo. |
| 2.4 | El vendedor deberá informar inmediatamente al comprador si el cambio supone un aumento o una reducción de los costes o si modifica la fecha de entrega. | El vendedor deberá informar inmediatamente al comprador y exponer y justificar dichos efectos de forma detallada. | Ha aumentado la carga que supone demostrar los efectos del cambio. | Mayor carga probatoria para el proveedor a la hora de defender las reclamaciones de ajuste de precio o plazo. Esto reviste importancia desde el punto de vista comercial. |
| 2.5 | El vendedor no podrá realizar modificaciones sin el consentimiento previo por escrito del comprador. | Lo mismo, además, el vendedor debe garantizar que la obligación se transfiera a lo largo de la cadena de suministro. | Nueva obligación expresa de repercusión. | Aumento significativo de la carga administrativa relacionada con la gobernanza de la cadena de suministro; riesgo de incumplimiento si los niveles inferiores modifican los procesos, las especificaciones o la ubicación sin los controles adecuados. |
| 2.6 | Motivos de rescisión extraordinaria | Por los mismos motivos, aunque una referencia posterior indica que la rescisión se produce «de conformidad con la cláusula 2.5». | Probable error de redacción en 2026. | Ambigüedad; se recomienda solicitar una aclaración o corrección. |
| 3.5 | Indemnización por incumplimiento en la entrega, incluyendo el lucro cesante y la pérdida del margen de contribución | Igual | No hay cambios sustanciales. | No se aprecian nuevos riesgos importantes. |
| 3.6 | Fuerza mayor = acontecimiento que escapa al control razonable y que no puede evitarse ni preverse ni siquiera con el máximo cuidado | Algo similar, pero «se considerará como tal cualquier acontecimiento ajeno al control…» | Pequeño ajuste en la redacción. | No se ha producido ningún cambio sustancial. |
| 4.2 | Se hace referencia específica a la ubicación de la guía de implementación de EDI | Referencia más amplia sobre logística | Actualización del administrador. | Bajo. |
| 4.5 b) | Lista de los contenidos de la notificación de disponibilidad del vendedor | Lo mismo, con una redacción más pulida | No hay ningún cambio real. | Bajo. |
| 4.5(c) | El vendedor deberá permitir el acceso al transportista | «El vendedor concederá…» | No hay ningún cambio real. | Bajo. |
| 4.5 d) | No existe una norma expresa equivalente | El vendedor es el expedidor de las mercancías con arreglo a la normativa sobre mercancías peligrosas; los Incoterms no se ven afectados. | Nueva asignación sustantiva de mercancías peligrosas. | Es importante para los proveedores que transportan mercancías peligrosas. Puede aumentar la responsabilidad normativa, la carga administrativa y el riesgo de responsabilidad civil. Asunto que requiere aclaración o negociación. |
| 4.5 e) | El vendedor correrá con los gastos adicionales de transporte y tramitación derivados de una notificación de preparación para el envío incorrecta o incompleta, o de otros incumplimientos. | Igual | No se ha producido ningún cambio sustancial. | Bajo. |
| 6 | Inspección de entrada según la norma IATF 16949 | IATF 16949 o la norma sucesora o sustitutiva | Adaptación automática a los cambios futuros. | Podría incorporar automáticamente futuras normas sin necesidad de renegociarlas. |
| 7.1 | Facturación electrónica de BMW a través del portal eDocument eInvoice | Facturación electrónica de BMW a través del portal eDocument o de una aplicación especificada por BMW | Una redacción más flexible de la plataforma. | Solo para uso operativo. |
| 7.5 | Redacción relativa al plazo de pago | El mismo contenido, pero el formato se divide entre varias páginas | No hay cambios sustanciales. | No hay ningún riesgo importante. |
| 8.1(c) | Documentación oficial o acreditada adicional necesaria para el uso previsto, la homologación o la conformidad del producto | Lo mismo, con un ligero ajuste en la redacción | No hay cambios importantes. | Sigue existiendo una carga administrativa de baja a moderada. |
| 8.2 | El vendedor deberá facilitar la información sobre el origen no preferencial o preferencial a través de CALLISTO o por escrito. | El vendedor debe facilitar la información sobre el origen y, a petición del comprador, los documentos justificativos correspondientes (por ejemplo, certificado de origen o declaración de la cámara de comercio). | Se ha ampliado la carga probatoria. | Aumento moderado de la carga administrativa y aduanera; puede resultar complicado en cadenas de suministro globales complejas. |
| 8.3 | Suspensiones aduaneras/aranceles punitivos, investigaciones sobre el origen, trámites aduaneros, etc. | Igual | No se ha producido ningún cambio sustancial importante. | La carga que supone la cooperación aduanera sigue siendo elevada. |
| 8.4 | El vendedor deberá ponerse en contacto directamente con el departamento de aduanas del comprador | Póngase en contacto con el departamento de compras correspondiente; para que se asuma la tramitación de la importación, es necesaria la autorización previa por escrito del departamento de aduanas del comprador. | Se ha aclarado y endurecido el proceso de aprobación. | Riesgo operativo si los trámites aduaneros no se tramitan correctamente. |
| 8.5 | Documentación, certificados y declaraciones relativos a la seguridad de la cadena de suministro, previa solicitud; apoyo en las auditorías | Los documentos justificativos deben enviarse en formato PDF a través del portal B2B antes de la formalización del contrato; el vendedor deberá notificar si los documentos caducan, son revocados o se pierden. | Se refuerza la obligación de mantener la certificación y la documentación, tanto antes de la firma del contrato como durante su vigencia. | Aumento moderado de la carga administrativa y posible riesgo de bloqueo previo a la firma del contrato. |
| 8.6 | Notificar las restricciones a la exportación; licencias previstas en la legislación estadounidense; números de clasificación pertinentes; exenciones | Se ha ampliado para incluir los regímenes de concesión de licencias de EE. UU., China y la UE, referencias de clasificación más amplias, la obligación de notificar si el vendedor, una filial o un subcontratista figura en una lista de sanciones, y facilitar, previa solicitud, la documentación relativa al cumplimiento del contrato. | Ampliación significativa de las obligaciones en materia de control de las exportaciones y sanciones. | Alto riesgo. Amplía las obligaciones de cumplimiento y divulgación a toda la red de filiales y subcontratistas; puede constituir un motivo de incumplimiento o rescisión; requiere un análisis minucioso y probablemente alguna aclaración. |
| 9.2 | Se requiere un PPA para el primer suministro, un nuevo número de referencia o una modificación del proceso | Añade también un PPA para el cambio de IA / cambio de índice | Se ha ampliado el ámbito de aplicación de la autorización. | Más trámites de autorización, más carga administrativa y posible riesgo de retrasos. |
| 9.6 | El vendedor deberá hacer que los subcontratistas se atengan a las cláusulas 9.2 a 9.6 y a la primera frase de la cláusula 9.8. | El vendedor deberá hacer que los subcontratistas se adhieran a las cláusulas 9.2 a 9.6 y a la segunda frase de la cláusula 9.8. | Se ha ajustado la referencia de flujo descendente. | Es necesario verificar la referencia exacta de la frase; podría afectar al alcance de los compromisos exigidos a los subcontratistas. |
| 9.8 | El vendedor deberá informar a BMW, en la medida razonable, sobre la cadena de suministro cuando así se le solicite; deberá notificar de inmediato cualquier traslado o cambio en la cadena de suministro. | Notificación inmediata de cualquier cambio en la cadena de suministro, incluida la reubicación dentro de la misma o cualquier cambio de subcontratista. | Se ha ampliado y hecho más explícita la obligación de notificación. | Supone una gran carga operativa si se interpreta al pie de la letra; debería aclararse que se refiere únicamente a cambios sustanciales o a subcontratistas directos. |
| 9.9 | PSCO incluido en la base de datos de proveedores | Base de datos de proveedores o aplicación especificada por BMW | Actualización del administrador. | Bajo. |
| 10.1 | Mercancías adecuadas para el uso previsto en el contrato de suministro | Mercancías adecuadas para el uso previsto en el marco de un contrato de suministro a largo plazo o de un contrato de suministro | Posible ampliación del índice de referencia de conformidad. | Riesgo moderado si el acuerdo a largo plazo contiene especificaciones o expectativas más amplias que la orden de compra o el contrato de suministro individual. |
| 10,2–10,5 | Plazo de garantía y medidas correctivas | Prácticamente igual | No hay cambios importantes. | En consonancia con la impresión comercial inicial. |
| 11.1–11.8 | Responsabilidad civil, indemnización, retirada del mercado, daños y perjuicios por infracción de la legislación de competencia | Prácticamente igual | No se ha producido ningún cambio sustancial importante. | La exposición principal se mantiene prácticamente sin cambios, pero existen situaciones en las que es más fácil que se produzcan brechas debido a la ampliación de las obligaciones en materia de cumplimiento normativo y seguridad en otros ámbitos. |
| 12.3 | Queda prohibida cualquier publicación, ya sea con fines comerciales o de otro tipo, sin consentimiento previo. | No se permite la publicación a través de canales de marketing, comunicación o de cualquier otro tipo; referencia adicional al portal de BMW | Una ligera ampliación de la restricción publicitaria. | Bajo; podría ser necesario revisar las prácticas de relaciones públicas y de referencias de clientes. |
| 13.2 | Obligaciones en materia de utillaje | La misma sustancia | No se ha producido ningún cambio sustancial. | Bajo. |
| 14.1 | Suministro de piezas de recambio durante 15 años tras el fin de la vida útil del producto (EOP); a partir de entonces, propuestas de Classic Supply | Lo mismo, pero con un periodo de 15 años definido como «periodo de suministro de piezas de recambio». | Se trata, sobre todo, de una cuestión de definición. | Bajo. |
| 14.3 | El comprador podrá adquirir productos utilizados como piezas de recambio directamente a subcontratistas o terceros. | El comprador podrá adquirir los productos utilizados como piezas de recambio, así como las piezas de dichos productos, directamente a los subcontratistas o a terceros. | Se ha ampliado la flexibilidad en la selección de proveedores por parte de los compradores. | Riesgo moderado de control en el mercado de recambios y el sector comercial para el proveedor. |
| 15.1 | Indemnización por propiedad intelectual y exclusión | La misma sustancia | No se ha producido ningún cambio sustancial. | Bajo. |
| 15.1 Plazo de prescripción | «Las reclamaciones… contra el contratista» han prescrito | «Las reclamaciones… contra el vendedor» han prescrito | Solo a título aclaratorio. | Bajo. |
| 15.2 | El Grupo BMW es libre de elegir a su propio representante legal, siempre que el vendedor dé su consentimiento, que no podrá denegarse sin motivo justificado. | El Grupo BMW podrá elegir a su propio representante legal, siempre que se cumpla el mismo requisito de consentimiento. | Pequeños ajustes para suavizar o aclarar la redacción. | Sin repercusiones importantes. |
| 16 | El vendedor debe cumplir las directrices de implementación del EDI | Lo mismo, además de la ubicación del portal indicada | Actualización del administrador. | Bajo. |
| 17.1 | El software no debe contener características detectables según el estado actual de la técnica que pongan en peligro la integridad, la fiabilidad o la disponibilidad; tampoco debe producirse ninguna transmisión, manipulación o ampliación de funciones no deseadas. | Se añaden vulnerabilidades, se añade autenticidad y se moderniza la redacción | La norma de ciberseguridad se ha ampliado de forma significativa. | Alto riesgo. El vendedor puede enfrentarse a reclamaciones por vulnerabilidades razonablemente detectables, no solo por características ocultas o no deseadas. |
| 17.2 | El vendedor protege los datos del comprador y sus propios datos necesarios; medidas de vanguardia; acreditación previa solicitud; segregación; capacidad de recuperación | Durante el periodo de vigencia del proyecto, el vendedor deberá garantizar la seguridad de los datos del Grupo BMW y cumplir con la normativa aplicable en materia de seguridad de la información, incluidas la Directiva NIS2, la Ley de la UE sobre IA y la Ley de la UE sobre ciberresiliencia; el comprador podrá especificar requisitos. | Ampliación significativa de las obligaciones legales y técnicas en materia de seguridad. | Alto riesgo. Carga normativa potencialmente ilimitada, especialmente para los proveedores de software y productos digitales; debería limitarse a la legislación realmente aplicable y a los requisitos razonables establecidos por escrito por BMW. |
| 17.3 | El comprador podrá exigir un nivel de seguridad adecuado y la correspondiente acreditación, en particular la certificación ISO/IEC 27001 o TISAX. | El vendedor deberá presentar pruebas cuando se le soliciten; entre los ejemplos se incluyen las normas ISO/IEC 27001, ISO/SAE 21434, ISO 22301 y TISAX. | Se ha ampliado el marco de certificación y acreditación. | Carga de implementación de moderada a elevada; puede requerir un SGSI, una gestión de la continuidad del negocio (BCM) o una gobernanza cibernética más consolidados. |
| 17.4 | Sin software malicioso; comprobar según los últimos avances tecnológicos; confirmar previa solicitud | Aumenta las vulnerabilidades y requiere comprobaciones periódicas | Se ha reforzado la labor de seguimiento y control continuo. | Alto. Requiere una higiene cibernética continua, no solo una garantía puntual. |
| 17.5 | Obligaciones en caso de incidente: notificar a BMW, mitigar el incidente, facilitar la reconexión o la recuperación, proporcionar el informe de IOC/TTP/cierre y el informe de seguridad cuando se solicite. | Añade ejemplos como el uso indebido de datos, exige un análisis de las causas fundamentales y que el informe incluya los resultados de las comprobaciones de seguridad. | Se ha ampliado en detalle la obligación de respuesta ante incidentes. | Alto. Mayor carga administrativa tras el incidente y mayor exposición a la documentación. |
| 17.6 | Notificar a la persona de contacto a través de la base de datos de proveedores | Base de datos de proveedores o aplicación especificada por BMW | Actualización del administrador. | Bajo. |
| 17.8 | Derechos de auditoría en materia de seguridad de la información; se permite recurrir a un auditor externo siempre que no sea un competidor. | Igual | No hay ningún cambio significativo en la cláusula en sí. | Si a esto le sumamos la ampliación de los derechos de auditoría 21.5, el riesgo general en materia de auditoría de seguridad es mayor. |
| 18.1–18.4 | Ámbito de aplicación de la confidencialidad y excepciones | Prácticamente igual | No hay cambios importantes. | Bajo. |
| 18.5 | Notificación previa de la divulgación obligatoria «por escrito o en formato de texto» | La notificación previa debe realizarse por escrito | Se han endurecido las normas de formalidad. | De baja a moderada; menor flexibilidad en situaciones de divulgación urgente. |
| 18.6 | La obligación de confidencialidad se mantiene durante tres años tras la finalización del último contrato de suministro. | La confidencialidad se mantiene durante tres años tras la finalización del periodo del proyecto. | El periodo de supervivencia podría prolongarse de forma significativa. | Aumento moderado de la duración de las obligaciones de confidencialidad, especialmente en el caso de los programas de automoción con un ciclo de vida prolongado. |
| 19 | Seguro | Igual | No se ha producido ningún cambio sustancial. | Bajo. |
| 20.2 | Cumplimiento de la normativa en materia de competencia, lucha contra la corrupción, prevención del blanqueo de capitales, control de las exportaciones y protección de datos; cumplimiento del Código de Conducta para Proveedores del Grupo BMW | Incorpora el cumplimiento de la normativa sobre inteligencia artificial y las sanciones; exige el cumplimiento de las leyes de control de exportaciones y sanciones de la UE, la ONU, EE. UU. y China, independientemente de su aplicabilidad territorial o personal; establece medidas correctivas en caso de conflicto con la legislación local; sustituye el código por el Código de Conducta de la VDA para socios comerciales. | Un aumento considerable de la carga administrativa derivada del cumplimiento normativo y un posible riesgo de conflicto de leyes. | Riesgo muy elevado. Esta es una de las cláusulas clave que hay que cuestionar o aclarar. Las sanciones extraterritoriales o la obligación de control de las exportaciones podrían resultar imposibles de cumplir o entrar en conflicto con la legislación local. |
| 20.3(a) | Datos sobre la eficiencia en el uso de los recursos, tal y como exige el Código de Conducta para Proveedores del Grupo BMW | Datos sobre la eficiencia en el uso de los recursos, tal y como exige el Grupo BMW | Se ha modificado la referencia del documento original. | Probablemente sea bajo, pero BMW conserva amplios derechos para solicitar datos ESG. |
| 20.3(f) | GS 93008 (1 a 4) «Sustancias que suscitan preocupación»; las subpartes incluyen REACh, IMDS, SDS, información sobre seguridad de mercancías peligrosas y radiactividad | GS 93008 (1, 2 y 4); se ha reestructurado parte del contenido; el IMDS se ha trasladado al nuevo apartado 20.3(g) | Más bien reestructurado que claramente relajado. | Es necesario comprobar que no haya omisiones sustanciales en el texto definitivo. La carga global sigue siendo considerable. |
| 20.3(g) | La obligación relativa al IMDS se derivaba del apartado 20.3(f)(ii) | La obligación relativa al IMDS se ha trasladado a una subcláusula independiente | Solo estructural. | Bajo. |
| 20,4–20,7 | Garantía de transferencia de datos, responsabilidad de los subcontratistas, función de cumplimiento normativo, derecho a negarse a cumplir si se incumple la ley | Igual | No se ha producido ningún cambio sustancial. | Sigue existiendo una carga administrativa continua de nivel bajo a moderado. |
| 21.1 | Las modificaciones o renuncias solo serán válidas si se realizan por escrito y están firmadas por ambas partes. | Las modificaciones o exenciones solo serán válidas si se realizan por escrito; se suprime el requisito de firma explícita | Podría decirse que la formalidad se suavizó. | Efecto mixto. Podría dar lugar a que un mayor número de comunicaciones se consideraran modificaciones escritas vinculantes; es importante mantener una disciplina rigurosa en la aprobación interna. |
| 21.5 | El comprador podrá acceder a las instalaciones del vendedor, previa notificación con 48 horas de antelación, para inspeccionar los registros, documentos, libros, archivos, mercancías y el proceso de fabricación; es posible realizar auditorías a distancia o híbridas. | El comprador o un tercero designado por él podrá acceder; el alcance de la auditoría incluye expresamente el mantenimiento del proceso de fabricación, incluyendo la prevención de pérdidas, la protección contra incendios y la protección de la información. | Se han ampliado considerablemente los derechos de auditoría. | Alta. Mayor riesgo de auditorías operativas y relacionadas con la resiliencia; conviene aclarar el alcance, la frecuencia, la confidencialidad y los protocolos. |
| 21.7 | Obligación de facilitar información financiera | Lo mismo, pequeñas modificaciones en la redacción | No se ha producido ningún cambio sustancial. | Bajo. |
| 21.8 | Información no financiera | Lo mismo, pequeñas modificaciones en la redacción | No se ha producido ningún cambio sustancial. | Bajo. |
| 22.1 | Se regirá por la legislación del lugar de actividad principal del comprador | Se regirá por el derecho sustantivo del lugar de establecimiento principal del comprador. | Solo a título aclaratorio. | Bajo. |
| 22.2 | Competencia exclusiva; excepción en materia de defensa de la competencia; renuncia al juicio con jurado | Lo mismo, pero se ha eliminado una frase sobre la renuncia consensuada, mientras que se ha mantenido la renuncia total al juicio con jurado. | No se ha producido ningún cambio significativo. | Bajo. |
| 22.3 | Responsabilidad por productos defectuosos / Recurso ante el foro de propiedad intelectual | Igual | No se ha producido ningún cambio sustancial. | Bajo. |